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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de agosto de 2009 400519 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban “Cuadro de Plazos para la Elaboración y Presentación de la Evaluación de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales” para el año fiscal 2009 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 037-2009-EF/76.01 Lima, 5 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 13° de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con el artículo 3° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Dirección Nacional del Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, dicta las normas y establece los procedimientos relacionados a su ámbito; Que, en tal sentido, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo 13° de la Ley N° 28112, en concordancia con los literales a) y c) del artículo 4° de la Ley N° 28411, establecen como atribuciones de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, el artículo 47° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece lineamientos y procedimientos para la elaboración de la evaluación presupuestaria a cargo de las entidades públicas; Que, el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 044- 2008-EF/76.01 aprobó la Directiva Nº 007-2008-EF/76.01 “Directiva para la Evaluación de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales”, la misma que tiene carácter general y permanente; Que, asimismo, el artículo 3º de la Resolución Directoral Nº 044-2008-EF/76.01 aprobó el Cuadro N° 01/GL “Cuadro de Plazos para la Elaboración y Presentación de la Evaluación de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales”; Que, es necesario aprobar el “Cuadro de Plazos para la Elaboración y Presentación de la Evaluación de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales”, para el año fi scal 2009; Que con Resolución Directoral N° 003-2009-EF/76.01 se modifica el Clasifi cador de Ingresos y Gastos los mismos que son de alcance a los Gobiernos Locales y que implican cambios en el contenido de los anexos, formatos y fi chas de la “Directiva para la Evaluación de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales”; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112 -Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro N° 01/GL “Cuadro de Plazos para la Elaboración y Presentación de la Evaluación de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales” para el año fi scal 2009, conforme a lo siguiente: CUADRO N° 01/GL CUADRO DE PLAZOS PARA LA ELABORACION Y PRESENTACION DE LA EVALUACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS INSTITUCIONALES DE LOS GOBIERNOS LOCALES Evaluación Institucional Municipalidad Plazo máximo de Elaboración Fecha de Presentación Organismo de destino Semestral Municipalidad Distrital Hasta el 12 de agosto de 2009 Hasta el 17 de agosto de 2009 Municipalidad Provincial Municipalidad Provincial Hasta el 18 de agosto de 2009 Hasta el 23 de agosto de 2009 Dirección Nacional del Presupuesto Público Evaluación Institucional Municipalidad Plazo máximo de Elaboración Fecha de Presentación Organismo de destino Anual Municipalidad Distrital Hasta el 11 de mayo de 2010 Hasta el 16 de mayo de 2010 Municipalidad Provincial Municipalidad Provincial Hasta el 17 de mayo de 2010 Hasta el 24 de mayo de 2010 Dirección Nacional del Presupuesto Público Las Municipalidades Provinciales tendrán en cuenta los citados plazos para efecto de su presentación a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, tal como lo establece el artículo 50º de la Ley Nº 28411 –Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. En los plazos establecidos en la normatividad presupuestaria, se considera lo dispuesto por el artículo 66º de la Ley Nº 28411 antes mencionada. Artículo 2°.- Modifi car los anexos, formatos y fi chas aprobados para cada año fi scal que forman parte de la Directiva Nº 007-2008-EF/76.01, adecuándolo con el Clasifi cador de Ingresos y Gastos modifi cado con la Resolución Directoral N° 003-2009-EF/76.01. Los citados anexos, formatos y fi chas se publicarán en la página web del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MUÑOZ ROMERO Director General Dirección Nacional del Presupuesto Público 381517-1 INTERIOR Dan por concluida designación de Gobernador Departamental de La Libertad RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0521-2009-IN Lima, 6 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación del señor Jorge LAZO ISLA como Gobernador Departamental de La Libertad, para el que fuere designado; Que, a la fecha de la designación del referido funcionario se encontraba vigente el Decreto Supremo N° 001-2008-IN del 25 de enero de 2008, que precisaba que el Gobernador departamental, era la autoridad política del distrito capital de la provincia capital del departamento, precisando que su designación era realizada por el Director General de Gobierno Interior; Que, posteriormente mediante Decreto Supremo N° 006-2008-IN del 09 de agosto de 2008, se precisó que la clasifi cación de gobernadores podría ser regional, provincial y distrital; siendo que el gobernador regional, era la autoridad del distrito capital de la región o del departamento; Que, al haberse derogado las normas referidas, el Decreto Supremo N° 003-2009-IN, del 02 de abril de 2009, precisó que las autoridades políticas ejercen competencia en el ámbito regional, provincial y distrital, y que la designación de los Gobernadores en el ámbito regional, se efectúa mediante Resolución Ministerial del Sector Interior; Que, por tales consideraciones, la conclusión de la designación de los gobernadores departamentales, debe ser efectuada mediante Resolución Ministerial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 — Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 27594 — Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos Ley 29334 — Ley del Ministerio del Interior, y el