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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de abril de 2009 394587 Encargan funciones de Director de la Dirección de Gestión Ambiental Agraria de la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0314-2009-AG Lima, 15 de abril de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG se aprobó su Reglamento de Organización y Funciones como un instrumento de gestión que desarrolla la nueva estructura orgánica del Ministerio; Que, la Dirección General de Asuntos Ambientales, Órgano de Línea, del Ministerio de Agricultura, está conformada por la Dirección de Gestión Ambiental Agraria y la Dirección de Evaluación de Recursos Naturales; Que, se ha visto por conveniente encargar al funcionario que desempeñará las funciones de Director de la Dirección de Gestión Ambiental Agraria de la Dirección General de Asuntos Ambientales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar, con efi cacia anticipada al 01 de marzo de 2009, al señor Ricardo Gutiérrez Quiroz las funciones de Director de la Dirección de Gestión Ambiental Agraria de la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS LEYTON MUÑOZ Ministro de Agricultura 336812-2 Constituyen el Grupo de Trabajo de Agroenergía en el Sector Agrario RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0315-2009-AG Lima, 15 de abril de 2009 CONSIDERANDO: Que, el rol de las actividades agrícolas, pecuarias y forestales como fuente de recursos energéticos – Agroenergía – es cada vez más importante en el país. La biomasa resultante de estas actividades, puede ser usada para producir biocombustibles sólidos, como la leña y el carbón vegetal; gaseosos, como el biogas; y líquidos, como el etanol y el biodiesel. El uso de estos biocombustibles tiene el potencial de contribuir a una mayor seguridad energética nacional y a una diversifi cación de las fuentes de energía, además de constituir una nueva opción de desarrollo productivo para los productores agrarios de las zonas rurales; Que, en el marco de la Ley Nº 28054 – Ley de Promoción del Mercado de Biocombustibles, corresponde al Ministerio de Agricultura identifi car y promover el PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas Viceministro de Hacienda Dirección Nacional del Endeudamiento Público COMUNICADO Nº 005-2009-EF/75.01 ENVÍO DE INFORMACIÓN SOBRE OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO Se recuerda a las entidades y organismos del Sector Público su obligación de enviar al Ministerio de Economía y Finanzas, la información al primer trimestre 2009 sobre las concertaciones, desembolsos y el servicio de deuda atendido de sus operaciones de endeudamiento a plazos mayores de un (1) año, y sobre las operaciones de administración de deuda que acuerden, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 39º, 40º, 42º, 43º, 52 y 53º de la Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, Ley N° 28563 y sus modifi catorias. Asimismo, de conformidad con los artículos 62° y 65º de la Ley N° 285631, las entidades y organismos del Sector Público que tengan operaciones de endeudamiento de corto plazo, es decir con plazos de reembolso menores o iguales a un (1) año y cuyo periodo de repago concluye en el año fi scal siguiente al de su celebración, deben informar a la Dirección Nacional del Endeudamiento Público sobre tales operaciones. Para el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, la información debe ser registrada en el Módulo de Deuda del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF-SP); y, en el caso de las empresas públicas fi nancieras y no fi nancieras, otras entidades y organismos públicos, la información debe ser remitida a través del Módulo de Deuda Web a la Dirección Nacional del Endeudamiento Público. Para cualquier información adicional, comunicarse a los teléfonos 311-5940 y 311-5939, o al correo electrónico dsg_dnep@mef.gob.pe Lima, 15 de abril de 2009. Betty Sotelo Bazán Directora General Dirección Nacional del Endeudamiento Público 1 Artículos adicionados por la Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Ley Nº 29290. 337820-1