Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2009 (15/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de agosto de 2009

de la "Segunda Reunion Extraordinaria del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de la Asociacion Latinoamericana de Integracion (ALADI)". Articulo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru ante la Republica Oriental del Uruguay. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90PCM; la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de funcionarios y servidores publicos; su modificatoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de funcionarios y servidores publicos se realicen en clase economica; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 9.3 del articulo 9º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, del Primer Secretario en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA Bonelli MORDAZA, funcionario de la Direccion General de Control de Drogas de la Subsecretaria para Asuntos Multilaterales, a la MORDAZA de Buenos Aires, Republica MORDAZA, del 19 al 20 de agosto de 2009, a fin que participe en la "II Reunion de la Comision Mixta Peruano-Argentina sobre Uso Indebido y Trafico Ilicito de Estupefacientes y Sustancias Psicotropicas". Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 33855 ­ Participacion en Organismos Internacionales, debiendose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision de servicios, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombre y Apellidos MORDAZA MORDAZA Bonelli MORDAZA Pasajes US$ 718.00 Viaticos Numero Total Tarifa por dia de viaticos aeropuerto US$ dias US$ US$ 200.00 2+1 600.00 31.00

384560-23

Autorizan viaje de funcionario diplomatico a MORDAZA para participar en la "II Reunion de la Comision Mixta Peruano - MORDAZA sobre Uso Indebido y Trafico Ilicito de Estupefacientes y Sustancias Psicotropicas"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1185/RE
MORDAZA, 11 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Comision Mixta Peruano-Argentina sobre Uso Indebido y Trafico Ilicito de Estupefacientes y Sustancias Psicotropicas, fue establecida mediante el "Convenio entre la Republica del Peru y la Republica MORDAZA sobre Prevencion del Uso Indebido y Represion del Trafico Ilicito de Estupefacientes y Sustancias Psicotropicas" suscrito el 10 de octubre de 1989 y vigente desde el 23 de diciembre de 1991; Que, del 19 al 20 de agosto de 2009, se llevara a cabo la II Reunion de la Comision Mixta Peruano-Argentina sobre Uso Indebido y Trafico Ilicito de Estupefacientes y Sustancias Psicotropicas, en la MORDAZA de Buenos Aires, Republica Argentina; Que, el citado dialogo bilateral ha estado interrumpido por mas de diez anos, pues la MORDAZA Reunion tuvo lugar en la MORDAZA de MORDAZA, en el mes de setiembre de 1998; Que, en la mencionada Reunion se abordaran diversos temas que permitiran coordinar los mas importantes esfuerzos que ambos paises llevan a cabo en la lucha contra el trafico ilicito de drogas; Que, dichos esfuerzos bilaterales deben ser enfocados desde una perspectiva integral que considere la posicion del Peru y la politica nacional que en materia de lucha contra el narcotrafico se viene aplicando, asi como la cooperacion y la asistencia tecnico-cientifica entre los organismos y servicios nacionales competentes de ambos paises, privilegiando el intercambio de informacion y de experiencias en la materia; Que, coyunturalmente, este conclave bilateral reviste especial importancia para el Peru, dado el incremento del trafico ilicito de drogas por territorio argentino; Que, por lo tanto, es necesario que el Ministerio de Relaciones Exteriores este debidamente representado en la citada Reunion, acreditando al funcionario encargado de dichos temas en la Direccion General de Control de Drogas del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que participe en el evento MORDAZA mencionado; Teniendo en cuenta el Memorandum de la Subsecretaria para Asuntos Multilaterales Nº SME0573/2009, de 01 de junio de 2009, modificado con los Memoranda de la Direccion General de Control de Drogas Nº DCC 0112/2009, Nº DCD0118/2009, y Nº DCD0154/2009, de 11 y 22 de junio y 06 de agosto de 2009, respectivamente, y el Memorandum de la Direccion General de Administracion Nº DGA1455/2009, de 03 de MORDAZA de 2009, que certifica la disponibilidad presupuestal para el presente viaje; De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; los articulos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el articulo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino del referido viaje, el citado funcionario diplomatico debera presentar un informe ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

383736-1

Designan Director Alterno ante el Fondo General de Contravalor Peru - Japon (FGCPJ) en representacion de la APCI
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1186/RE
MORDAZA, 11 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27692, Ley de Creacion de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI, modificada por la Ley Nº 28386 y Ley Nº 28925, la APCI es un organismo publico adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores responsable, como ente rector de la cooperacion tecnica internacional, de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperacion internacional no reembolsable que se gestiona a traves del Estado y que proviene de MORDAZA del exterior de caracter publico y/o privado en funcion de la politica nacional de desarrollo; Que el literal h) del articulo 4º de dicho cuerpo normativo establece como una de las funciones de la APCI participar en el seguimiento, administracion y evaluacion de la utilizacion de los fondos de contravalor generados por la Cooperacion Tecnica Internacional; Que mediante Decreto Supremo Nº 012-93-PCM se crea el Fondo General de Contravalor Peru - Japon (FGCPJ), como una institucion con personeria juridica propia, cuyo objetivo es el de financiar la ejecucion de proyectos de desarrollo social y economico en la Republica del Peru;

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