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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (10/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 10 de agosto de 2009 400642 VISTO: El Memorándum Nº 1381-2009-MTC/10.05 del Director General de la Oficina General de Administración y el Memorándum Nº 1380-2009-MTC/10.05 del Director de la Oficina de Patrimonio sobre la aceptación de la donación de bienes muebles efectuada por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el marco del Proyecto de Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 062-2009-MINCETUR/ VMCE de fecha 9 de marzo de 2009 dirigido por el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo al Viceministro de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se hace de conocimiento que en el marco del Proyecto de Cooperación de Comercio UE-PERU/PENX, se adquirieron equipos informáticos para instituciones del Estado que forman parte del Proyecto “Ventanilla Única de Comercio Exterior” - VUCE, para uso exclusivo del mismo; indicándose que para proceder a la entrega de dichos equipos, entre otros aspectos, la entidad que forma parte del Proyecto VUCE, debe emitir una resolución que acepte la donación y designe al representante legal encargado de recibir los bienes donados para la implementación de dicho Proyecto, en el marco del Convenio Nº ALA/2004/016-913; Que, posteriormente, mediante Ofi cio Nº 130- 2009-MINCETUR/VMCE de fecha 8 de junio de 2009, el Viceministerio de Comercio Exterior remite al Viceministro de Comunicaciones la documentación que acredita la propiedad de dichos equipos objeto de donación, señalando a su vez que dicha documentación incorpora los elementos de Software (Oracle - Manejador de Base de Datos) y detalla los Sistemas Operativos (Windows 2003 y Read Hat Enterprise Linux 3 AS) que complementan al Hardware y que son necesarios para operar los equipos, los mismos que deberán ser mencionados en la resolución de aceptación de la donación; Que, mediante Informe Nº 001-2009-MTC/10.06. CSA.PCHR, el cual lo hace suyo el Director de la Ofi cina de Tecnología de Información de la Ofi cina General de Administración con Memorándum Nº 0439-2009- MTC/10.06, se manifi esta, entre otros aspectos, que en el marco del desarrollo del Proyecto VUCE, la Ofi cina de Tecnología de Información ha venido participando en reuniones de coordinación con la SUNAT, para logar acuerdos sobre interconexión electrónica a desarrollar, que la donación de los equipos informáticos no solo permitirían lograr la correcta implementación del Proyecto (interconexión electrónica) sino también contribuiría con el aumento en la disponibilidad de la información del MTC con tiempos de respuesta adecuados para el administrado; dicho Informe concluye que para una correcta implementación del Proyecto VUCE se necesita contar con equipos informáticos adecuados que permitan el fl ujo de información sin interrupciones con alta disponibilidad de los servicios y de la información; Que, mediante Oficio Nº 94-2009-MINCETUR/ VMCE/UE-PERU/PENX de fecha 23 de abril de 2009, el Director del Proyecto UE - PERU/PENX ALA/2004/016-913 remite al Director de la Oficina de Patrimonio de la Oficina General de Administración, copia de la factura de la empresa proveedora de los bienes que serán donados para la implementación del Proyecto VUCE, copia de las Guías de Remisión y el cuadro del detalle de pago, con los costos por lotes en Euros y en Soles; Que, mediante Informe Técnico - Legal Nº 119- 2009-MTC/10.05.GFV, el mismo que cuenta con la conformidad del Director de la Oficina de Patrimonio de la Oficina General de Administración con Memorándum Nº 1380-2009-MTC/10.05, se indica, entre otros aspectos relacionados con los antecedentes de la donación, la relación de los equipos materia de donación, la aplicación de los numerales 3.1.2, 3.1.4 y 3.2.5 de la Directiva Nº 009- 2002/SBN ”Procedimiento para la donación de bienes muebles dados de baja por las entidades públicas y para la aceptación de la donación de bienes muebles a favor del Estado”, aprobada por Resolución Nº 031- 2002/SBN; concluyéndose en que debe aceptarse la donación de los bienes muebles de propiedad del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el marco del Proyecto de Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en cuya Segunda Disposición Complementaria Derogatoria establece mantener la vigencia de la directivas emitidas por la SBN en materia de bienes muebles e inmuebles en tanto no se opongan a lo dispuesto en dicho Reglamento; Que, los numerales 3.1.2, 3.1.4 y 3.2.5 de la Directiva Nº 009-2002/SBN establecen respectivamente que las donaciones de bienes muebles a favor del Estado, serán aceptadas por Resolución del titular de la entidad pública donataria, debiendo especificar el valor de los bienes donados, y que luego de emitida tal resolución, el donante y el donatario procederán a la suscripción del Acta de Entrega - Recepción, la que deberá especificar las características y el valor de los bienes muebles; Que, de acuerdo con lo actuado, debe expedirse la resolución correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 29370, el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC y Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la transferencia en la modalidad de donación, efectuada por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el marco del Proyecto de Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE, de los bienes muebles cuyos valores y características se encuentran detallados en el Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Director General de la Oficina General de Administración para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba las Actas de Entrega – Recepción de los bienes muebles y los demás documentos que resulten necesarios para la formalización de dicho acto. Artículo 3º.- Las Oficinas de Patrimonio y Finanzas de la Oficina General de Administración procederán al ingreso patrimonial y contable respectivamente, de los bienes muebles detallados en el Anexo Nº 1. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente resolución al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones