Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2009 (10/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 10 de agosto de 2009

JUSTICIA
Autorizan viaje de Viceministro de Justicia a Brasil para participar en reunion de coordinadores nacionales de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Paises Iberoamericanos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0144-2009-JUS MORDAZA, 7 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Secretaria General de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Paises Iberoamericanos (COMJIB) ha convocado a una reunion de coordinadores nacionales a llevarse a cabo entre el dia 31 de agosto y 1 de septiembre de 2009, en la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil; Que, se ha comunicado que el objeto de dicha reunion es analizar los avances realizados desde la pasada reunion plenaria de trabajo, evaluar el metodo de trabajo, introducir las mejoras convenientes, validar los contenidos y estrategias que se estan desarrollando en cada grupo de trabajo; resultando de interes la dacion de cuentas sobre los proyectos pilotos iniciados, asi como la identificacion de la forma de extenderlos a otros paises interesados; Que, los organizadores de la reunion de coordinadores nacionales de la COMJIB comunican que asumiran los gastos por concepto de pasaje aereo, alojamiento y manutencion del representante del Ministerio de Justicia, por lo que su participacion no irrogara gasto alguno al Estado; Que, en consecuencia, se ha visto por conveniente autorizar el viaje del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Justicia, para participar en dicho evento, siendo pertinente emitir la presente Resolucion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25993, el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, la Ley Nº 27619 y su Regamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Justicia, a la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil, del 31 de agosto al 1 de septiembre de 2009, para participar en representacion del Ministerio de Justicia en la reunion de coordinadores nacionales de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Paises Iberoamericanos. Articulo 2º.- El viaje autorizado no irrogara gasto alguno al Estado, ni MORDAZA derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion, incluido el pago por la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto - TUUA. Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario autorizado por la presente resolucion presentara ante el Titular de la Entidad un informe respecto de las acciones realizadas durante el viaje. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VALDIVIESO Ministro de Justicia 381503-1

PRODUCE
Modifican literal b) de la Clausula Cuarta del Convenio de Abastecimiento de anchoveta para consumo humano directo, aprobado por R.M. Nº 218-2009PRODUCE, referido a obligaciones que debera cumplir el armador o empresa pesquera artesanal de consumo humano directo
RESOLUCION MINISTERIAL N° 326-2009-PRODUCE MORDAZA, 6 de agosto del 2009 VISTOS: el Memorando Nº 03006-2009-PRODUCE/ DVP del Despacho Viceministerial de Pesqueria, el Oficio Nº 4537-2009-PRODUCE/DGEPP-Dch de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, asi como el Informe Nº 137-2009-PRODUCE/OGAJ-EAF de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º del Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca establece que son patrimonio de la Nacion los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru. En consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, el Ministerio de la Produccion es competente en pesqueria, acuicultura, industria y comercio interno y es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero, pesqueria industrial, acuicultura de mayor escala, normalizacion industrial y ordenamiento de productos fiscalizados, de acuerdo a lo establecido en el articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 1047 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 218-2009PRODUCE, de fecha 25 de MORDAZA de 2009, se aprobo el Convenio de Abastecimiento de anchoveta para consumo humano directo que deberan suscribir los armadores de embarcaciones pesqueras artesanales que cuenten con permiso de pesca vigente para la extraccion del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) y las plantas pesqueras destinadas a la elaboracion de productos pesqueros del enlatado, congelado y curado para consumo humano que cuenten con licencia de operacion vigente; Que, el literal b) de la Clausula Cuarta del Convenio de Abastecimiento de anchoveta para consumo humano directo, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 218-2009-PRODUCE referida a las obligaciones que cumplira el armador o empresa pesquera artesanal ­ CHD establece: "Efectuar de manera tecnica las operaciones de pesca dentro de las cinco millas marinas, de la linea de costa; contando para ello con plataforma de baliza, instalada y operativa del Sistema de Seguimiento Satelital"; Que, conforme a lo dispuesto en el Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2003-PRODUCE dicho sistema es obligatorio para todas las embarcaciones pesqueras de mayor escala de bandera nacional y extranjera, con permisos de pesca vigentes otorgados por el Ministerio de la Produccion, incluyendo las embarcaciones de MORDAZA con permiso de pesca vigente al MORDAZA de la Ley Nº 26920 y sus respectivas normas complementarias, por lo que se requiere modificar el Convenio en dicho aspecto; Contando con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesqueria, de la Direccion General

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