Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2009 (18/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de MORDAZA de 2009

desarrollo de las areas disponibles con aptitud MORDAZA para la produccion de biocombustibles; Que, el Ministerio de Agricultura en concordancia con la mencionada Ley, ha promulgado los Decretos Supremos Nos. 016-2008-AG y 004-2008-AG que declaran de interes nacional la instalacion de plantaciones de pinon, higuerilla, cana brava y MORDAZA, respectivamente, con fines energeticos; los que deben estar enmarcados en instrumentos del sector que orienten el desarrollo de la actividad agroenergetica; Que, a fin de cumplir con estas obligaciones, se requiere formular e implementar criterios y mecanismos que aseguren que el desarrollo de los biocombustibles liquidos y de la agroenergia en general, se den en un MORDAZA que no se comprometa la seguridad alimentaria, genere nuevas opciones para el aprovechamiento de la tierra, para el desarrollo rural, para la diversificacion de la actividad industrial, y contribuya a la conservacion de la biodiversidad y la mitigacion del cambio climatico; Que, el Ministerio de Agricultura ha elaborado los "Lineamientos de Politica para el Desarrollo de Cultivos Energeticos", los que han sido desarrollados en forma participativa por el Sector, los que deben ser difundidos para ser validados publicamente, con el objetivo de ser incorporados en una MORDAZA que asigne responsabilidades a los tres niveles de gobierno; Que, para poder culminar el desarrollo de estos criterios, las acciones pendientes, la recopilacion de la informacion necesaria para la definicion de las orientaciones para la elaboracion del Plan Nacional de Agroenergia se requiere la conformacion de un Grupo Tecnico de Trabajo; De conformidad, con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constitucion Constituir el Grupo Tecnico de Trabajo de Agroenergia en el Sector Agrario, con el objeto de desarrollar el Plan Nacional de Agroenergia, que articule las diversas iniciativas y competencias de las dependencias del Ministerio de Agricultura en el corto, mediano y largo plazo en concordancia con la politica nacional de biocombustibles y de los planes de accion promovidos por los gobiernos regionales y locales. Articulo 2º.- Conformacion El Grupo Tecnico de Trabajo de Agroenergia, estara conformado por: - El Director General de la Direccion General de Competitividad Agraria; quien lo presidira. - Un representante de la Direccion General de Forestal y Fauna Silvestre; - Un representante de la Direccion General de Infraestructura Hidraulica; - Un representante de la Direccion General de Asuntos Ambientales; - Un representante de la Oficina de Apoyo y Enlace Regional; - Un representante de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; - Un representante de la Autoridad Nacional del Agua - ANA; - Un representante del Instituto Nacional de Innovacion Agraria - INIA; - Un representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; - Un representante del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL. De ser el caso, para el mejor cumplimiento de sus funciones, el Grupo Tecnico podra convocar la participacion y colaboracion de profesionales de las diferentes dependencias del Sector que se encuentren vinculados con las acciones relacionadas con sus

actividades, asi como coordinar con las instituciones del sector publico y privado competentes en la materia. Articulo 3º.- Designacion de los representantes Los integrantes del Grupo de Tecnico de Trabajo de Agroenergia seran designados mediante comunicacion oficial dirigida al Director General de la Direccion General de Competitividad Agraria en el plazo de cinco (05) dias habiles, contados a partir de la fecha de la publicacion de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Plazo El Grupo de Trabajo Tecnico debera formular el Plan Nacional de Agroenergia en un plazo de noventa (90) dias habiles, a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion, el que debera ser aprobado por el titular del Sector. Articulo 5º.- Gastos Los gastos que irrogue la participacion de los integrantes del Grupo Tecnico de Trabajo de Agroenergia, deberan ser cubiertos con cargo a los presupuestos institucionales de sus respectivas entidades. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 336812-3

Modifican la Guia de Servicios del Ministerio de Agricultura, aprobada por R.M. Nº 1060-2002-AG, modificandose su denominacion a "Guia de Bienes y Servicios del Ministerio de Agricultura"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0316-2009-AG MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2009 VISTOS: El Oficio Nº 123-2009-AG-DGPA/CPF de fecha 04 de marzo de 2009, del Director General de la Direccion General de Competitividad Agraria, y los Informes Nº 0022009-AG-DGPA/CPF e Informe Tecnico Nº 047-2008AG-DGPA/CPF-MPT de la Especialista Forestal de la Direccion General de Competitividad Agraria; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM faculta a las Entidades del Sector Publico a desarrollar actividades de comercializacion de bienes y servicios, asi como efectuar los cobros correspondientes; para ello el Titular de la Entidad del Sector Publico, establecera mediante Resolucion la descripcion MORDAZA y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercializacion por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercializacion si las hubiera y el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1060-2002AG, se aprobo la Guia de Servicios del Ministerio de Agricultura - DGIA, determinandose que los ingresos por los conceptos senalados en la misma constituiran recursos directamente recaudados de la Direccion General de Informacion Agraria - DGIA; Que, el articulo 57º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, precisa que la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA es la encargada de proponer politicas, estrategias, normas, planes, programas y proyectos nacionales relacionados al aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna MORDAZA, los recursos geneticos asociados

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