Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2009 (03/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, lunes 3 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

400111

De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, Ley Nº 26920 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00398-PE y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 0042007-PRODUCE, el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE y demas normas modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, y el Articulo 191º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar en abandono del procedimiento administrativo de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion MI MELCHORITA con matricula PL-2730-BM, iniciado por los senores MORDAZA JOSELITO MORDAZA ALMENDRAS y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 378482-11

Declaran improcedente solicitud de cambio de titular de permiso de pesca
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 491-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2009 Visto el escrito de Registro N° 00023609 de fecha 31 de marzo de 2009, presentado por YESSICA YACKELINE MORDAZA GORDILLO. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N° 237-2003PRODUCE/DNEPP de fecha 11 de agosto del 2003, se otorga permiso de pesca a los armadores pesqueros, entre otros a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA e HIJOS Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "MI GUMER 2" de matricula PL-11472-CM, la cual se dedicara a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto, y al recurso sardina con destino al consumo humano directo, con uso de MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo, y utilizando red de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa; Que, el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001PE, modificado mediante Decreto Supremo N° 015-2007PRODUCE, senala que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva a la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo, establece que no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, la embarcacion pesquera "MI GUMER 2" de matricula PL-11472-CM, se encuentra consignada en el literal J) con permiso de pesca para el recurso

hidrobiologico anchoveta del Anexo I de la Resolucion Ministerial N° 085-2007-PRODUCE; con una capacidad de bodega de 38.85 m3; asimismo, en el MORDAZA del Ministerio de la Produccion se consigna la embarcacion pesquera "MI GUMER 2", de matricula PL-11472-CM, con permiso de pesca vigente para anchoveta para el consumo humano directo e indirecto; asi mismo, cuenta con permiso suspendido para la sardina en el consumo humano indirecto; Que, de acuerdo al Certificado Compendioso de Dominio, expedido por la MORDAZA Registral N° II ­ Sede Chiclayo, del 27 de MORDAZA de 2009, la embarcacion pesquera "MI GUMER 2" de matricula PL-11472-CM, aparece a nombre de YESSICA YACKELINE MORDAZA GORDILLO; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, presentados por los recurrentes, se concluye que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009PRODUCE, sin embargo de conformidad con lo establecido en el Oficio N° 0366-2009-PRODUCE/OGA/OEC, de fecha 08 de MORDAZA de 2009, la embarcacion pesquera "MI GUMER 2" de matricula PL-11472-CM, registra deudas cuya ejecucion se estan tramitando en la Oficina de Ejecucion Coactiva; En ese sentido, debemos senalar que el MORDAZA parrafo del citado articulo 34°, debe ser interpretado en funcion de un criterio teleologico, que implica determinar la aplicacion de la MORDAZA atendiendo a la finalidad predeterminada de la misma, por lo que teniendo en cuenta que el objetivo de la MORDAZA es asegurar el cumplimiento de las obligaciones pendientes de pago que mantengan los transferentes de la embarcacion pesquera por concepto de multas impuestas por la administracion, el supuesto que restringe el cambio de titularidad de los permisos de pesca, se encuentra referido tanto al actual transferente de la embarcacion como a sus predecesores, siendo que la MORDAZA no hace distincion alguna en dicho sentido y al referirse de forma general a los transferentes comprende a la cadena sucesoria desde el propietario original; corresponde declarar improcedente la solicitud de cambio de titular presentada por el administrado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe N° 3672009-PRODUCE/DGEPP-Dchi, Memorando Nº 0008942009-PRODUCE/OGAJ, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "MI GUMER 2" de matricula PL-11472-CM, presentada por YESSICA YACKELINE MORDAZA MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es : www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 378482-15

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