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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (12/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de agosto de 2009 400702 Sra Bety Jimenez Manya Miembro Representantes de la Sociedad Civil Sra Yolanda Vidaurre Siesquen Miembro Representantes de la Sociedad Civil Lic. Lily Carina Martínez García Miembro Directora I.E.I. 331Divino Niño Jesús Lic. Maruja Ochoa Huaccha Miembro Directora I.E.I. 312 El Gramadal Lic. Doris Elizabeth Antúnez Rodríguez Miembro Directora I.E.I. 323 Augusto B. Leguía Lic. Rosa Albina Abarca Cueva Miembro Directora I.E.I. 344 Sagrado Corazón de Jesús Lic. Marisa Tarazona Huamancaja Miembro Pronoei Módulo 17 Lic. Víctor Rufi no Quispe Requis Miembro Director I.E. 5168 Rosa luz Lic. Yolanda Espinoza Cabezas Miembro Directora I.E. 5180 Abraham Valdelomar Lic. Cliver Najarro Guzmán Miembro Director I.E. 3070 Maria de los Ángeles Lic. José Luis Torres Barrientos Miembro Director I.E. 2081 Perú Suiza Artículo Segundo.- Designar al Señor Edwin Adolfo Vicente Aranzabal en calidad de Secretario Técnico del Consejo Educativo Municipal de Puente Piedra. Artículo Tercero.-: Hacer de conocimiento a la Ofi cina de Coordinación y Supervisión Regional, Dirección Regional de Educación, UGEL N°4, Concejo Municipal y Áreas Administrativas de la Municipalidad. Artículo Cuarto.- La presente Resolución de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario El Peruano. Regístrese, Comuníquese y cúmplase RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde 382329-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Prorrogan plazo de Beneficio de Regularización Tributaria y No Tributaria establecido en la Ordenanza Nº 178-MDSM DECRETO DE ALCALDÍA N° 007-2009-MDSM. San Miguel, 04 de agosto de 2009 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL; VISTOS, Informe N° 059-2009-GRAT/MDSM emitido por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, Memorando N° 330-2009-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley N° 27680, Ley de la Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza N° 178-MDSM se estableció un Benefi cio de Regularización Tributaria y no Tributaria, para aquellos contribuyentes con deudas tributarias y obligaciones pendientes al 30 de junio del 2009; Que, el referido benefi cio venció el 18 de julio del año en curso, no obstante conforme al informe de vistos, existen solicitudes de los vecinos porque se amplíe la vigencia del benefi cio de regularización tributaria y no tributaria, y de parte de la administración tributaria disposición por corresponder, en coherencia con la política institucional de brindar a los vecinos las mayores facilidades para que puedan regularizar sus obligaciones formales y sustanciales, por lo que resulta necesario prorrogar la vigencia de dicho benefi cio; Estando a lo expuesto y de acuerdo a la facultad establecida en la segunda disposición fi nal de la Ordenanza N° 178-MDSM y en el inciso 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el Benefi cio de Regularización Tributaria y No Tributaria, establecido en la Ordenanza N° 178-MDSM hasta el 17 de agosto de 2009. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, las Subgerencias de Tesorería e Informática, y a la Secretaría de Imagen Institucional. Regístrese, publíquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 382383-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL