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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de agosto de 2009 400911 Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor JORGE ÁNGEL CUERVO LARREA en el cargo de confi anza de Jefe de la Ofi cina de Cooperación Internacional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 384554-1 RELACIONES EXTERIORES Ratifican Enmienda Doce al Convenio de Donación de Objetivo Estratégico con los Estados Unidos de América para “Gestión Fortalecida del Medio Ambiente para atender Problemas Prioritarios”, USAID Nº 527-0407 DECRETO SUPREMO Nº 050-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Enmienda Doce al Convenio de Donación de Objetivo Estratégico entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para “Gestión Fortalecida del Medio Ambiente para atender Problemas Prioritarios”, USAID Nº 527-0407, fue suscrita el 1 de septiembre de 2008, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la Enmienda Doce al Convenio de Donación de Objetivo Estratégico entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para “Gestión Fortalecida del Medio Ambiente para atender Problemas Prioritarios”, USAID Nº 527-0407, suscrita el 1 de septiembre de 2008, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 384560-7 Ratifican Enmienda Cinco al Convenio de Donación de Objetivo Estratégico con los Estados Unidos de América para una Mejor Salud para Poblaciones en Alto Riesgo, USAID Nº 527-0412 DECRETO SUPREMO Nº 051-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Enmienda Cinco al “Convenio de Donación de Objetivo Estratégico entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para una Mejor Salud para Poblaciones en Alto Riesgo”, USAID Nº 527-0412, fue suscrita el 27 de septiembre de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la Enmienda Cinco al “Convenio de Donación de Objetivo Estratégico entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para una Mejor Salud para Poblaciones en Alto Riesgo”, USAID Nº 527-0412, suscrita el 27 de septiembre de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú; Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 384560-8 Ratifican Enmienda Cinco al Convenio de Donación de Objetivo Estratégico con los Estados Unidos de América para Mayores Oportunidades Económicas para los pobres en el Perú, USAID Nº 527-0411 DECRETO SUPREMO Nº 052-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Enmienda Cinco al “Convenio de Donación de Objetivo Estratégico entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para Mayores Oportunidades Económicas para los pobres en el Perú”, USAID Nº 527-0411, fue suscrita el 26 de septiembre de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la Enmienda Cinco al “Convenio de Donación de Objetivo Estratégico entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para Mayores Oportunidades Económicas para los pobres en el Perú”, USAID Nº 527-0411, suscrita el 26 de septiembre de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú.