Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2009 (24/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, lunes 24 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

401461

la Plazuela de San Francisco. Tiene un area de 697,77 m2, encontrandose contiguo a la MORDAZA Polar (declarada Monumento Historico con la direccion MORDAZA Zela Nº 218 esquina MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 314) y a la propiedad de la Universidad Nacional de San MORDAZA de Arequipa. El propietario actual del inmueble es la Sociedad de Beneficencia Publica de Huancarqui; Que, se tienen antecedentes del inmueble que nos ocupa, el cual poseia valores, por lo que se considera que debe conservarse y restaurarse en su integridad, tal como se indica en el Acuerdo Nº 02/20.08.74 de la Comision Tecnica Calificadora de Proyectos del INC emitido el 20 de agosto de 1974. Asimismo mediante el Oficio Nº 04374 INC-FA/CRPMAMT de fecha 17 de MORDAZA de 1974 de la Comision Regional del Patrimonio Monumental MORDAZA MORDAZA - Tacna, se informa, entre otros puntos, que "el inmueble de la MORDAZA Zela contigua a la MORDAZA de la Familia Polar, es de valor arquitectonico considerable, su estado estructural es MORDAZA con excepcion de dos bovedas del MORDAZA patio que podrian restaurarse, a nuestro juicio debe ser integramente conservado"; Que, se trata de un inmueble de epoca colonial y republicana de un piso, construido originalmente como vivienda, con un solo ingreso, cuya fabrica ha sido ejecutada en cimientos, muros y techos abovedados de sillar, los pisos tambien son de sillar y MORDAZA asi como de MORDAZA rodado en exteriores y en interiores de MORDAZA machihembrada (se han encontrado evidencias de pisos originales de ladrillo y sillar), posee elementos como pilastras de sillar y carpinteria de MORDAZA con rejas de fierro. El inmueble se desarrolla en base a dos patios cuadrangulares, en torno a los cuales se disponen los ambientes; dichos patios se comunican mediante un pasadizo. A la fecha en el MORDAZA patio se ha adicionado una edificacion de tres pisos que altera la volumetria original del inmueble; Que, la Comision Aludida menciona que el inmueble que nos ocupa constituye un exponente de la arquitectura civil domestica tipica de MORDAZA, que posee un patio principal que carece de galeria, caracteristica de la region. La fachada es simetrica y responde tambien a las caracteristicas propias del lugar, con un extenso MORDAZA frontal de sillar y ventanas enrejadas a los lados. La fachada presenta pilastras que flanquean los vanos de ventana y MORDAZA principal. Las dos ventanas del lado MORDAZA han sido intervenidas (convertidas en puerta), mientras que las dos ventanas enrejadas hacia el lado derecho del ingreso, de vanos pequenos y rectangulares que se abren sobre una repisa, son originales. Dichos vanos se alternan con panos murarios y remata en un MORDAZA entablamento con denticulos y sencillo molduraje, presentando quiebres al eje de cada pilastra; Que, finalmente, la Comision indica que el inmueble presenta un buen estado de conservacion de acuerdo a las fotografias recientes que obran en archivo; por lo que se acordo: Recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, se apruebe la DECLARACION como bien cultural integrante del patrimonio cultural de la Nacion al inmueble ubicado en MORDAZA Zela Nº 216, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, por los considerandos MORDAZA expuestos. Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27580, Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de obras en bienes culturales inmuebles; Decreto Supremo Nº 0112006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 0112006-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Edificaciones, Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura modificado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-ED. SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR como bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nacion al inmueble

ubicado en MORDAZA Zela Nº 216, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Hacer de conocimiento a las autoridades locales y regionales la presente Resolucion sobre la condicion patrimonial del inmueble indicado en el articulo 1º, asi como la normatividad y leyes de proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion. Articulo 3º.- Encargar a la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico del Instituto Nacional de Cultura, la inscripcion en los Registros Publicos de la condicion de patrimonio cultural de la Nacion del inmueble mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion, la misma que se encuentra registrada en la Partida Nº 11078340 de la MORDAZA Registral XII-Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos; Articulo 4º.- Es obligacion de los propietarios, autoridades locales y regionales someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el inmueble a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 387061-3

Otorgan la distincion de Personalidad Meritoria de la Cultura a diversas personas
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1184/INC MORDAZA, 13 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un organismo publico descentralizado del sector educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; con autonomia tecnica, administrativa, economica y financiera, y es el ente rector responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del patrimonio cultural de la Nacion, de conformidad con el articulo 2º de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2003-ED; Que, es objetivo de esta Institucion promover y difundir la creacion activa de la cultura de nuestro tiempo, sin discriminar su procedencia o credo, alentando el reconocimiento publico del esfuerzo privado o colectivo que se desarrollo en los diversos MORDAZA de la actividad cultural, de conformidad con el inciso f) del articulo 5º del precitado reglamento; Que, el inciso h del articulo 6º del texto normativo aludido dispone que es funcion del Instituto Nacional de Cultura promover, mediante diversos medios, el reconocimiento de los esfuerzos que realicen, colectiva o individualmente, los cultores de los quehaceres que conduzcan al desarrollo cultural del pais; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 1207/ INC del 10 de noviembre de 2004, se aprueba la Directiva Nº 002-2004-INC sobre Reconocimiento y Declaratorias de las Manifestaciones Culturales Vigentes como Patrimonio Cultural, que senala en su articulo 12º que "el INC reconoce a personas naturales o juridicas que hayan contribuido y contribuyan a la creacion, conservacion, transmision y salvaguarda del patrimonio cultural vigente (...)", destacandolas, entre otras, con la distincion "Personalidad Meritoria de la Cultura"; Que, mediante Informe Nº 081-2009-DRECPC/INC del 06 de agosto de 2009, la Direccion de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo propone otorgar, con motivo del dia Mundial del Folklore, la distincion de Personalidad Meritoria de la Cultura Peruana a cinco destacados representantes del folklore nacional;

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