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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (30/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 83

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de abril de 2009 395233 de Municipalidades, establece que mediante Decretos de Alcaldía se reglamentan entre otros asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Estando al Informe Nº 147-2009-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, e Informe Nº 452-2009- GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica; en uso de las facultades establecidas en el numeral 6 del Artículo 20º de la ley Nº 27972 Ley Orgánica de las Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- DEROGAR el Numeral 19.3.4, del Artículo 19° del Decreto de Alcaldía Nº 07-2006-MSS “Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios correspondiente al Sector del distrito de Santiago de Surco conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana”. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano el cumplimiento de la presente norma. Mando se registre, publique y cumpla. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 342250-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban regularización de la habilitación urbana ejecutada denominada Programa de Vivienda “Los Jardines de Santa Rosa II Etapa” RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 116-2009- MDSMP San Martín de Porres, 8 de abril de 2009 EL GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO: Los Expedientes Nº N-573 de fecha 25 de Noviembre de 1999 y acumulados, seguido por don Víctor Enrique Neyra Flores y doña Doris Huamani German, quienes solicitan la aprobación de la REGULARIZACION DE HABILITACIÓN URBANA EJECUTADA denominada Programa de Vivienda “LOS JARDINES DE SANTA ROSA II ETAPA”, califi cado con la zonifi cación de Uso Residencial de Densidad Media RDM, del terreno de 25,604.00 m2 constituido por la Parcela Nº 10228 del Fundo Santa Rosa inscrito en la Ficha Nº 303553 y Nº de Partida: 43780646 de la SUNARP, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, Provincia y Departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, vigente cuando se inició el presente tramite, en su Art. 3º establece que corresponde a las Municipalidades Distritales en el ámbito de su respectiva circunscripción territorial, conocer y aprobar las solicitudes de habilitación urbana que presenten las personas naturales o jurídicas, las asociaciones de vivienda, Pro vivienda, las cooperativas o cualquier otra forma asociativa con fi nes de vivienda incluyendo los casos de regularizaciones pendiente o en tramite. Que, mediante Expediente Nº N-573 de fecha 25 de Noviembre de 1999 y acumulados, don Víctor Enrique Neyra Flores y doña Doris Huamani German, solicitan la aprobación de la REGULARIZACION DE HABILITACIÓN URBANA EJECUTADA denominada Programa de Vivienda “LOS JARDINES DE SANTA ROSA II ETAPA”, califi cado con la zonifi cación de Uso Residencial de Densidad Media RDM, del terreno de 25,604.00 m2 constituido por la Parcela Nº 10228 del Fundo Santa Rosa e inscrito en la Ficha Nº 303553 y Nº de Partida:43780646 de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, Provincia y Departamento de Lima. Que, con Resolución de Alcaldía Nº 2304-2002-AL/ MDSMP de fecha 30 de setiembre del 2002 se aprueba la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada promovido por don Víctor Enrique Neyra Flores del Programa de Vivienda “Los Jardines de Santa Rosa II Etapa” desarrollado sobre el terreno de 25,300.00 m2 de su propiedad de acuerdo al Plano Nº 065-2001-DPHU- DDU-MDSMP. Que, con Expediente Nº N-0390 de fecha 12 de Noviembre del 2002, el administrado interpone el Recurso de Apelación contra la Resolución de Alcaldía Nº 2304- 2002-AL/MDSMP por estar en desacuerdo con los Défi cits de los Aportes Reglamentarios consignado en la citada Resolución. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 340-2008/ MDSMP de fecha 28 de mayo del 2008 se resuelve declarar la Inejecutabilidad de la Resolucion de Alcaldía Nº 2304-2002-AL/MDSMP disponiendo la continuación del tramite de la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada del Programa de Vivienda “Los Jardines de Santa Rosa II Etapa” Que, el administrado ha cumplido con presentar los requisitos establecidos para el trámite de REGULARIZACIÓN DE HABILITACIÓN URBANA EJECUTADA, adjuntando: Solicitud dirigida al Alcalde, Formulario 3, Ficha Nº 303553 y Partida Nº 43780646 del terreno de 25,604.00 m2 inscrito en Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Certifi cado de Habilitación de Proyectos Nº 109757, Plano de Lotización PTL-01 incluido el plano de Ubicación y Localización, Plano Catastral y Memoria Descriptiva, Certifi cado de Zonifi cación y Vías Nº 452-2008-MML-GDU- SPHU del 11.07.08, Declaración Jurada de inexistencia de canales de regadío, Declaración Jurada de Inexistencia de feudatarios, Declaración Jurada de reserva de Aportes Reglamentarios de acuerdo al plano de Lotizacion, documento CA 778653-CSSM-08 de EDELNOR que otorga la Factibilidad de Servicios de Energía, Carta Nº 1603-2008/EPy del 18.11.08, de SEDAPAL que otorga la Factibilidad de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado, Recibo de Pago Nº 1199555 del 25.11.99 por Derecho de Trámite, Comprobante de Pago Nº 43743 del 09.01.01 por Inspección Ocular y PRE califi cación, Recibo de Pago Nº 080113142-0731080801 del 08.07.09 por revisión de la Comisión Técnica Dictaminadora y Califi cadora de Habilitaciones Urbanas y Recibo Nº 020024797 por emisión de Resolución, que forma parte de los actuados en el expediente administrativo. Que, en Sesión Nº 06 de fecha 27 de noviembre del 2008, por Acuerdo Nº 01 se emitió el DICTAMEN FAVORABLE de la REGULARIZACION DE HABILITACION URBANA EJECUTADA por parte de la Comisión Técnica Dictaminadora y Califi cadora de Habilitaciones Urbanas, del Programa de Vivienda Los Jardines de Santa Rosa II Etapa. Que, de conformidad con el Reglamento Nacional de Construcciones, se procedió al cálculo de los Aportes Reglamentarios: para Recreación Pública el área de 2,816.44 m2 en terreno, sin embargo en condición de Défi cit de Aportes es el área de 1,690.34 m2., para el Ministerio de Educación considerado en terreno es el área de 512.08m2. y como Défi cit el área de 172.88m2., de acuerdo a los Planos y Memoria Descriptiva. Que, mediante los Informes Nº 233-2008-GRND, y Nº 324-2009-SGCyHU-GDU-MDSMP, la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, después de haber revisado, observado y analizado la documentación presentada por parte de los administrados, quienes cumplieron con los requisitos y pagos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente en la fecha que ingreso el Expediente, y habiendo practicado la Inspección Ocular se verifi co que existe mas del 50%