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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 3 de agosto de 2009 400107 el procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, así como los requisitos sustantivos de la normatividad pesquera vigente; por lo que es viable aprobar a favor del mismo, el cambio de titular de permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 645- 2009-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 29 de mayo del 2009 y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad al Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 26920, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98, y modifi cado por los Decretos Supremos Nº 001-99-PE, Nº 003-2000-PE, Nº 004-2002-PRODUCE, y el Decreto Supremo Nº 004- 2007-PRODUCE, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor del señor JUAN ROMAN ALVAREZ PANTA, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera DON JULIO de matrícula PT-3816-CM otorgado por Resolución Directoral Nº 040-2003-GOB.REG. PIURA/DIREPE-DR del 5 de febrero del 2003, en los mismos términos y condiciones. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera DON JULIO de matrícula PT-3816-CM consignado en la Resolución Directoral Nº 040-2003-GOB.REG. PIURA/DIREPE-DR. Artículo 3º.- Incorporar al señor JUAN ROMAN ALVAREZ PANTA como el nuevo titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera DON JULIO de matrícula PT-3816-CM, al Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SANCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 378482-12 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 487-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 2 de julio de 2009 Visto los escritos con Registro Nº 00039430 de fechas 19 de mayo, 08 y 25 de junio de 2009, presentados por JOSE CLEMENTE SANTISTEBAN BANCES y su cónyuge SILVIA ESMERALDA ALVARADO DE SANTISTEBAN. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 017-99- CTAR-LL/DIREPE, de fecha 03 de marzo de 1999, se otorgó permiso de pesca al armador pesquero JUAN GALAN PIZARRO para operar su embarcación pesquera de bandera nacional denominada “JUAN HUMBERTO” de matrícula Nº PL-1777-CM y 33.0 m3 de capacidad de bodega, para la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina para el consumo humano directo e indirecto, utilizando cajas con hielo y redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½” (13 mm) y 1 ½ “ (38 mm), respectivamente, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras; Que mediante Resolución Directoral Nº 046-2000- PRE/P de fecha 29 de noviembre del 2000, se amplió el permiso de pesca otorgado a plazo determinado a los armadores pesqueros JUAN GALAN PIZARRO Y MARIA CRISTINA SANTISTEBAN DE GALAN, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional “JUAN HUMBERTO” de matrícula Nº PL-1777-CM y 33.0 m3, en la extracción también de los recursos hidrobiológicos jurel y caballa, para destinarlos al consumo humano directo utilizando cajas con hielo y redes de cerco, con tamaño mínimo de malla de 1 ½” (38 mm), en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas adyacentes a la costa; Que la embarcación pesquera “JUAN HUMBERTO” de matrícula Nº PL-1777-CM y 33.0 m3 de capacidad de bodega, fi gura en el Anexo I literal B con permiso de pesca para los recursos hidrobiológicos anchoveta, sardina, jurel y caballa del listado actualizado de embarcaciones pesqueras de madera con capacidad de bodega de 32.6 m3 hasta 110 m3, con permiso de pesca obtenido conforme a la Ley Nº 26920, aprobado con Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE; Que a través de la Resolución Directoral Nº 083- 2008-PRODUCE/DGEPP, del 07 de febrero de 2008, se dispone caducar permisos de pesca a embarcaciones pesqueras únicamente en el extremo referido a la extracción de los recursos jurel y caballa para el consumo humano directo e indirecto, entre las cuales fi gura la embarcación pesquera “JUAN HUMBERTO” de matrícula Nº PL-1777-CM, con lo cual queda sin efecto la Resolución Directoral Nº 046-2000-PRE/P y la citada embarcación cuenta solamente con permiso de pesca para la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina; Que mediante Resolución Directoral Nº 045-98- CTAR-LL/DIREPE, del 28 de septiembre de 1998, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado, al armador pesquero JOSE DE LA ROSA SANTISTEBAN BANCES, para operar la embarcación ALMIRANTE GRAU de matrícula PO-10379-CM de 33.0 m3 de capacidad de bodega, para la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina para consumo humano directo e indirecto, utilizando cajas con hielo y redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) de abertura de malla, según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras; Que a través de la Resolución Directoral Nº 711-2008- PRODUCE/DGEPP, del 18 de noviembre del 2008, se modifi có el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 045- 98-CTAR-LL/ DIREPE, que otorgó permiso de pesca al señor JOSE DE LA ROSA SANTISTEBAN BANCES para operar la embarcación ALMIRANTE GRAU de matrícula PO-10379-CM y 33.0 m3 de capacidad de bodega, en el extremo referido a la matrícula actual Nº PL-10379-CM; Que mediante Resolución Directoral Nº 277-2009- PRODUCE/DGEPP, de fecha 15 de abril del 2009, se aprobó a favor del señor JOSE CLEMENTE SANTISTEBAN BANCES, el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de madera denominada ALMIRANTE GRAU con matrícula Nº PL-10379-CM y 33.0 m3 de capacidad de bodega, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado su permiso de pesca mediante Resolución Directoral Nº 045-98-CTAR-LL/ DIREPE, modifi cada por Resolución Directoral Nº 711- 2008-PRODUCE/DGEPP, condicionándose la efi cacia de dicho derecho administrativo al resultado del proceso judicial correspondiente, de acuerdo a lo establecido por el tercer párrafo del Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que mediante los escritos del visto, el señor JOSE CLEMENTE SANTISTEBAN BANCES y su cónyuge SILVIA ESMERALDA ALVARADO DE SANTISTEBAN han solicitado el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación “JUAN HUMBERTO” de matrícula Nº PL-1777-CM y 33.0 m3 de capacidad de bodega, en virtud al Certifi cado Compendioso de Dominio expedido por la SUNARP - Zona Registral Nº II – Sede Chiclayo, de fecha 05 de mayo de 2009, el cual los consigna como propietarios de la citada embarcación; asimismo solicitan autorización de incremento de fl ota para ampliar la capacidad de bodega de su embarcación ALMIRANTE GRAU matrícula Nº PL-10379-CM, de 33.0 m3 a 66.0 m3, vía aplicación de la embarcación “JUAN HUMBERTO” de matrícula Nº PL-1777-CM y 33.0 m3 de capacidad de bodega;