Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2009 (27/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

395084

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, lunes 27 de MORDAZA de 2009

Articulo 2º.- Aprobar a favor de la empresa PESQUERA MORDAZA S.A., el cambio de titular de los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras POLAR V de matricula CO-15710-PM, POLAR X de matricula CO11053-PM y POLAR XI de matricula CO-10314-PM, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados, por las respectivas resoluciones autoritativas citadas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- Aceptar el desistimiento parcial de la solicitud de cambio de titular presentada por la empresa PESQUERA MORDAZA S.A. con relacion la embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula CO-19579-PM. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad de los permisos de pesca otorgados a CORPORACION MORDAZA S.A., mediante la Resolucion Ministerial Nº 524-97-PE, ampliada con Resolucion Directoral Nº 140-2003-PRODUCE/DNEPP; RODGA S.A. mediante Resolucion Ministerial Nº 16196-PE; CONSORCIO MALLA S.A. mediante Resolucion Directoral Nº 245-2005-PRODUCE/DNEPP y Resolucion Directoral Nº 210-2000-PE/DNE, y PESQUERA POLAR S.A. mediante Resolucion Ministerial Nº 243-98-PE, para operar las embarcaciones pesqueras CARACOL de matricula CO-15313-PM, MORDAZA V de matricula CO-11054PM, POLAR IV de matricula CO-22308-PM, POLAR V de matricula CO-15710-PM, POLAR X de matricula CO-11053PM y POLAR XI de matricula CO-10314-PM. Articulo 5º.- Incorporar a la empresa PESQUERA MORDAZA S.A. como titular de los permisos de pesca otorgados para operar las embarcaciones pesqueras, CARACOL de matricula CO-15313-PM, MORDAZA V de matricula CO-11054-PM, POLAR IV de matricula CO22308-PM, POLAR V de matricula CO-15710-PM, POLAR X de matricula CO-11053-PM y POLAR XI de matricula CO-10314-PM, asi como la presente Resolucion al Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y al Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007PRODUCE, respectivamente, excluyendo a las empresas, CORPORACION MORDAZA S.A. y la Resolucion Ministerial Nº 524-97-PE, asi como la Resolucion Directoral Nº 1402003-PRODUCE/DNEPP; RODGA S.A. y la Resolucion Ministerial Nº 161-96-PE; CONSORCIO MALLA S.A. y la Resolucion Directoral Nº 245-2005-PRODUCE/DNEPP y Resolucion Directoral Nº 210-2000-PE/DNE, PESQUERA POLAR S.A. y la Resolucion Ministerial Nº 243-98-PE, de los indicados anexos respecto de las citadas embarcaciones. Articulo 6º.- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolucion sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa, seran destinados al consumo humano directo; o las normas que lo modifiquen o sustituyan; y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007PRODUCE. En este supuesto la totalidad de las bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 7º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 340534-9

Aprueban cambio de titularidad de permisos de pesca a favor de CFG Investment S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 261-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2009 Visto el Escrito con Registro Nº 00004800, del 16 de enero de 2009, presentado por la empresa CFG INVESTMENT S.A.C.

Que el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, modificado mediante Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE, el mismo que senala que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo establece que no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 607-97-PE de fecha 20 de octubre de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a la EMPRESA PESQUERA MAUI S.A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional "INJEPASA V" de matricula Nº CE-6613-PM, y 385.33 m3 de volumen de bodega, la cual seria utilizada para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm); Que a traves del articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 240-98-PE de fecha 13 de MORDAZA de 1998, se modifico la denominacion de la embarcacion pesquera "INJEPASA V" de matricula Nº CE-6613-PM, por la denominacion de "COMANCHE III"; Que por Resolucion Directoral Nº 156-2005PRODUCE/DNEPP de fecha 7 de junio del 2005, se aprobo el cambio de titular del permisos de pesca solicitado por EMPRESA PESQUERA COMANCHE S.A.C., para operar la embarcacion pesquera "COMANCHE III" de matricula Nº CE-6613-PM, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado, respetando lo establecido por la normatividad pesquera vigente; Que los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1502001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que mediante el escrito del visto, la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., en virtud al procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion solicita el cambio de titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera COMANCHE III de matricula CE-6613-PM, sustentando la propiedad actual de la citada embarcacion con el Certificado Compendioso de Dominio respectivo; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente administrativo se ha determinado que la solicitante ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE y demas normas modificatorias, razon por la cual resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 236-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-

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