TEXTO PAGINA: 28
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 10 de agosto de 2009 400646 PROCESO BIENES SERVICIOS OBRAS Adjudicación Directa Pública Mayor a S/. 375,000.00 hasta S/. 750,000.00 Mayor a S/. 125,000.00 hasta S/. 250,000.00 Mayor a S/. 450,000.00 hasta S/. 900,000.00 Licitación / Concurso Público Mayor a S/. 750,000.00 Mayor a S/. 250,000.00 Mayor a S/. 900,000.00 Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 380960-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Aprueban Ordenanza que establece como pago único de derechos administrativos para usuarios que realicen los trabajos que se señalan en los artículos 2º y 4º del Decreto Legislativo Nº 1014 ORDENANZA Nº 310-2009/MDB-CDB Breña, 8 de junio del 2009 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 8 de junio del 2009, Informe Nº 055-2009-GDU/MDB de la Gerencia de Desarrollo Urbano; CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 055-2009-GDU/MDB de la Gerencia de Desarrollo Urbano solicita al Despacho de Alcaldía la rebaja de S/. 35.00 Nuevos Soles que se encuentra establecido en el TUPA, por la de S/. 10.00 Nuevos Soles como benefi cio de carácter social en benefi cio de las personas que hacen vivencia en solares, quintas y callejones del distrito de Breña, en virtud al Decreto Legislativo Nº 1014 que establece medidas para propiciar la inversión en materia de servicios públicos y obras públicas de infraestructura con el objeto de impulsar en infraestructura para la provisión de servicios públicos esenciales para el desarrollo humano a través de la implementación de medidas que eliminen sobrecostos y logren una efectiva simplifi cación administrativa en benefi cio de los usuarios de dichos servicios públicos siendo el ámbito de aplicación a las empresas privadas y entidades del sector público que realizan la prestación de uno o más servicios públicos esenciales siendo: a) Agua potable y alcantarillado b) Transmisión y distribución de electricidad, así como alumbrado público c) Gas natural d) Telecomunicaciones Que el Artículo 4º señala: “Las autoridades de cualquier nivel de gobierno, al momento de establecer montos por derecho de tramitación para los procedimientos administrativos para acceso o conexión domiciliaria, a los usuarios y operadores de los servicios públicos señalados en el Artículo 2º del D. Leg. Nº 1014, no podrán establecer montos mayores al 1% (uno por ciento) de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente por dicho concepto...”; Que, el Pleno del Concejo de conformidad con lo establecido en el Artículo 9º numerales 8), 9) y 40º, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: Artículo Primero.- Aprobar la Ordenanza que establece como pago único de derechos administrativos la suma de S/. 10.00 Nuevos Soles para los usuarios que realicen los trabajos que se señalan en el Artículo 2º y 4º el Decreto Legislativo Nº 1014, con la fi nalidad de brindar un benefi cio de carácter social a las personas que viven en solares, quintas y callejones del distrito de Breña. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza empieza a regir al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano hasta el 08 de Noviembre del 2009. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas su cumplimiento. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General notifi car la presente norma municipal a través de sus Gerencias para su fi el cumplimiento. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 381464-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL