Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2009 (24/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 24 de agosto de 2009

Que, en virtud de lo dispuesto en el articulo 20º de la MORDAZA citada Directiva Nº 002-2004-INC, corresponde a la Direccion Nacional emitir la Resolucion Directoral que resuelve el procedimiento; Estando a lo visado por el Director de Gestion, la Directora de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolucion Directoral Nacional Nº 1207/INC del 10 de noviembre de 2004; SE RESUELVE: Articulo Primero.- OTORGAR la distincion de Personalidad Meritoria de la Cultura a las siguientes personas: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en merito a su calidad artistica como interprete de la cancion originaria de la provincia de Yauyos y por su destacada labor de promocion y difusion de la musica, danzas y arte tradicional de dicha provincia. - Trio Los Campesinos, conformado por los senores MORDAZA Nunez del MORDAZA, MORDAZA Nunez del MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, por su gran calidad artistica como interpretes y compositores de musica de los generos tradicionales del sur del Peru, y por haber contribuido significativamente a la continuidad de la originalidad de esta vertiente de la musica popular peruana. - MORDAZA Rua MORDAZA, en merito a su calidad artistica como maestro del violin y por su destacada trayectoria de mas de cincuenta anos en la ejecucion de la musica de la Danza de Tijeras de Huancavelica, trayectoria que ha tenido honda repercusion para la continuidad y manutencion de la originalidad de la variedad huancavelicana de dicha expresion cultural. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en merito a su calidad artistica como ceramista y disenadora de Kene asi como por su destacada labor de rescate y continuidad de la iconografia tradicional del pueblo Shipibo Konibo. - Asociacion Cultural Ballet Afroperuano Peru Negro, en merito a su calidad artistica y por su labor de investigacion, promocion y difusion del acervo musical y coreografico de la comunidad afroperuana. Articulo Segundo.- Los gastos que se generen por la estadia y traslado de las personas MORDAZA mencionadas, seran asumidos por el Instituto Nacional de Cultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 387061-4

Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a la Procesion de la Bandera, celebrada en la MORDAZA de Tacna
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1191/INC MORDAZA, 17 de agosto de 2009 Visto, el Informe Nº 073-2009-DRECPC/INC de fecha 7 de MORDAZA de 2009, emitido por la Direccion de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo; CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru, senala que es funcion del Estado la proteccion del patrimonio cultural de la Nacion; Que, el inciso 1 del articulo 2º de la Convencion para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO, establece que "se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones,

expresiones, conocimientos y tecnicas ­junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes ­ que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se transmite de generacion en generacion es recreado constantemente por las comunidades y grupos en funcion de su entorno, su interaccion con la naturaleza y su historia, infundiendoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo asi a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana"; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, dispone que el Instituto Nacional de Cultura, esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, el numeral 2) del articulo 1º del Titulo I de la citada Ley establece que integran el patrimonio cultural de la Nacion las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresion de la identidad cultural y social, ademas de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autoctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya MORDAZA artisticos, gastronomicos, medicinales, tecnologicos, folcloricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 1207/INC, de fecha 10 de noviembre de 2004, se aprobo la Directiva Nº 002-2004-INC, "Reconocimiento y declaratorias de las manifestaciones culturales vigentes como patrimonio cultural"; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura en cumplimiento de la funcion que le asigna la Ley, y con la participacion activa de la comunidad, realizar una permanente identificacion de dichas manifestaciones tradicionales del MORDAZA que deben ser declaradas patrimonio cultural de la Nacion; Que, mediante el documento del visto la Direccion de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo solicita la declaracion de la Procesion de la Bandera, cerebrada en la MORDAZA de Tacna el 28 de agosto de cada ano, como Patrimonio Cultural de la Nacion, conforme al expediente presentado por la Direccion Regional de Cultura de Tacna; Que, la MORDAZA con MORDAZA de 1879-1884 fue, junto con la Conquista espanola, el evento mas traumatico en la memoria historica del MORDAZA y el de mayor impacto en la MORDAZA republicana del Peru. Dicho impacto repercute igualmente en la produccion cultural, desde las manifestaciones civicas oficiales hasta los relatos orales y danzas alrededor de la presencia chilena y de la resistencia peruana. La huella de la MORDAZA es especialmente fuerte en Tacna donde la memoria de la ocupacion queda en diversa literatura escrita y en la tradicion oral sobre las condiciones en que se vivio entonces; Que, el acto conocido como Procesion de la Bandera es, sin duda, la respuesta dada por la poblacion a este dificil hecho de la historia, al punto que se ha convertido hoy en dia en el acto civico por excelencia de la capital de la region Tacna; Que, la historia de la resistencia pasiva tiene las caracteristicas de mito fundador de una conciencia patriotica, la que hoy forma parte la identidad de la MORDAZA de Tacna. Se debe recordar que en parte de estos territorios la MORDAZA fue especialmente cruenta, de ello actualmente es testimonio el MORDAZA de la Alianza, con su gran cementerio, museo de sitio y monumento conmemorativo, asi como los diversos relatos y textos que refieren el gran costo humano de la MORDAZA en la region; Que, durante los primeros veinte anos de ocupacion de la MORDAZA de Tacna, no se llevo a cabo una politica cultural chilena propiamente dicha sobre la poblacion. A fines del siglo XIX se aplico con dureza una MORDAZA que buscaba reprimir la conciencia patriotica de la poblacion tacnena. Esta politica implico el desmantelamiento oficial de las instituciones educativas de origen peruano que aun funcionaban (escuela e iglesia), asi como la prohibicion de toda manifestacion nacionalista peruana, bajo duras

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