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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (05/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 5 de abril de 2009 393902 condiciones, formalidades, exigencias, y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente; Que, en tal sentido corresponde emitir el Acuerdo de Concejo, mediante el cual se apruebe la exoneración de los procesos de selección por la causal de Situación de Emergencia, para contratar, a través de acciones directas, la ejecución de la obra: Construcción, Mejoramiento y Equipamiento de la Posta de Salud de Pichigua, sustentada en el Informe Nº 012-2009-CPDC-E-ST, debiendo de incluirse los procesos de las contrataciones vinculantes a dicha ejecución de obra, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Pichigua; Estando a los fundamentos expuestos y a las atribuciones conferidas al Concejo Municipal en el Artículo 9° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, y a lo dispuesto en el inciso c) del Artículo 20° del Decreto Supremo N° 083-2004-PCM., con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación de Acta, y por UNANIMIDAD, se aprobó el siguiente Acuerdo; ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL DE PICHIGUA QUE EXONERA DE PROCESO DE SELECCIÓN POR CAUSAL DE SITUACION DE EMERGENCIA LA EJECUCION DEL PROYECTO DE OBRA Artículo Primero.- APROBAR LA EXONERACION DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN POR CAUSAL DE SITUACION DE EMERGENCIA para la contratación de ejecutores de obras, sean personas naturales o jurídicas, para la ejecución de la obra: Construcción, Mejoramiento y Equipamiento de la Posta de Salud de Pichigua, según detalle: i.- Construcción y mejoramiento de la Posta de Salud de Pichigua, por el monto de S/. 981,931.86 ii.- Supervisión de la obra Construcción y mejoramiento de la Posta de Salud de Pichigua, por el monto de S/. 51,635.80 Los montos aprobados incluyen los impuestos de ley, y con fuente de fi nanciamiento proveniente de Recursos determinados Asimismo se declara que la exoneración aprobada constituye proceso defi nitivo, no quedando la realización posterior alguno en la ejecución de la contratación, materia del presente. Artículo Segundo.- ENCARGAR, Al Area de Abastecimientos, de la Municipalidad Distrital de Pichigua, la ejecución de los procesos de selección por exoneración - situación de emergencia, la contratación de ejecutores y consultores de obras, a personas naturales o jurídicas, para la ejecución de los aprobado en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DISPONER, Que la Secretaria General remita copia del presente Acuerdo de Concejo Municipal y de los informes que sustentan el presente proceso de exoneración, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de adoptado el presente Acuerdo, y su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, considerando lo dispuesto por el segundo párrafo del Artículo 142° del Decreto Supremo N° 084-2004-PCM. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SEVERIANO CHARA LABRA Alcalde 323056-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA Delegan a la Gerencia Municipal la facultad de aprobar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 038-2009-A-MDSJB Villa San Juan Bautista, 9 de febrero de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº 084-2009-GM-MDSJB, del 2 de febrero del 2009, expedido por la Gerencia Municipal y el Proveído Nº 457 del 03.02.09, expedido por el despacho de Alcaldía, autorizando la ampliación de delegación de facultades para aprobar las Modifi caciones Presupuestales en el Nivel Funcional Programático sin limitación del período; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, que emanan de la voluntad popular y ostentan autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo preceptúa el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 28607, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Ley General del Sistema de Nacional de Presupuesto - Ley Nº 28411, en su artículo 7º establece que, “el Titular de una entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva. En materia presupuestal es responsable, de manera solidaria, con el Concejo Regional o Concejo Municipal, el Directorio u Organismo Colegiado con que cuenta la entidad, según sea el caso. Dicha Autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley en General, las leyes del presupuesto del sector Público o la norma de la creación de la entidad. El Titular es responsable solidario con el delegado”; Que, el numeral 40.2 del artículo 40º de la Ley antes acotada, establece que, “Las modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano”; Que, siendo necesario lograr buenos resultados en la gestión edil, mediante una adecuada prestación de servicios y una efi ciente atención al vecindario; y, En uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y contando con las visaciones de la Ofi cina de Asesoría Legal, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia Municipal; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DELEGAR al despacho de Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista, la facultad de aprobar las modifi caciones presupuestales en el Nivel Funcional Programático de acuerdo a las consideraciones expuestas. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaría General la difusión de la presente Resolución de Alcaldía a las áreas administrativas de la Municipalidad, así como efectuar el trámite respectivo para la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIRNA VILLACORTA CÁRDENAS Alcaldesa 332495-1