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El Peruano Lima, miércoles 19 de agosto de 2009 401182 realizar su función, como resultado de condiciones de emergencia directamente asociadas con la unidad de generación, requiriendo que esta unidad de generación sea retirada de servicio de manera inmediata, automática, o tan pronto puedan efectuarse maniobras de operación. También es una indisponibilidad causada por impropia operación del equipo o error humano. Se considera la indisponibilidad no programada como una indisponibilidad fortuita, a excepción de las producidas por un evento de fuerza mayor, califi cado como tal por OSINERGMIN. Indisponibilidad Fortuita Parcial: Restricción de potencia de una unidad superior al 15% de su potencia efectiva, por limitaciones propias de la central, es considerada como una indisponibilidad total con un tiempo equivalente de duración igual al producto de la potencia restringida y el tiempo de indisponibilidad parcial, dividido entre la potencia efectiva de la unidad generadora. Indisponibilidad Programada: Cuando una unidad de generación es deliberadamente retirada del servicio por un tiempo prefi jado, usualmente para fi nes de construcción, mantenimiento preventivo, o reparación. Índice de Recurrencia (Ir): Es un indicador referencial complementario del anterior, que mide el número de indisponibilidades fortuitas en el mismo componente y por la misma causa. Mantenimiento Preventivo Mayor: Corresponde al plan de mantenimiento que se efectúa periódicamente, recomendado por los fabricantes, por resultados de mantenimiento predictivo o modifi cado por la experiencia propia del titular de generación, que implica el desarme total o parcial de las unidades de generación, con el objeto de reducir la probabilidad de daños en el equipamiento y/o pérdida de producción. Mantenimiento Correctivo Mayor: Actividad que se realiza con una duración mayor a 24 horas, con la fi nalidad de superar la presencia de una operación anormal o una avería en un equipo o en sus componentes, y que origina las limitaciones en el funcionamiento y podría ocasionar la indisponibilidad parcial del mismo. Esta actividad implica el desarme total o parcial de las unidades de generación. Período de Evaluación (PE): Período para el cual se determinarán los indicadores establecidos. Período de indisponibilidad: Período comprendido cuando la unidad es desincronizada con el SEIN, y en caso de encontrarse la unidad en condición de reserva fría, en el momento de ser declarada indisponible por la Empresa de Generación. El período de indisponibilidad concluye cuando la unidad entra en sincronismo, y en el caso de no ser requerida en el despacho, al momento de declararse disponible por la Empresa de Generación. Para indisponibilidades parciales el tiempo entre la reducción de potencia y la recuperación del mismo. Plan de Contingencias Operativo: Documento que elabora cada empresa, siguiendo los lineamientos establecidos por OSINERGMIN, para reducir al mínimo el tiempo de las interrupciones de generación eléctrica, ante eventualidades de orden técnico y/o desastres. Personal Acreditado del OSINERGMIN: Es el personal autorizado por la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, el cual representa al OSINERGMIN en las acciones de supervisión que emanan del presente procedimiento. Recurrencia: Número de indisponibilidades fortuitas de una unidad que se presentan en el mismo componente y por la misma causa, durante el período de evaluación. SEIN: Sistema Eléctrico Interconectado Nacional Tasa de indisponibilidad fortuita (TIF): Mide el tiempo de indisponibilidad fortuita con relación al total de las horas en servicio, más las horas de indisponibilidad fortuita. Tasa de Fallas (TF): Mide el número de fallas anualizadas, con relación a las horas de la unidad en condición de unidad en servicio en el periodo de evaluación. Unidad en servicio: Unidad de generación sincronizada al SEIN entregando potencia activa y/o reactiva al sistema. 5. METODOLOGÍA Para alcanzar el objetivo propuesto se empleará la siguiente metodología: 5.1 Mediante el presente Procedimiento, el OSINERGMIN establece el requerimiento de información de las empresas de generación, para determinar el desempeño de las unidades de generación del SEIN. Las empresas deben remitir la información a través de los medios, forma y plazos fi jados en el presente procedimiento. 5.2 El desempeño de las unidades de generación se medirá a través de los indicadores siguientes: Factor de Indisponibilidad Programada Total, Factor de Indisponibilidad fortuita Total, Factor de Disponibilidad, Tasa de Indisponibilidad fortuita, Tasa de Fallas, Índice de Recurrencia, Factor de Impacto de Indisponibilidad Fortuita u otros indicadores que puedan ser utilizados, cuando OSINERGMIN así lo considere. 5.3 La supervisión se realiza mediante evaluaciones semestrales de indicadores de desempeño y obligaciones establecidas en el presente Procedimiento. Esta evaluación sirve como referencia para programar las supervisiones de campo, las cuales se priorizarán de acuerdo a las desviaciones encontradas. OSINERGMIN podrá disponer supervisiones de campo, independientemente de los resultados de la evaluación de indicadores, cuando lo considere necesario. 5.4 En las supervisiones de campo se verificará la información reportada por las empresas, el cumplimiento de lo dispuesto en este Procedimiento; así como de las normas y disposiciones pertinentes, entre otros. 5.5 Las desviaciones de las tolerancias establecidas por OSINERGMIN para los indicadores de desempeño serán sujetos a sanción de acuerdo a la escala de multas correspondiente. 6. REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN Las empresas de generación están obligadas a suministrar al OSINERGMIN, para cada una de sus instalaciones, con carácter de declaración jurada, la siguiente información: a) Características de unidades de generación b) Registro y análisis de fallas. c) Indicadores de desempeño. d) Programa de mantenimiento preventivo mayor, y ejecutados. e) Horas de operación y energía generada por grupo. f) Planes de contingencia operativa. g) Sistemas de protección. h) Abastecimiento de combustible. Los formatos para el requerimiento de información estarán disponibles en el sistema extranet. 6.1 Características de las unidades de generación Las empresas de generación remitirán a OSINERGMIN, siguiendo el formato referido en el Anexo 01, la información de características técnicas de las unidades de generación reportadas en su Plan de Contingencias Operativo, los que serán actualizados cada vez que se susciten modifi caciones. Asimismo, en el caso del ingreso de una nueva unidad, la empresa deberá remitir dicha información en el plazo establecido en el numeral 8 del presente Procedimiento, contado a partir de su puesta en operación comercial. 6.2 Registro y análisis de fallas Las empresas de generación informarán al OSINERGMIN, siguiendo el formato referido en el Anexo 02, las indisponibilidades fortuitas en un plazo no mayor a 24 horas. En un plazo no mayor a 07 días calendario remitirá el análisis de falla efectuado por la empresa correspondiente, el cual debe incluir la causa primaria, la potencia indisponible, las medidas correctivas, los períodos de su implementación, entre otros. Cada empresa de generación deberá llevar un registro detallado de las fallas, así como su respectivo análisis, que se susciten en sus instalaciones. Asimismo, las empresas generadoras informarán al OSINERGMIN del cumplimiento y de la implementación de las recomendaciones efectuadas por el Comité de Trabajo de Análisis de Fallas del COES, las cuales forman parte de los Informes Técnicos emitidos por dicho Comité. 6.3 Indicadores de desempeño Los indicadores utilizados para verifi car el desempeño de las unidades de generación, que miden la frecuencia, duración y magnitud (impacto) de las indisponibilidades, se muestran en la Tabla Nº 01: PROYECTO