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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 6 de abril de 2009 393929 destino tuvieron. A partir de este hecho, así como lo conservado en la memoria colectiva, se puede afi rmar que existe una continuidad evolutiva de la danza desde tiempos prehispánicos hasta la actualidad; Que, los testimonios recogidos muestran que la danza es un rasgo característico de la provincia de Pomabamba, asumido como propio por la población local que ha tejido sus propias historias sobre esta danza y que constituye un elemento defi nitorio de su identidad cultural; Estando a lo visado por el Director de Gestión, la Directora de Registro y Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28296, ”Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación” y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo Único.- DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN a la danza Tinya Palla de la provincia de Pomabamba, Región Ancash, en tanto que, por su originalidad y contenido simbólico e identitario, constituye una valiosa expresión del patrimonio inmaterial de Ancash que contribuye a la afi rmación de la identidad colectiva regional y nacional. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER UGAZ VILLACORTA Encargado de la Dirección Nacional 332886-2 Modifican resolución que declaró Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Pampa San Alejo o Guayabito Sectores I y II, ubicado en el departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 495/INC Lima, 26 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Acuerdo Nº 0145, de fecha 20 de marzo de 2007, de la sesión 08 de la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, se acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura lo siguiente: a) Modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 086/INC, de fecha 19 de enero de 2006, la misma que debe quedar redactada de la manera siguiente: Declarar patrimonio cultural de la Nación al sitio arqueológico Pampa San Alejo o Guayabito Sectores I y II, ubicado en el distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima. b) Aprobar los planos: 1. Plano Topográfi co del sitio arqueológico Pampa San Alejo o Guayabito Sector I, Nº PTOP-049-INC_DREPH/ DA/SDIC-2006-01 WGS84, de fecha 15 de agosto de 2006, a escala 1/2000, con un área de 7.52 ha y un perímetro de 1731.63 m, ubicado en el distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. 2. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Pampa San Alejo o Guayabito Sector I, Nº PP-067-INC_DREPH/DA/ SDIC-2006-01 WGS84, de fecha 15 de agosto de 2006, a escala 1/2000, con un área de 7.52 ha y un perímetro de 1731.63 m, ubicado en el distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. 3. Plano Topográfi co del sitio arqueológico Pampa San Alejo o Guayabito Sector I, Nº PTOP-049-INC_DREPH/ DA/SDIC-2006-01 PSAD56, de fecha 15 de agosto de 2006, a escala 1/2000, con un área de 7.52 ha y un perímetro de 1731.63 m, ubicado en el distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. 4. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Pampa San Alejo o Guayabito Sector I, Nº PP-067-INC_DREPH/DA/ SDIC-2006-01 PSAD56, de fecha 15 de agosto de 2006, a escala 1/2000, con un área de 7.52 ha y un perímetro de 1731.63 m, ubicado en el distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. Que, mediante Informe Nº 049-2008-SDIC-DA- DREPH/INC, de fecha 22 de octubre de 2008, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología solicita la actualización del mencionado Acuerdo; Que, mediante Acuerdo Nº 0828, de fecha 29 de octubre de 2008, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó, entre otros, ratifi car lo recomendado en el Acuerdo Nº 0145, mencionado en el tercer considerando de la presente resolución; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 086/INC, de fecha 19 de enero de 2006, la misma que debe quedar redactada de la manera siguiente: “Declarar patrimonio cultural de la Nación al sitio arqueológico Pampa San Alejo o Guayabito Sectores I y II, con coordenadas de ubicación E 207,249.5843, N 8’818,182.0741, en el Datum PSAD56, ubicado en el distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima.” Artículo 2º.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del sitio arqueológico Pampa San Alejo o Guayabito Sector I, ubicado en el distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes: Nombre del Sitio Arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Pampa San Alejo o Guayabito Sector I PP-067-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2006-01 PSAD56 PP-067-INC_DREPH/ DA/SDIC-2006-01 WGS84 75,226.84 7.52 1731.63 PTOP-049-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2006-01 PSAD56 PTOP-049-INC_ DREPH/DA/SDIC- 2006-01 WGS84 75,226.84 7.52 1731.63 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación del monumento arqueológico