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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (04/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de abril de 2009 393857 Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Educación - Gobierno Regional del departamento de Lambayeque año 2009 ORDENANZA REGIONAL Nº 07-2009-GR.LAMB./CR Chiclayo, 25 de marzo de 2009 LA PRESIDENTA (E) DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque en su Sesión Extraordinaria de fecha 17 de marzo de 2009, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 30º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, cada entidad, término que comprende a los Gobiernos Regionales de acuerdo con el Artículo I, inciso 5., del Título Preliminar de la mencionada ley, señala en su Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, los procedimientos administrativos que, por exigencia legal, deben iniciar los administrados ante ésta para satisfacer o ejercer sus intereses o derechos, siguiendo los criterios que a este efecto establece la citada ley; Que, el proyecto de TUPA de la Dirección Regional de Educación - Gobierno Regional del departamento de Lambayeque correspondiente al Año 2009, comprende cincuenta (50) procedimientos administrativos correspondientes a la Unidad Orgánica: Dirección Regional de Educación, doce (12) procedimientos correspondientes a la Unidad Orgánica: Instituciones Educativas; y, cinco (5) procedimientos correspondientes a la Unidad Orgánica: Centros de Educación Técnico - Productiva, detallándose en cada uno de ellos los requisitos correspondientes, califi cándose el procedimiento con indicación de la dependencia donde se inicia el trámite y la autoridad que aprueba el trámite, así como la autoridad que resuelve la impugnación respectiva; se especifi ca también el derecho de pago en función de la Unidad Impositiva Tributaria – UIT, que para el ejercicio fi scal 2009 asciende a Tres mil quinientos cincuenta y 00/100 nuevos soles (S/. 3,550.00); criterios que se ajustan al contenido que debe tener el TUPA previsto por el Artículo 37º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo y los Lineamientos a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; Que, estando a lo prescrito por el Artículo 38º, numeral 38.1, de la Ley Nº 27444, tratándose de los Gobiernos Regionales el TUPA es aprobado por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales, debiendo entenderse por analogía con los Gobiernos Locales, que se trata de Ordenanza Regional; Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de Lambayeque ha emitido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APRUÉBASE, el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Educación - Gobierno Regional del departamento de Lambayeque Año 2009, el mismo que en un número de cincuenta y uno (51) folios, comprende cincuenta (50) procedimientos administrativos correspondientes a la Unidad Orgánica: Dirección Regional de Educación, doce (12) procedimientos correspondientes a la Unidad Orgánica: Instituciones Educativas; y, cinco (05) procedimientos correspondientes a la Unidad Orgánica: Centros de Educación Técnico - Productiva, cuyo texto íntegro corre adjunto a la presente disposición regional formando parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- PUBLÍQUESE el texto íntegro del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Educación - Gobierno Regional del departamento de Lambayeque aprobado conforme al Artículo Primero de la presente Ordenanza Regional, en el diario encargado de los avisos judiciales de la capital de la región, sin perjuicio de su difusión a través de otros medios, conforme a ley. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. NERY SALDARRIAGA DE KROLL Presidente Regional (e) 332004-1 Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo - Gobierno Regional del departamento de Lambayeque Año 2009 ORDENANZA REGIONAL Nº 08-2009-GR.LAMB./CR Chiclayo, 25 de marzo de 2009 LA PRESIDENTA (E) DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque en su Sesión Extraordinaria de fecha 17 de marzo de 2009, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 30° de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, cada entidad, término que comprende a los Gobiernos Regionales de acuerdo con el Artículo I, inciso 5., del Título Preliminar de la mencionada ley, señala en su Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, los procedimientos administrativos que, por exigencia legal, deben iniciar los administrados ante ésta para satisfacer o ejercer sus intereses o derechos, siguiendo los criterios que a este efecto establece la citada ley; Que, el proyecto de TUPA de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo - Gobierno Regional del departamento de Lambayeque correspondiente al Año 2009, comprende ciento dieciocho (118) procedimientos administrativos detallándose en cada uno de ellos los requisitos correspondientes, califi cándose el procedimiento con indicación de la dependencia donde se inicia el trámite y la autoridad que aprueba el trámite, así como la autoridad que resuelve la impugnación respectiva; se especifi ca también el derecho de pago en función de la Unidad Impositiva Tributaria – UIT, que para el ejercicio fi scal 2009 asciende a Tres mil quinientos cincuenta y 00/100 nuevos soles (S/. 3,550.00); criterios que se ajustan al contenido que debe tener el TUPA previsto por el Artículo 37° de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo y los Lineamientos a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; Que, estando a lo prescrito por el Artículo 38°, numeral 38.1, de la Ley Nº 27444, tratándose de los Gobiernos Regionales el TUPA es aprobado por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales, debiendo entenderse por analogía con los Gobiernos Locales, que se trata de Ordenanza Regional; Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de Lambayeque ha emitido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APRUÉBASE, el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional