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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de abril de 2009 395234 de viviendas construidas acorde con lo que establece la Resolución Ministerial Nº 179-99-MTC, además cuenta con las obras de alumbrado público y suministro de red domiciliaria, faltando las obras de Agua Potable y Alcantarillado, pistas (calzadas), veredas (aceras), ornamentación del parque y señalización, implicando ello que se refi ere a una Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada; por lo que emiten su opinión por la procedencia administrativa del trámite de la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada. Que, estando el Informe Nº 249.-2009-GDU/ MDSMP de fecha 27 de marzo del 2009 de la Gerencia de Desarrollo Urbano por el cual da su conformidad a la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada aprobada por la Comisión Técnica Dictaminadora y Califi cadora de Habilitaciones Urbanas. De conformidad de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1. del capítulo II del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, Reglamento Nacional de Construcciones, Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, Decreto Supremo Nº 010-2005- VIVIENDA, Decreto de Alcaldía Nº 079-MML y Resolución de Alcaldía Nº 136-2009-MDSMP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la REGULARIZACION DE LA HABILITACIÓN URBANA EJECUTADA denominada Programa de Vivienda “LOS JARDINES DE SANTA ROSA II Etapa” de conformidad con el Plano signado con el Nº 021-2009-SGCyHU-GDU-MDSMP y la Memoria Descriptiva, con zonifi cación de Uso Residencial de Densidad Media RDM, del terreno de 25,604.00 m2 constituido por la Parcela Nº 10228 del Fundo Santa Rosa inscrito en la Ficha Nº 303553 y Nº de Partida: 43780646 de la SUNARP, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- Autorizar a don Víctor Enrique Neyra Flores y doña Doris Huamani German, para ejecutar en un plazo de dieciocho (18) meses computados a partir de la fecha de Notifi cación de la presente Resolución, las obras faltantes de habilitación urbana, como son la ejecución de las obras de agua potable, alcantarillado, veredas (aceras) y pistas (calzadas) del predio de 25,604.00 m2, debiendo sujetarse al plano y memoria descriptiva y a las características y especifi caciones técnicas siguientes: Diseño: Se hará según el siguiente Cuadro de Áreas: CUADRO GENERAL DE ÁREAS DESCRIPCION AREA ( m2) Área bruta del terreno 25,604.00 Área Util de Viviendas: Mnzs. A, B, C y D 16,733.84 Área de Parque (Recreación Pública) 1,126.10 Ministerio de Educación (Lote 25 de Mz. D) 339.20 área de Circulación y Vías 7,370.85 área de Compensación 34.01 Aportes Reglamentarios de Uso Residencial Densidad Media R-4 (RDM) Área: 25,604.00 m2 APORTES R.N.C. (m2) PROPUESTO RDM (m2) DÉFICIT (m2) Recreación Pública 11% 2,816.44 1,126.10 1,690.34 Ministerio de Educación 2% 512.08 339.20 172.88 Vendible Mínimo ubicado en Lotes en esquina * Los DÉFICITS de Aportes serán redimidos en dinero a la Entidad correspondiente. Calzadas: Podrán ser del Tipo Flexible, con las dimensiones y características de los componentes de las calzadas serán las que resulten del diseño estructural, debiendo obtener la autorización de ejecución en la División de Obras Públicas de esta Municipalidad, tomando en cuenta la carga por efecto del transito vehicular a soportar en su vida útil y el tipo de terreno de fundación. Aceras: Serán de concreto de calidad f’c=175 kg/cm2 de espesor 0.15m y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material de préstamo, limpio de buena calidad debidamente nivelado y compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15m y el acabado será con mezcla de cemento – arena fi na en proporción 1:2 de un centímetro de espesor y bruñas cada 1.00m. Con juntas de ¾´´ cada 5ml. Sardineles: En los extremos expuestos de la aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15m. Ancho x 0.30m altura de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. Rampas en bermas para personas con discapacidad: En los extremos de los abanicos (martillos) de las aceras, se construirán rampas peatonales que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Ministerial 069-2001-MTC/15.04 y el Reglamento Nacional de Edifi caciones; las obras serán sometidas a los controles establecidos por cuenta de los interesados. Obras Sanitarias: Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de agua potable y alcantarillado que apruebe SEDAPAL. Electricidad. Los interesados deberán poner en conocimiento de las empresas concesionarias, la fecha de inicio y terminó de las obras; los mismos que serán ejecutadas de acuerdo a los proyectos aprobados por la empresa prestadora de servicios. Instalaciones Telefónicas: Para las instalaciones telefónicas, instalaciones de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales, los interesados deberán coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefónica. Artículo Tercero.- DISPONER la obligación de que los propietarios cancelen el défi cit de los aportes reglamentarios antes de la Recepción de Obras, como el défi cit de Recreación Pública de 1,690.34 m2 que será valorizado y cancelado en la Municipalidad Distrital, y el défi cit para el Ministerio de Educación del área de 172.88 m2 será valorizado y cancelado en dicha Entidad Artículo Cuarto.- PONER a conocimiento de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Registro Públicos para efectos de la inscripción correspondiente y al Ministerio de Educación Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano a cuenta de los interesados dentro del plazo de 30 días de notifi cación la presente Resolución. Artículo Sexto.- HACER de conocimiento la presente Resolución a la Sub Gerencia de Fiscalización y Control para que proceda conforme a sus funciones a establecer las sanciones que pudieran acorresponder. Artículo Septimo.- REMITIR la copia certifi cada del Expediente Técnico aprobado a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ratifi cación. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas incorporar la presente Habilitación Urbana al Plano Urbano del Distrito y transcribir la presente Resolución a la Gerencia de Administración Tributaria para el registro de predios resultantes. Regístrese comuníquese y cúmplase. ANDRES ALCALDE ARIAS Gerente Municipal 341780-1