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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de abril de 2009 395015 Salirrosas, comunica a la Directora de PAR SALUD, Dra. Paulina Giusti, que el Gobierno Regional de Cajamarca ofi cializa la propuesta siguiente: 1) Asume la deuda por S/. 16’000,000.00 nuevos soles. 2) No aportará con contrapartida, por no tener disponibilidad presupuestal. 3) PAR SALUD y el GOBIERNO REGIONAL, suscribirán un convenio para la ejecución del proyecto Jaén. Propuesta que se plantea en la medida que no es posible considerar contrapartida, debido a que el presupuesto se lo tiene comprometido en otras líneas de crédito que se están asumiendo, para proyectos regionales de agua y saneamiento y electrifi cación rural; - Que, con Ofi cio Nº 419-2009-GRCAJ-GRPPAT-SGPT, de fecha 1 de abril del año 2009, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Econ. Wálter Ibáñez Juárez, remite al Presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, Dr. Luzmán Salas Salas, la opinión técnica debidamente sustentada, en el cual señala que de acuerdo a las competencias de la Gerencia a su cargo el informe en mención aborda fundamentalmente el aspecto presupuestal que a continuación se detalla: 1) Condiciones del Gobierno Regional para asumir el Cofi nanciamiento del Proyecto: El fi nanciamiento del proyecto se sustenta en lo estipulado en el 40º párrafo de la Cuadragésima Segunda Disposición Final de la Ley N° 29289 — Ley de Presupuesto del Sector Público para el Ejercicio Fiscal 2009, el mismo que establece que “a fi n de dar “.,, cumplimiento al artículo de la Ley N° 27506, Ley de Canon, y sus modifi catorias, no se tomarán en cuenta los recursos del canon, sobrecanon, y regalías comprometidos para el pago de deuda proveniente de estas inversiones y las contrapartidas necesarias para el pago de deuda proveniente de estas inversiones y las contrapartidas necesarias para la ejecución de este tipo de proyectos de inversión.” Es por ello que como lo señala el artículo 5° de la Ley N° 27506, modifi cado por la Ley N° 28077, establece que “el Canon será distribuido entre los Gobiernos Regionales y Locales ...“; enlazando el sentido de ambas disposiciones se colige que el compromiso de fi nanciamiento para el Proyecto “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Servicios de Salud para brindar atención integral a las mujeres (gestantes, parturientas y madres lactantes) y de niños y niñas menores de tres años en el departamento de Cajamarca” será tomado del Canon Regional, antes de su distribución entre los benefi ciarios: Gobierno Regional y Gobiernos Locales; por lo que se concluye que el presupuesto del Gobierno Regional no será afectado con la contrapartida y el pago de la deuda que se genere a partir de dicha operación de crédito. 2) En cuanto al informe N° 006-2009-GR.CAJ/GRPPAT-SGPT, del Sub Gerente de Presupuesto, en donde se utilizan expresiones condicionales, manifestó que de acuerdo a las coordinaciones vía correo electrónico entabladas entre el Asesor Presidencial Ing. Carlos Esteves Ostolaza y la Dra. Paulina Giusti, Directora Ejecutiva de PAR SALUD, por encargo del señor Presidente, se defi nió que el monto que aportará el Gobierno Regional vía endeudamiento, es de S/ 16’000,000.00 de Nuevos Soles, como podrá apreciarse en el impreso de los mails que se adjuntan, así como copia del Ofi cio N° 254-2009-GR.CAJ/PR, cursado por la Presidencia Regional a la Directora Ejecutiva PAR SALUD, que en copia xerográfi ca se adjunta al presente. 3) En relación a la posibilidad de que PAR SALUD, pueda ser formulador y ejecutor al mismo tiempo, señaló que como institución puede asumirse esta doble función: sin embargo, internamente la unidad que formuló el proyecto es la Unidad Coordinadora del proyecto y la ejecutora es PAR SALUD, Gobierno Regional, Ministerio de Salud y Seguro Integral de Salud (SIS), tal como lo establece el proyecto. La mencionada opinión técnica es ampliada con Ofi cio Nº 436-2009-GRCAJ-GRPPAT- SGPT, la misma que hace hincapié a lo establecido en la Cuadragésima Segunda Disposición Final de la Ley N° 29289 — Ley de Presupuesto del Sector Público para el Ejercicio Fiscal 2009, y que para mayor aclaración se transcribió. Asimismo en dicho documento se señala que el presupuesto del gobierno regional no será afectado con la contrapartida y el pago de deuda que se genere por dicha operación de crédito, toda vez que estos compromisos serán deducidos del canon regional antes de la distribución tanto al gobierno regional como a los gobiernos locales. - Que, mediante Ofi cio Nº 237-2009-GR.CAJ/GRDS, de fecha 20 de marzo del año 2009, la Gerente Regional de Desarrollo Social, Lic. Martha Rodríguez Tejada, remite al Presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, Dr. Luzmán Salas Salas, la opinión técnica contenida en el Informe N°05-2009 GR.CAJ- DRDS/SGAP, en el cual se establece las siguientes observaciones: 1) Que, el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud en la Región Cajamarca - PAR SALUD II, es el ente formulador y ejecutor del Proyecto surgiendo la pregunta: ¿es posible de acuerdo a la Ley de contrataciones y adquisiciones del estado ser formulador y ejecutor? Cuando en el ítem VI del Proyecto también está incluida la supervisión de obra. 2) El espacio geográfi co de intervención del proyecto alcanza a 18 distritos de la Región Cajamarca y según las proyecciones del proyecto al 2011, se promovería una atención de 21,000 mujeres gestantes y 28,981 niños menores de 3 años, por lo tanto la cantidad de 700 mil consignado en el Ítem VIII del resumen del Proyecto no es la población benefi ciaria directa del proyecto. 3) En cuanto al enfoque de interculturalidad está explícito en el proyecto y es coherente con la intervención, sin embargo el enfoque de género que también es específi co al Proyecto y según estudios el acceso de la mujer gestante a la salud reproductiva y a los servicios de salud, lo decide el esposo o conviviente en un 35%. 4) En cuanto al ítem VIl fi nanciamiento del Proyecto, nos parece interesante que se invierta en aspectos sociales: sin embargo no hay opinión técnica de la Gerencia de Planifi cación Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, acerca de la viabilidad del aporte del Gobierno regional de Cajamarca, tanto en relación al horizonte de 10 años como a los compromisos asumidos vía préstamo. Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases Descentralizadas Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nºs 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2008-GR.CAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero.- AUTORIZAR al Presidente del Gobierno Regional Cajamarca realice los trámites de endeudamiento de DIECISÉIS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 16’ 000,000.00 de nuevos soles) que como contrapartida le corresponde al Gobierno Regional Cajamarca para fi nanciar el Proyecto: “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los servicios para brindar atención integral a las mujeres (gestantes, parturientas y madres lactantes) y de niños y niñas menores de tres años en el Departamento de Cajamarca”. Segundo.- AUTORIZAR al Presidente del Gobierno Regional Cajamarca suscribir los documentos de gestión internos o interinstitucionales, que sean necesarios para el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Gobierno Regional Cajamarca, y que permitan obtener el fi nanciamiento integral para la ejecución del Proyecto: “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los servicios para brindar atención integral a las mujeres (gestantes, parturientas y madres lactantes) y de niños y niñas menores de tres años en el departamento de Cajamarca”. Tercero.- DURANTE la ejecución del Proyecto se deberá tener en cuenta el enfoque de la cuota de género para dar acceso a la mujer gestante a la salud reproductiva y a los servicios de salud. Cuarto.- RECOMENDAR a los responsables de la ejecución del Proyecto “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los servicios para brindar atención integral a las mujeres (gestantes, parturientas y madres lactantes) y de niños y niñas menores de tres años en el departamento de Cajamarca” que el número de benefi ciarios con esta inversión debe ser de 700 000 personas tal y como se establece en el Ítem VIII (cuarta conclusión) del Informe N° 006- 2009-GR.CAJ/GRPPAT-SGPT. Quinto.- DISPONER que la ejecución del aporte de DIECISÉIS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 16’ 000,000.00 de nuevos soles) esté a cargo del Gobierno Regional Cajamarca, la cual se sujetará a la normatividad legal vigente. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. LUZMÁN GONZALO SALAS SALAS Consejero Delegado Presidente Consejo Regional 340145-2