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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (15/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de agosto de 2009 400930 POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la casa del Gobierno Regional de Ancash, a los cinco días del mes de agosto de 2009. CESAR J. ALVAREZ AGUILAR Presidente Gobierno Regional de Ancash 383576-1 Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de enero de 2009 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 50-2009-GRA-DREM/D Huaraz, 30 de marzo del 2009 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 0528- 2006-REGIÓN-ANCASH/PRE de fecha 07 de Setiembre de 2006, se aprueba el Reglamento de Organización de Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Ancash; concordante con la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0336-2008-REGIÓN- ANCASH/PRE de fecha 05 de mayo de 2008 Que, por Resolución Ministerial Nº 046-2008-MEM/ DM, de fecha 2 de Febrero de 2008 se declara que el Gobierno Regional de Ancash ha concluido con el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas; Que, con Resolución Ministerial Nº 139- 2008- MEM/ DM, de fecha 27 de Marzo del 2008 se aprueba la relación de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales de Energía y minas; Que, por memorándum Nº 667- 2008- GRA/ORAJ, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ancash; establece que corresponde a la Dirección Regional de Energía y Minas realizar todo procedimiento administrativo de concesiones para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el diario ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de Enero del 2009, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese y Publíquese FREDDY ELISEO JACOME DEPAZ Director Regional Dirección Regional de Energía y Minas RELACION DE LAS 08 CONCESIONES OTORGADAS EN EL MES DE ENERO DEL 2009 AL AMPARO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 708 NOMENCLATURA A)NOMBRE DE LA CONCESION; B)CODIGO; C)NOMBRE DEL TITULAR; D)NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCION JEFATURAL; E)ZONA; F)COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS ANCASH 01.-A)EBENEZER II J DE DIOS B)52-00025-08 C)ALCANTARA MAGUIÑA JIMMY ISMAEL D)010-2009- GRA-DREM/D 21/01/2009 E)18 F)V1:N8969 E179 V2: N8968 E179 V3:N8968 E178 V4:N8966 E178 V5:N8966 E176 V6:N8965 E176 V7:N8965 E174 V8:N8966 E174 V9:N8966 E175 V10:N8967 E175 V11:N8967 E176 V12: N8969 E176 02.-A)FINLANDIA DOS B)010522807 C)SALVADOR GLORIA JUAN EDUARDO D)015-2009- GRA-DREM/D 21/01/2009 E)18 F)V1:N8934 E173 V2: N8933 E173 V3:N8933 E172 V4:N8934 E172 03.-ACAGB XXV B)010642707 C)BRAGA DE ALVAREZ ANUNCIATA SEBASTIANA D)016-2009-GRA-DREM/D 21/012009 E)18 F)V1:N8890 E173 V2:N8888 E173 V3:N8888 E172 V4:N8890 E172 04.-A)TINKA B)010516807 C)S.M.R.L. SANTA ISABEL XXI D)017-2009-GRA-DREM/D 21/01/2009 E)18 F)V1:N8924 E207 V2:N8921 E207 V3:N8921 E206 V4:N8924 E206 05.-A)HAMBURGO XXI B)010491507 C)MINERA OCCIDENTAL S.A.C. D)014-2009-GRA- DREM/D 21/01/2009 E)17 F)V1:N8956 E813 V2:N8955 E813 V3:N8955 E812 V4:N8956 E812 06.-A)GLORIA 2007 1 B)010517807 C)SILVA DULANTO MANUEL ALFREDO D)012-2009-GRA-DREM/D 21/01/2009 E)18 F)V1:N8845.88638 E240.149 V2:N8845.75178 E243.145 V3:N8848.54810 E243.270 V4:N8848.68269 E240.274 07.-A)GLORIA 2007 2 B)010517907 C)SILVA DULANTO MANUEL ALFREDO D)013-2009-GRA-DREM/ D 21/01/2009 E)18 F)V1:N8850 E243 V2:N8848 E243 V3:N8848 E242 V4:N8850 E242 08.-A)PRESENTA II B)520004608 C)MINERA JM S.A.C. D)011-2009-GRA- DREM/D 21/01/2009 E)17 F)V1:N9025 E826 V2:N9025 E825 V3:N9026 E825 V4:N9026 E827 V5:N9022 E827 V6: N9022 E826 V7:N9023 E826 V8:N9023 E825 V9:N9024 E825 V10:N9024 E826 383591-1 Designan representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional Ancash, para el período 2009 - 2010 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 0397-2009-REGIÓN ANCASH/PRE Huaraz, 7 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, la estructura básica de los Gobiernos Regionales la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fi scalizador, el Presidente Regional como órgano ejecutivo y el Consejo de Coordinación Regional, integrado por los alcaldes provinciales y por representantes de la sociedad civil, como órgano consultivo y de coordinación con las municipalidades. Que, mediante la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0155-2009- REGION ANCASH/PRE, se convoca a las organizaciones de la sociedad civil para participar en el proceso electoral ordinario para la elegir a sus representantes ante el Consejo de Coordinación Regional Ancash, para el período 2009-2010, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 2º de la 28013, Ley que modifi ca la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, fi jando un plazo para la instalación de los Consejos de Coordinación Regional. Que, al haberse llevado a cabo las elecciones ordinarias no se logró completar el número legal de representantes ante el Consejo de Coordinación Regional, al no haberse registrado inscripciones en algunos segmentos de la sociedad civil o por no haber acudido sus delegados al acto de sufragio, por lo que mediante la Resolución Ejecutiva Regional Nº 261-2009-REGIONAL ANCASH/PRE, se convocó a elecciones complementarias para completar la totalidad de representantes del Consejo de Coordinación Regional. Que, habiéndose cumplido en la fecha con el proceso conducente a la elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional el cual contó con la participación de la sociedad civil y con el asesoramiento y fi scalización correspondientes por parte de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales y del Jurado Nacional de Elecciones,