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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 6 de abril de 2009 393928 ofrendas al Niño Dios, y los viejos, el viejo despistado y la vieja con niño a la espalda que alerta al marido. Estos últimos confi guran el elemento cómico de la representación; Que, esta danza tiene indudable parentesco con otras danzas de “negritos” de la sierra central. Sin embargo, la versión de Huayán mantiene rasgos originales en la vestimenta, la música y los pasos de baile, así como en las fi guras que componen la comparsa; Que, la aludida danza es un rasgo de identidad especialmente importante para los pobladores el distrito de Huayán, quienes se comprometen a asumir los papeles de los diversos personajes representados. La misma ha sufrido cambios a lo largo del siglo XX, como el uso opcional de la máscara de negro y la ejecución musical, que antes comprendía instrumentos tradicionales como la vihuela y el violín, sustituidos ahora por la guitarra y los instrumentos de viento de metal que se han popularizado en el área andina; Estando a lo visado por el Director de Gestión, la Directora de Registro y Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28296, ”Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación” y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo Único.- DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN a la danza Los Negritos de Huayán, provincia de Huarmey, Región Ancash, en tanto se trata de una manifestación cultural que, por la originalidad de su coreografía y de su música, así como el contenido identitario que tiene para sus portadores, constituye una valiosa expresión del patrimonio inmaterial de Ancash que contribuye a la afi rmación de la identidad colectiva regional y nacional. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 332886-1 Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la danza Tinya Palla de la provincia de Pomabamba, Región Ancash RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 491/INC Lima, 26 de marzo de 2009 Visto, el Informe Nº 027-2009-DRECPC/INC de fecha 18 de marzo de 2009, emitido por la Dirección de Registro y Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo; CONSIDERANDO: Que, el artículo 21º de la Constitución Política del Perú, señala que es función del Estado la protección del patrimonio cultural de la Nación; Que, el inciso 1 del artículo 2º de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana”; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, dispone que el Instituto Nacional de Cultura, está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, el numeral 2) del artículo 1º del Título I de la citada Ley establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1207/INC, de fecha 10 de noviembre de 2004, se aprobó la Directiva Nº 002-2004-INC, “Reconocimiento y declaratorias de las manifestaciones culturales vigentes como patrimonio cultural”; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura en cumplimiento de la función que le asigna la Ley, y con la participación activa de la comunidad, realizar una permanente identifi cación de dichas manifestaciones tradicionales del país que deben ser declaradas Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante el documento del visto la Dirección de Registro y Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo solicita la declaración de la danza Tinya Palla, provincia de Pomabamba, Región Ancash, como Patrimonio Cultural de la Nación, conforme al expediente presentado por la Dirección Regional de Cultura de Ancash; Que, la Tinya Palla o Wicro Palla es la versión de Pomabamba de un género particular de las danzas andinas, en el que se representa a las mujeres de la nobleza incaica, llamadas Pallas, que tiene la peculiaridad de mostrar a éstas como protagonistas. Dicha representación hace referencia a la desaparición de unos guerreros, en la que un grupo de mujeres desarrollan las faenas relacionadas con su búsqueda; Que, las citadas faenas comprenden el alzado de una escalera para iniciar la búsqueda de los guerreros desaparecidos en el cielo, la apertura de un pozo de agua, la construcción de una choza para lluvia y de un redil para ganado, y la recolección de leña, las mismas que son invocadas por una “Capitana”, con voz demandante, y respondidas por la cuadrilla de Pallas; Que, la danza Tinya Palla se presenta en dos fi estas igualmente importantes: la de San Juan Bautista y la de San Francisco, que se celebran el 24 de junio y el 4 de octubre de cada año, respectivamente. En ambas fi estas las Pallas se muestran siguiendo un recorrido que se inicia con la visita a los mayordomos, continúa con la reunión o coordinación con la “capitana” o jefa del grupo, el acompañamiento a la imagen del santo en procesión, el recorrido de la ciudad para visitar a los devotos que hayan contribuido con la fi esta, y fi naliza escoltando a la imagen a la iglesia para prometer reiniciar la labor el año siguiente; Que, además de la cuadrilla de Pallas y la Capitana, cabe destacar la presencia de la Gurikuq o Quri Capitana, niña acompañante de la Capitana, y el Yunca o anciano sabio de la comunidad, a quien se pide permiso para iniciar la danza y que tiene un papel particular en la representación de cada faena; Que, la denominación Tinya Palla estaría relacionada al distrito de Tinyash, de la misma provincia de Pomabamba, lugar donde existen importantes restos precolombinos. La memoria colectiva de los pobladores de esta zona refi ere que en tiempos prehispánicos se produjo la desaparición de un grupo de guerreros sin que se supiera nunca qué