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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de abril de 2009 395218 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 28918, de fecha 7 de diciembre de 2006, se confi rmó el acuerdo de fusión por absorción del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones – INICTEL por la Universidad Nacional de Ingeniería, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 030- 2006-MTC y se autorizó la creación de la Unidad Ejecutora 002 del Pliego Universidad Nacional de Ingeniería; Que, mediante Resolución Rectoral N° 346, de 26 de junio de 2007 se aprobaron los documentos de gestión de la Unidad Ejecutora 002 – INICTEL-UNI; Que, por Resolución Rectoral Nº 316, de 03 de marzo de 2008, se aprobó el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Unidad Ejecutora 002 – INICTEL-UNI, correspondiente a Director IV, Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002 – INICTEL-UNI; Que, mediante Resolución Rectoral Nº 1397, de fecha 28 de octubre de 2008, se designó a la señora CPC. Bertha Beatriz Barrenechea Izquierdo, en el cargo de confi anza de Jefa de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002 – INICTEL-UNI; Que es necesario asegurar la marcha administrativa del INICTEL-UNI, para el cumplimiento de sus metas y objetivos; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 52°, incisos, c) y l) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación la señora CPC. Bertha Beatriz Barrenechea Izquierdo, en el cargo de confi anza de Jefa de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Plaza Nº 14 del Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la Unidad Ejecutora 002 – INICTEL- UNI; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al Señor CPC. OSWALDO ANIBAL OLMOS CUELLO, en el cargo de confi anza de Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Plaza Nº 14 del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Unidad Ejecutora 002 – INICTEL-UNI; entendiéndose que la designación efectuada, conlleva a una reserva de la Plaza Nº 17 del Cuadro para Asignación de Personal del INICTEL- UNI, como Profesional VI, Especialista en Presupuesto de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto. Artículo 3º.- El referido trabajador reasumirá las funciones inherentes a su plaza, cuando concluya la designación; en aplicación a lo dispuesto en las normas legales que regulan sobre la materia. Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución Rectoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO PADILLA RIOS Rector 341917-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Disponen conformación de Mesas de Diálogo para la Prevención y Tratamiento de Controversias Territoriales y otros casos sobre Demarcación Territorial y declaran de interés y necesidad pública la aprobación del “Plan Regional de Organización Territorial y Fusión de Municipios Distritales para el período 2009-2011” ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2009-GRA/CR Ayacucho, 31 de marzo de 2009 EL CONSEJERO DELEGADO DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de marzo de 2009, trató el tema relacionado a la “Instalación de las Mesas de Diálogo para la prevención y tratamiento de controversias territoriales”; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 008-2009-GRA/SCR-CPO, se presenta ante el Consejo Regional el Proyecto de Ordenanza Regional sobre “Instalación de las mesas de Diálogo para la prevención y tratamiento de controversias territoriales”, el mismo que recoge las iniciativas de la Asociación de Servicios Educativos Rurales - SER y la Agencia para el Desarrollo ADRA – PERÚ; propuesta que acompaña los Informes Técnicos emitido por las instancias correspondientes del Gobierno Regional de Ayacucho, con el Dictamen respectivo de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional del Consejo Regional, el cual se dejó a consideración del Pleno del Consejo Regional; Que, es propósito del Estado Peruano, profundizar y afi anzar el proceso de Descentralización y Regionalización del País, sobre la base de la delimitación de espacios regionales, subregionales y locales integrados histórica, geosocioeconómica, política y culturalmente, para sí conformar unidades de desarrollo geoeconómicamente viables, administrativamente efi cientes, y ecológicamente sostenibles; Que, el País y la Región históricamente han sido divididas en espacios político-administrativos disímiles y heterogéneos, que han respondido a intereses de los Gobiernos de Turno, de las Clases Dirigentes y fundamentalmente para afi anzar políticas de Dominación y Exclusión Social, y orientadas a la explotación de nuestros recursos naturales y la extracción económica vía impuestos y contribuciones; por lo que esta condición ha conllevado que del total de 195 provincias y 1832 distritos con que cuenta el País, sólo el 8% y el 20% de ellas respectivamente, cuentan con límites geográfi cos técnicamente defi nidos y de fácil identifi cación en la cartografía ofi cial; Que, el Congreso de la República, consciente de esta realidad y en el marco de la Constitución Política viene aprobando un conjunto de normas para lograr un Estado Unitario, Representativo y Descentralizado, éste con el propósito de incorporar a la sociedad organizada en los procesos de conformación de las futuras Regiones, la fusión de ámbitos distritales, los mecanismos para prevenir y solucionar las controversias territoriales existentes y otros problemas derivados de la inadecuada demarcación territorial; Que, el Artículo 10º del Reglamento de la Ley Nº 29021 “Ley de Promoción para la fusión de los Municipios Distritales”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 075- 2008-EF, establece que las Mesas de Diálogo constituyen un espacio de concertación y coordinación con el objetivo de evaluar la iniciativa de fusión de Municipalidades Distritales; y su convocatoria corresponde realizarla a los Gobiernos Regionales por iniciativa propia o a solicitud de los alcaldes distritales y/o representantes de la Sociedad Organizada; Que, por otro lado, el numeral 2.5. del capítulo V de la Directiva Nº 001-2007-PCM/DNTDT sobre “Lineamientos para la prevención y tratamiento de controversias territoriales y otros casos sobre demarcación territorial” aprobado por la Resolución Ministerial Nº 355-2007-PCM prevé la conformación de Mesas de Diálogo como un mecanismo para abrir vías de comunicación y concertación, a instancia de los Gobiernos Regionales, donde en un plazo determinado todos lo involucrado en una controversia puedan abandonar sus posiciones enfrentadas y desarrollen gradualmente la capacidad de generar acuerdos viables en benefi cio mutuo; y a la vez sensibilizar acerca del proceso de demarcación y organización territorial; Que, en este orden de ideas resulta indispensable que este proceso de conformación de las Mesas de Diálogo