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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (18/04/2009)

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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de abril de 2009 394591 del Ministerio del Ambiente, durante el Año Fiscal 2009, la facultad de expedir Resoluciones sobre acciones administrativas del personal del Ministerio en el marco del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM; Que, es conveniente ampliar la delegación efectuada a efectos que el Director de la referida Oficina lleve a cabo acciones de personal cualquiera sea el Régimen Laboral o de Contratación del personal del Ministerio del Ambiente; Con la visación de la Secretaría General, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina General de Administración del Ministerio del Ambiente; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013 que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007- 2008-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegación de facultades a la Ofi cina General de Administración. Delegar en el Director de la Oficina General de Administración del Ministerio del Ambiente, durante el Año Fiscal 2009, la facultad para realizar acciones de personal del Ministerio, independientemente de su régimen laboral o de contratación, de acuerdo a lo siguiente: 1.1 Aprobar y modifi car el horario o jornada de trabajo y de atención al público. 1.2 Aprobar Concursos Públicos y convocatorias abiertas para la selección de personal. 1.3 Aprobar nombramientos y contrataciones del personal seleccionado. 1.4 Aprobar el Programa Anual vacacional. 1.5 Aprobar el procedimiento de Evaluación Anual del Personal. 1.6 Aprobar el Programa de Capacitación Institucional. 1.7 Aprobar Licencias del personal: a) Con goce de remuneraciones: i) por enfermedad, ii) por gravidez, iii) por fallecimiento del cónyuge, padres, hijos o hermanos, iv) por capacitación ofi cializada; v) por citación expresa, judicial, militar y policial. b) Sin goce de remuneraciones: i) por motivos particulares, ii) por capacitación no ofi cializada. c) A cuenta del periodo vacacional: i) por matrimonio, ii) por enfermedad grave de cónyuge, padres o hijos. 1.8 Aprobar Permisos del personal: a) Con goce de remuneraciones: i) por enfermedad, ii) por gravidez, iii) por capacitación ofi cializada; iv) por citación expresa, judicial, militar y policial. b) Casos Especiales: i) Por docencia o estudios universitarios, ii) por representatividad sindical, iii) por lactancia, iv) por refrigerio, v) por onomástico. c) Sin goce de remuneraciones: i) por motivos particulares, ii) por capacitación no ofi cializada. d) A cuenta del periodo vacacional: i) por matrimonio, ii) por enfermedad grave de cónyuge, padres o hijos. 1.9 Disponer el cese de los trabajadores o servidores del MINAM. 1.10 Aprobar el término de la Carrera Administrativa por: a) Fallecimiento. b) Renuncia. c) Mutuo Disenso. d) Destitución. e) Discapacidad permanente que no le permita al empleado cumplir con sus funciones. f) Jubilación. g) Cese defi nitivo. 1.11 Aprobar el Programa de Bienestar Social e Incentivos dirigidos a los empleados y su familia. 1.12 Aprobar el descanso pre y post natal. 1.13 Aprobar los descuentos judiciales y otros conceptos aceptados por el servidor o cesante. 1.14 Aprobar despidos, con o sin causa justa, así como aceptar renuncias. 1.15 Aprobar la incorporación paulatina al CAP y/o PAP, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público de los trabajadores que vienen ejerciendo labores permanentes bajo la modalidad de contratados o de Contratos Administrativos de Servicios (CAS). 1.16 Aprobar la contratación y prórroga, directa o sucesiva, de los Contratos Administrativos de Servicios (CAS), y contratos personales a que se refi ere el Decreto Legislativo Nº 276. Artículo 2º.- La delegación de facultades comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 337177-1 DEFENSA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 112-2009-DE/FAP Mediante Ofi cio Nº 232-2009-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 112-2009-DE/FAP, publicada en nuestra edición del día 8 de abril de 2009. En el Primer Considerando; DICE: (...) al Técnico de Primera FAP FRANCO PAYANO Edgardo Román, para desempeñar el cargo de secretario en la Agregaduría Aérea a la Embajada del Perú en la República de Bolivia (...) DEBE DECIR: (...) al Técnico de Primera FAP FRANCO PAYANO Edgardo Román, para que cumpla funciones de técnico administrativo en la Agregaduría Aérea a la Embajada del Perú en la República de Bolivia (...) En la parte resolutiva; DICE: “Artículo 1º.- (...) al Técnico de Primera FAP FRANCO PAYANO Edgardo Román, para desempeñar el cargo de secretario en la Agregaduría Aérea a la Embajada del Perú en la República de Bolivia (...) DEBE DECIR: “Artículo 1º.- (...) al Técnico de Primera FAP FRANCO PAYANO Edgardo Román, para que cumpla funciones de técnico administrativo en la Agregaduría Aérea a la Embajada del Perú en la República de Bolivia (...) 337841-1