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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de abril de 2009 395017 Regional de Desarrollo Social, y las Direcciones Regionales correspondientes, en un plazo no mayor de 30 días, elaboren el Reglamento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los quince días del mes de abril del año dos mil nueve. PEDRO ESTRADA SEVERINO Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil nueve. CESAR TRELLES LARA Presidente del Gobierno Regional Piura 339871-1 Suprimen pies de página del Formato Nº 1 y Anexos 1 y 2 del Cuadro para Asignación de Personal del Archivo Regional de Piura, aprobado por Ordenanza Regional Nº 092-2006/GRP-CR ORDENANZA REGIONAL Nº 164-2009/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680; la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, sus modifi catorias - Ley N° 27902; Ley N° 28013; Ley N° 28926; Ley N° 28961; Ley N° 28968 y Ley N° 29053, y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, en su artículo 191° establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192° inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 35° de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por Ley Nº 27902, en su artículo 10°, numeral 1, literal c), establece que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes anuales de Presupuesto; asimismo el inciso a) del artículo 15°, establece como atribuciones del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 092-2006/ GRP-CR, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 23 de febrero de 2006, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Archivo Regional de Piura, que consta de nueve (09) cargos asignados; Que, a través del Memorándum Nº 241-2008/GOB.REG. PIURA-400001 de fecha 29 de diciembre del 2008, la Dirección del Archivo Regional de Piura ha remitido una propuesta de Cuadro para Asignación de Personal (CAP) en la cual se ha suprimido los pie de página contenidos en el Formato Nº 1 del mismo, así como el Anexo 1 - Contratos sujetos a modalidad y el Anexo 2 - Contratos de Locación de Servicios con personas naturales, debido a que actualmente de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, resultan innecesarios; Que, mediante Informe N° 365-2009/GRP-460000, de fecha 23 de febrero de 2009, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, señala que conforme a lo señalado en el artículo 11° literal g) del Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, para la elaboración del CAP deben incluirse todos los cargos de las sedes u órganos desconcentrados de la Entidad; siendo así se verifi ca que mediante Ordenanza Regional N° 11-2006/GRP- CR se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Piura en el cual se incluye como órgano desconcentrado al Archivo Regional y con Ordenanza Regional N° 092-2006/GRP-CR se aprobó su CAP, concluyendo que la propuesta presentada no consiste en la aprobación de un nuevo CAP sino en la corrección de errores de dicho CAP vigente, concluyendo que comparte la opinión de suprimir toda indicación inserta en el CAP referida a contratos sujetos a modalidad y/o contratos de locación de servicios, en tanto que en los documentos de gestión como es el CAP sólo corresponde incluir los cargos defi nidos y aprobados de la Entidad sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en el Reglamento de Organización y Funciones; Que, con Informe N° 037-2009/GRP-410300, de fecha 06 de marzo de 2009, la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional, concluye que los pie de página insertos en el Formato N° 01 del CAP del Archivo Regional fueron consignados sólo con carácter referencial, asimismo considera que en dicho CAP resulta innecesario la inclusión del Anexo 01 Contratos sujetos a modalidad por no contar con éstos, y el Anexo 02 sobre contratos de locación de servicios con personas naturales, recomendando al Consejo Regional efectuar dichas variaciones mediante Ordenanza Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 04 -2009, realizada el día 15 de abril del 2009, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; HA DADO LA ORDENANZA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE SUPRIME PIES DE PAGINA DEL FORMATO Nº 1 Y ANEXOS 1 Y 2 DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL DEL ARCHIVO REGIONAL DE PIURA, APROBADO CON ORDENANZA REGIONAL Nº 092-2006/GRP-CR Artículo Primero.- Suprimir, los pie de página del Formato Nº 1, el Anexo 1 - Contratos sujetos a modalidad y el Anexo 2 - Contratos de Locación de Servicios con personas naturales, contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal del Archivo Regional de Piura aprobado con Ordenanza Regional Nº 092-2006/GRP-CR, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 23 de febrero del 2006. Artículo Segundo.- Encargar a Gerencia General Regional el cumplimiento de lo estipulado en el Artículo 17º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM y la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los quince días del mes de abril del año dos mil nueve. PEDRO ESTRADA SEVERINO Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil nueve. CESAR TRELLES LARA Presidente del Gobierno Regional Piura 339869-1