Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2009 (05/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 5 de MORDAZA de 2009

Deposito Negociables del Banco Interamericano de Finanzas" por un periodo adicional de dos (2) anos; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su articulo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar certificados de deposito negociables o no negociables; Que, el articulo 232º de la Ley General establece que en la emision de instrumentos financieros, que tengan la condicion de valores mobiliarios y se emitan por oferta publica, la CONASEV procedera a inscribirlos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, previa opinion favorable expedida por Resolucion de esta Superintendencia y de la documentacion precisada en el articulo 18º de la Ley del MORDAZA de Valores; Que, en Sesion de Junta General de Accionistas de la entidad solicitante, celebrada el 05 de octubre de 2006, se acordo autorizar el "Segundo Programa de Certificados de Deposito Negociables del Banco Interamericano de Finanzas" hasta por la suma de US$ 100 000 000.00 (cien millones y 00/100 dolares americanos) o su equivalente en nuevos soles, aprobandose las condiciones generales del Programa; Que, las condiciones generales del citado Programa, contemplan la posibilidad, a requerimiento exclusivo del emisor, de renovar por dos (2) anos adicionales el plazo de emision del mismo, de conformidad con las normas legales aplicables; Que, mediante Resolucion SBS Nº 396-2007 de fecha 30 de marzo de 2007, esta Superintendencia opino favorablemente para que el Banco Interamericano de Finanzas realice la emision de Certificados de Deposito Negociables a traves de su denominado "Segundo Programa de Certificados de Deposito Negociables del Banco Interamericano de Finanzas" hasta por un importe de US$ 100 000 000.00 (cien millones y 00/100 dolares americanos) o su equivalente en nuevos soles, y hasta por un plazo no mayor a 360 dias calendario, no renovables y con un monto MORDAZA en circulacion de US$ 70 000 000.00 (setenta millones y 00/100 dolares americanos); Que, en Sesion de Directorio de la entidad solicitante, celebrada el 27 de febrero de 2009, se acordo la renovacion de la vigencia del plazo de emision del "Segundo Programa de Certificados de Deposito Negociables del Banco Interamericano de Finanzas"; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "B" mediante Informe Nº 039-2009-DEB "B; por el Departamento de Evaluacion de Riesgos de MORDAZA, Liquidez e Inversiones mediante Informe Nº 027-2009-DERMLI; y el Departamento Legal mediante Informe Nº 250-2009-LEG; y contando con la opinion favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Riesgos y de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y modificatorias; RESUELVE: Articulo Unico.- Opinar favorablemente para que se amplie el plazo por un periodo adicional de dos (2) anos, la emision del denominado "Segundo Programa de Certificados de Deposito Negociables del Banco Interamericano de Finanzas" hasta por un importe de US$ 100 000 000.00 (cien millones y 00/100 dolares americanos) o su equivalente en nuevos soles, y con un monto MORDAZA en circulacion de US$ 70 000 000.00 (setenta millones y 00/100 dolares americanos); debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la Ley del MORDAZA de Valores.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 332549-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Aprueban "Reglamento que Regula el MORDAZA del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional Amazonas para el Ano Fiscal 2010"
ORDENANZA REGIONAL Nº 230 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR El PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas, en Sesion Ordinaria Nº 05 de fecha 4 de marzo del 2009, ha aprobado la Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el inciso 1) del articulo 17º, de la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos, y en la gestion publica, para este efecto deberan garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la informacion publica, asi como la conformacion y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertacion, control, evaluacion y rendicion de cuenta; Que, segun lo establecido en el articulo 5º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, es mision de los gobierno regionales organizar y conducir la gestion publica regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de la politicas nacionales y sectoriales para contribuir y promover el desarrollo integral y sostenible de la region; Que, mediante Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo Nº 28056, se establecen las disposiciones generales, la programacion y la vinculacion de la programacion participativa con los Planes de Desarrollo Regional Concertados y los mecanismos de vigilancia participativa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056, el mismo que establece las disposiciones generales y las fases del MORDAZA de presupuesto participativo; Que, la Ley Nº 29298 modifica la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo en sus articulos 4º, 5º, 6º y 7º; Que, mediante comunicado Nº 026-2008-EF/76.01, el Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01, aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 021-2008-EF/76.01, es de vigencia permanente y de cumplimiento obligatorio. Que el Presupuesto Participativo es un instrumento de politica y de gestion, a traves del cual las autoridades del Gobierno Regional Amazonas, asi como las organizaciones de la poblacion debidamente representadas, definen en conjunto, como y a que se van a orientar los recursos, teniendo en cuenta los Objetivos del Plan de desarrollo Estrategico, los cuales estan directamente vinculados con la vision y objetivos del Plan de Desarrollo Regional Concertado 2008 al 2021;

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