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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (15/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de agosto de 2009 400920 de dichos aeropuertos y/o aeródromos, se encuentren comprendidas en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, así como en sus respectivas Especifi caciones de Operación. Artículo 8º.- El presente Permiso de Operación será revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolución; o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certifi cado de Explotador y Especifi caciones Técnicas de Operación. Artículo 9°.- Si la Administración verifi case la existencia de fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Dirección General de Aeronáutica Civil, procederá conforme a lo señalado en el Artículo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 10º.- La vigencia del presente Permiso de Operación queda condicionada al cumplimiento de la obligación por parte de AIR MAJORO S.A., de otorgar la garantía global que señala el Artículo 93º de la Ley N° 27261, en los términos y condiciones que establece su Reglamento y dentro del plazo que señala el Artículo 201° de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligación determinará la automática revocación del presente Permiso de Operación. Artículo 11º.- La compañía AIR MAJORO S.A. deberá presentar cada año el Balance de Situación, el Estado de Ganancias y Pérdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de Caja proyectado para el año siguiente. Artículo 12º.- La compañía AIR MAJORO S.A. deberá respetar la riqueza cultural, histórica y turística que sustenta la buena imagen del país. Artículo 13º.- El presente Permiso de Operación queda sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil, Ley N° 27261, el Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; así como a las Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO LOPEZ MAREOVICH Director General de Aeronáutica Civil 376263-1 VIVIENDA Aprueban selección de proyectos de Inversión Pública a intervenir a través del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 225-2009-VIVIENDA Lima, 14 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de conformidad a la Ley Nº 27792, tiene competencia para formular, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento; asimismo, ejerce competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento, conforme a Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2007-VIVIENDA se crea el “Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos”, en adelante PIMBP, bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo; asimismo, se aprueba la fusión de diversos Programas y Proyectos, entre ellos, del Proyecto Piloto “La Calle de Mi Barrio”, con el PIMBP correspondiéndole a este último la calidad de Programa absorbente; Que, el Comité de Selección y Califi cación de Proyectos para las Intervenciones del PIMBP, designado mediante Memorándum Múltiple Nº 047-2009-VIVIENDA-VMVU/ PIMBP del Director Ejecutivo del PIMBP, en sesiones de fecha 6 y 13 de agosto de 2009, acordó la selección de los Proyectos de Inversión Pública con código SNIP Nºs 63784 y 124709 para su ejecución en el año 2009 a través del Componente “La Calle de Mi Barrio”; además, señala que para la selección de los referidos proyectos se consideraron los siguientes criterios: el rango poblacional de la zona donde se ejecutará el Proyecto, y el défi cit de infraestructura vial, entre otros; Que, mediante el Informe Nº 068-2009-VIVIENDA- VMVU-PIMBP el Director Ejecutivo del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, solicita la selección de los Proyectos de Inversión Pública declarados viables, que cuentan con Código SNIP Nºs 63784 y 124709, para su ejecución a través del Componente “La Calle de Mi Barrio” del PIMBP; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Selección de Proyectos de Inversión Pública a intervenir a través del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos. Aprobar la selección de dos (2) proyectos de Inversión Pública, que se encuentran en Fase de Inversión, correspondiente a la programación de intervenciones para el año 2009. Las intervenciones se ejecutarán a través del componente “La Calle de Mi Barrio” del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, conforme al detalle del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Del fi nanciamiento. Los Proyectos de Inversión Pública seleccionados por la presente Resolución serán fi nanciados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sujeto a la disponibilidad presupuestal, en un 100% del valor de inversión de la obra y supervisión, establecido en la Ficha de Registro del Sistema Nacional de Inversión Pública de los proyectos seleccionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCIS ALLISON OYAGUE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento R.M. Nº 225-2009-VIVIENDA PROGRAMA INTEGRAL DE MEJORAMIENTO DE BARRIOS Y PUEBLOS ANEXO N° 01 SELECCIÓN DE INVERSIONES ID REGION PROVINCIA DISTRITO PROYECTO CODIGO SNIP 1 LIMA LIMA RIMAC MEJORAMIENTO DE LAS VIAS URBANAS DE LA ALAMEDA DE LOS DESCALZOS Y PASEO DE AGUAS, 63784 DISTRITO DE RIMAC - LIMA - LIMA 2 LIMA LIMA RIMAC PUESTA EN VALOR DEL PASEO DE AGUAS DEL DISTRITO DEL RIMAC – LIMA - LIMA 124709 1 REGIONES 1 PROVINCIAS 2 DISTRITOS 2 Proyectos 384192-1