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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (27/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano 395093 siempre estuvo construido y asfaltado (Empalme 1B - Buenos Aires). Es decir, los usuarios de estos tramos no perciben cambios signifi cativos en las condiciones de la carretera con respecto al momento en que no estaba concesionada. En consecuencia, este tipo de usuario no tiene ningún incentivo a pagar peaje. Sin embargo, esta tendencia podría modifi carse cuando el Concesionario brinde los servicios obligatorios complementarios que establece la Cláusula 8.12º del Contrato de Concesión. DETERMINACIÓN DEL PEAJE Para fi jar el peaje se requiere determinar la ubicación de la unidad o caseta del peaje. Como se mencionó previamente, si la unidad de peaje se encuentra muy próxima a la estación de peaje de Chulucanas3 (carretera IIRSA Norte), la disponibilidad a pagar de los conductores será casi nula. Por el contrario, si la unidad de peaje se encuentra más alejada de este punto, la disponibilidad a pagar de los usuarios aumenta. Es decir, la disponibilidad a pagar está determinada por la ubicación del subtramo con respecto a la caseta ubicada en Chulucanas y por los kilómetros recorridos por el vehículo. No obstante, según el artículo 9.6º del Contrato de Concesión, corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones determinar la ubicación de la unidad de peaje antes de la fecha de inicio de la explotación. Debido a que la ubicación del peaje tiene un efecto en el valor de la tarifa y como el Ministerio de Transportes y Comunicaciones aún no ha determinado la ubicación de la misma, el Regulador ha considerado pertinente simular tres escenarios para la determinación del peaje. Estos escenarios están en función de la posible ubicación de la estación de peaje y quedan defi nidos de la siguiente manera: • Escenario 1: Unidad de Peaje se ubica entre Carrasquillo y Buenos Aires. • Escenario 2: Unidad de Peaje se ubica entre Serrán y Canchaque. • Escenario 3: Unidad de Peaje se ubica entre Buenos Aires y Malacasí. Para cada uno de los escenarios se estima la demanda y se calculan las elasticidades precios. El peaje se fi jará en aquel tramo de la demanda que es inelástico, es decir, donde la probabilidad de que un usuario utilice otra carretera en lugar de la vía concesionada sea nula. Es así, como se garantizaría que la demanda por la carretera no disminuya en el tiempo, a causa del peaje fi jado. De esta forma, si la unidad de peaje se colocará en el tramo Carrasquillo - Buenos Aires, la tarifa a la que se refi ere el Contrato de Concesión (es decir peaje más el Impuesto General a las Ventas (IGV) sería de S/. 1,91 por eje y por sentido recorrido (o sólo ida o sólo retorno). A este nivel de tarifa, se elimina el riesgo de que la demanda por esta carretera disminuya. Si la unidad de peaje se colocará en el tramo Serrán - Canchaque, la tarifa sería de S/. 1,96 por eje y por sentido de recorrido (o sólo ida o sólo retorno). A este nivel de peaje, se elimina el riesgo de que la demanda por esta carretera disminuya. Aún cuando este tramo este más alejado de la unidad de peaje de Chulucanas, la disposición a pagar peaje también está influenciada por la menor demanda existente en ese tramo. Finalmente, si la unidad de peaje se colocará en el tramo Buenos Aires - Malacasí, la tarifa sería de S/. 2,06 por eje por sentido de recorrido (o sólo ida o sólo retorno).A este nivel de peaje, se elimina el riesgo de que la demanda por esta carretera disminuya. PEAJE PROPUESTO A partir de las simulaciones realizadas, se puede concluir que los tramos de la Concesión Vial que tienen un recorrido relativamente corto tendrán una menor disponibilidad a pagar de los usuarios. Esto se puede apreciar en cada uno de los escenarios que se han construido (Ver Cuadro) ESTIMACIÓN DE LA TARIFA (PEAJE CON IGV) POR ESCENARIO Escenario Ubicación de Unidad de Peaje Peaje por eje (S/. )* 1 Tramo Carrasquillo - Buenos Aires 1,91 2 Tramo Serrán - Canchaque 1,96 3 Tramo Buenos Aires - Malacasi 2,06 * Incluye IGV. Elaboración: GRE de OSITRAN. Del análisis de los escenarios se desprende que el nivel de la tarifa por eje y por sentido de recorrido (o sólo ida o sólo retorno), que el Regulador propone para el caso de de la Concesión Empalme 1B - Buenos Aires - Canchaque una tarifa4 es de S/. 2,00 por eje por ida o vuelta, incluido IGV. Este nivel se aproxima al promedio de los peajes obtenidos en los diferentes escenarios. Benchmarking de Peajes A continuación se compara la tarifa propuesta (S/. 2,00 por eje) por el Regulador con respecto a los peajes que se aplican en otras concesiones viales. Se debe precisar, que en ninguno de los Contratos de Concesión Vial que se encuentran en etapa de explotación el Regulador ha fi jado el peaje, dichos peajes fueron establecidos contractualmente. Se observa que el peaje propuesto por el Regulador se encuentra en el rango de los peajes que se cobra actualmente en las concesiones viales cofi nanciadas (Ver Cuadro). BENCHMARKING PEAJES POR EJE (S/. ) INCLUIDO IGV (IDA O VUELTA) Concesionario Tramo Estación de peaje Km Peaje (S/. ) Vehículo Ligero Vehículo pesado (por eje) COVISUR San Juan de Marcona - Urcos Casinchihua Entre 42 y 50 3,00 Chalhuanca 55 4,00 Huillque 63 4,00 80 5,00 Marcona Entre 20 y 25 2,00 2,00 79 4,00 4,00 SURVIAL Matarani - Juliaca Santa Lucía 20 1,00 Caracoto 25 2,00 45 2,00 5,00 IIRSA NORTE Paita - Yurimaguas 5,50 5,50 NORVIAL Ancón - Huacho - Pativilca 5,81 5,81 COVI Perú Pucusana - Cerro Azul - Ica 5,50 5,50 Fuente: Contratos de Concesión. Elaboración: GRE de OSITRAN. CONCLUSIONES Del análisis realizado previamente se desprenden las siguientes conclusiones: - Se ha verifi cado in situ que no existen otras vías alternativas al Empalme 1B - Buenos Aires - Canchaque que pueden ser utilizadas por los usuarios. 3 El tramo (Empalme 1B-Carrasquillo) que está más próximo Chulucanas es que el que presenta el mayor tráfi co de vehículos. 4 De acuerdo al Contrato de Concesión la tarifa es igual al peaje + el Impuesto General a la Ventas (IGV). Lima, lunes 27 de abril de 2009 PROYECTO