Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2009 (15/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de agosto de 2009

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Modifican Anexo 7 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 136-2009-OS/CD
MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2009 VISTO: El Memorando N° GFE-804-2009 de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, la modificacion de la Resolucion del Consejo Directivo N° 095-2005-OS/CD publicada el 31 de MORDAZA de 2005, que incorporo el anexo 7 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, correspondiente a la tipificacion de sanciones por incumplimiento del "Procedimiento de Fiscalizacion y Subsanacion de Deficiencias de Media Tension por Seguridad Publica". CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 0282003-OS/CD de fecha 14 de febrero de 2003, se aprobo la Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN (en adelante la Escala); Que, mediante la Resolucion de Consejo Directivo N° 095-2005-OS/CD, publicada el 31 de MORDAZA de 2005 en el Diario Oficial "El Peruano", se aprobo el anexo 7 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, correspondiente a la tipificacion de sanciones por incumplimiento del "Procedimiento de Fiscalizacion y Subsanacion de Deficiencias de Media Tension por Seguridad Publica"; Que, mediante la Resolucion de Consejo Directivo N° 376-2006-OS/CD, publicada el 15 de agosto de 2006 en el Diario Oficial "El Peruano", se modifico el numeral 3.1 del Anexo 7 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, correspondiente a la tipificacion de sanciones por incumplimiento del "Procedimiento de Fiscalizacion y Subsanacion de Deficiencias de Media Tension por Seguridad Publica"; Que, mediante la Resolucion de Consejo Directivo N° 376-2008-OS/CD, publicada el 25 de MORDAZA de 2008 en el Diario Oficial "El Peruano", nuevamente se modifico el numeral 3.1 del Anexo 7 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, correspondiente a la tipificacion de sanciones por incumplimiento del "Procedimiento de Fiscalizacion y Subsanacion de Deficiencias de Media Tension por Seguridad Publica"; Que, con posterioridad a la entrada en vigencia de la referida modificacion a la escala, OSINERGMIN ha detectado que esta no permite que las empresas concesionarias puedan subsanar las deficiencias de manera progresiva, considerando la alta inversion anual a las que aquellas concesionarias podrian comprometerse; Que, luego de evaluada esta situacion, con la finalidad de lograr una mejor aplicacion de las multas por deficiencias de riesgo alto, OSINERGMIN ha considerado pertinente modificar el Anexo 7, en cuanto al cronograma referido a los porcentajes de multa a aplicar a las empresas, a fin de permitir que estas puedan subsanar las deficiencias de manera progresiva, considerando la inversion anual a la cual podrian comprometerse para tal proposito; Que, en ese sentido, al encontrarse en vigencia el referido Anexo 7, es de caracter urgente la aprobacion de su modificacion a fin de poder aplicarla correctamente, por lo que se exceptua del requisito de prepublicacion en el

Diario Oficial "El Peruano", en concordancia con el articulo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, Ley N° 27699 y el articulo 22° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo N° 054-2001-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 055-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el numeral 3.1 del Anexo 7 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, correspondiente a la tipificacion de sanciones por incumplimiento del "Procedimiento de Fiscalizacion y Subsanacion de Deficiencias de Media Tension por Seguridad Publica", el mismo que quedara redactado de la siguiente forma: 3.1 Programa de aplicacion de multas por deficiencias de riesgo alto que guardan relacion directa con accidentes de terceros Las multas calculadas se aplicaran conforme a los porcentajes indicados en la siguiente tabla:

Periodo Evaluado I Semestre del 2009 II Semestre del 2009 I Semestre del 2010 II Semestre del 2010 I Semestre del 2011 II Semestre del 2011 I Semestre del 2012 II Semestre del 2012 I Semestre 2013 en adelante

Porcentaje de la Multa a Aplicar 10% 10% 20% 30% 40% 50% 70% 80% 100%

Articulo 2°.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 3°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el MORDAZA del Estado Peruano y en el MORDAZA Institucional de OSINERGMIN. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo EXPOSICION DE MOTIVOS Mediante la Resolucion de Consejo Directivo N° 095-2005-OS/CD, se aprobo el Anexo 7 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, correspondiente a la tipificacion de sanciones por incumplimiento del "Procedimiento de Fiscalizacion y Subsanacion de Deficiencias de Media Tension por Seguridad Publica". Dicha escala, en concordancia con el "Procedimiento de Fiscalizacion y Subsanacion de Deficiencias de Media Tension por Seguridad Publica"; establecio dos grupos de multas. El primer grupo comprende las sanciones a las empresas concesionarias por "Deficiencias de riesgo alto que guardan relacion directa con accidentes de terceros". El MORDAZA grupo de esta Escala comprende aquellas sanciones a imponer por "Deficiencias no reportadas a OSINERGMIN" en el periodo que le corresponda. Posteriormente, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 376-2006-OS/CD, publicada el 15 de agosto de 2006 en el Diario Oficial "El Peruano", OSINERGMIN modifico el numeral 3.1 del Anexo 7 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, correspondiente a la tipificacion de sanciones por incumplimiento del "Procedimiento de Fiscalizacion y Subsanacion de Deficiencias de Media Tension por Seguridad Publica". Asimismo, mediante la Resolucion de Consejo Directivo N° 376-2008-OS/CD, publicada el 25 de MORDAZA

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