Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2009 (03/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, lunes 3 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

400117

VISTO, el Escrito con Registro Nº 2009-008675, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion por Concurso Publico para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM) en la localidad de MORDAZA - Huarochiri - Canta, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el articulo 16º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso publico, siendo este ultimo obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda es menor al numero de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2601-2006MTC/17 se aprobaron las Bases del Concurso Publico Nº 02-2006-MTC/17 para el otorgamiento de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora y por television, en las modalidades educativa y comercial, en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra la localidad de MORDAZA ­ Huarochiri ­ Canta en la banda de Onda Media (OM); Que, el aviso de convocatoria del referido Concurso Publico se publico los dias 29 y 30 de diciembre de 2006 en el Diario Oficial El Peruano y en el diario La Republica, asi como en los diarios de las localidades materia de dicho concurso publico; Que, los dias 16 y 26 de febrero de 2007 se llevaron a cabo los Actos Publicos de MORDAZA de Sobres Nºs 1, 2, 3, 4 y Apertura de Sobres Nºs 1 y 2, asi como de Apertura de los Sobres Nºs 3, 4 y Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Publico Nº 002-2006-MTC/17; asimismo, con fecha 21 de MORDAZA de 2008 se llevo a cabo un MORDAZA Acto Publico de Apertura del Sobre Nº 3; Que, como resultado de la evaluacion efectuada por el Comite de Recepcion y Evaluacion de Propuestas a la documentacion presentada por los postores del mencionado concurso, se procede al otorgamiento de la Buena Pro al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM) en la localidad de MORDAZA ­ Huarochiri ­ Canta, departamento de Lima; Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 028-2005MTC/03, modificada por Resolucion Viceministerial Nº 265-2006-MTC/03 y ratificada con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda OM para diversas localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de MORDAZA ­ Huarochiri ­ Canta; Que, mediante Informe Nº 1146-2009-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demas disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Publico Nº 02-2006-MTC/17, asi como con la MORDAZA de la documentacion tecnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona, la autorizacion y permiso solicitados;

De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Bases del Concurso Publico Nº 02-2006-MTC/17, aprobadas mediante Resolucion Directoral Nº 26012006-MTC/17, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de OM para la localidad de MORDAZA ­ Huarochiri - Canta, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 0282005-MTC/03, modificado por Resolucion Viceministerial Nº 265-2006-MTC/03 y ratificado mediante Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM) en la localidad de MORDAZA - Huarochiri - Canta, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion:
Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor Clasificacion de Estacion Ubicacion de la Estacion: Estudios Coordenadas Geograficas Planta Transmisora Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio : Av. Salaverry Nº 862, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima. : Longitud Oeste : 77º 02' 31.83'' Latitud Sur : 12º 04' 26.60'' : Cerro Balcon, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. : Longitud Oeste : 76º 57' 38.90'' Latitud Sur : 11º 58' 26.68'' : El area comprendida dentro del contorno de 62 dB V/m. : : : : OCU-4K 10K0A3EGN 10 KW C : RADIODIFUSION SONORA EN OM : 1180 KHz : EDUCATIVA

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. El plazo de la autorizacion y permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion, la cual, ademas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- En caso alguna infraestructura utilizada para el despegue y aterrizaje de aeronaves, sea instalada con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente autorizacion y la estacion radiodifusora se encuentre dentro de las Superficies Limitadoras de Obstaculos o su operacion genere interferencias a los sistemas de radionavegacion, el titular debera obtener el permiso respectivo de la Direccion General de Aeronautica Civil o reubicar la estacion, asi como adoptar las medidas correctivas a efectos de no ocasionar interferencias. Asimismo, si, con posterioridad al otorgamiento de la presente autorizacion, la estacion radiodifusora se encontrara dentro de las otras zonas de restriccion establecidas en el articulo 84º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, el titular debera obtener los permisos correspondientes y adoptar las medidas correctivas que correspondan.

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