Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2009 (03/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, lunes 3 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

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autorizacion otorgada, en forma individual o conjunta, aprobara su Codigo de Etica y presentara MORDAZA del mismo a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones o podra acogerse al Codigo de Etica aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo 5º.- El titular esta obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusion autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion, las cuales solo podran ser modificadas previa autorizacion de este Ministerio. En caso de aumento de potencia, este podra autorizarse hasta el MORDAZA establecido en el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias de la banda y localidad autorizadas. En caso de disminucion de potencia, no obstante no requerirse de aprobacion previa, el titular se encuentra obligado a comunicarlo a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. Articulo 6º.- Conforme a lo establecido en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el titular adoptara las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Articulo 7º.- Seran derechos y obligaciones del titular de la autorizacion otorgada los consignados en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como los senalados en la presente Resolucion. Articulo 8º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el MORDAZA mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 9º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual, caso contrario la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 10º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 11º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 376744-1

Dejan sin efecto la R.VM. Nº 1592009-MTC/03 y modifican Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion por Television en VHF del departamento de Ica
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 277-2009-MTC/03 MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2009 Vista, la Resolucion Viceministerial Nº 159-2009MTC/03 de fecha 30 de MORDAZA de 2009; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 1592009-MTC/03 de fecha 30 de MORDAZA de 2009, se modifica el

articulo 1º de la Resolucion Viceministerial Nº 272-2004MTC/03, ratificada mediante Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion por Television en VHF del departamento de Ica, a fin de incorporar a las localidades de Changuillo, El Ingenio y MORDAZA Cruz; Que, de la revision de los archivos de las Resoluciones Viceministeriales, se ha detectado una doble numeracion al emitir la Resolucion Viceministerial Nº 159-2009-MTC/03 del 30 de MORDAZA de 2009; razon por la cual corresponde dejar sin efecto dicha resolucion y expedir una Resolucion Viceministerial que incorpore a las localidades de Changuillo, El Ingenio y MORDAZA MORDAZA a los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion por Television en VHF del departamento de Ica; Que, en ese sentido, el articulo 11º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, concordado con el articulo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administracion, atribucion, asignacion, control y en general cuanto concierne a la gestion del espectro radioelectrico atribuido al servicio de radiodifusion; Que, el articulo 7º del precitado Reglamento, dispone que toda asignacion de frecuencias para el servicio de radiodifusion se realiza en base al Plan Nacional de Asignacion de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusion y determina las frecuencias tecnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignacion de Frecuencias son aprobados por Resolucion Viceministerial; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 272-2004MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion por Television en VHF, para distintas localidades del departamento de Ica, los mismos que fueron ratificados mediante Resolucion Viceministerial Nº 746-2008MTC/03; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 737-2009MTC/28, propone la incorporacion a la Resolucion Viceministerial Nº 272-2004-MTC/03, ratificada mediante Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, de los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion por Television en VHF de las localidades de Changuillo, El Ingenio y MORDAZA MORDAZA del departamento de Ica; Que, asimismo, la citada Direccion General senala que, en la elaboracion de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, sus modificatorias y en el Reglamento de la Ley de Radio y Television; De conformidad con la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Viceministerial Nº 159-2009-MTC/03 de fecha 30 de MORDAZA de 2009. Articulo 2º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Viceministerial Nº 272-2004-MTC/03, ratificada mediante Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion por Television en VHF del departamento de Ica, a fin de incorporar a las localidades de Changuillo, El Ingenio y MORDAZA Cruz; conforme se indica a continuacion:

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