Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (24/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 24 de agosto de 2009 401456 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 045-2009-MTC Lima, 23 de agosto de 2009 VISTOS: El Informe Nº 500-2009-MTC/12 del 22 de julio de 2009, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 292-2009-MTC/12.04 del 21 de julio de 2009 emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado literal serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normas técnicas vigentes; Que, el numeral 8.2 del artículo 8º de la citada Ley, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que la Dirección General de Aeronáutica Civil debe efectuar la supervisión permanente de las operaciones aéreas de los explotadores bajo su control, a fi n de garantizar que se mantienen las normas requeridas en las operaciones para ofrecer al público, un servicio de transporte aéreo comercial seguro y fi able; Que, la Ley Nº 28404, Ley de Seguridad de la Aviación Civil, establece que la Dirección General de Aeronáutica Civil está facultada para regular todo lo relacionado a la seguridad de la aviación y es responsable de la elaboración, puesta en ejecución, vigilancia y cumplimiento del Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo 14º establece que los inspectores debidamente identifi cados a que se refi ere la Ley, son competentes según su especialidad, para verifi car las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, la seguridad y efi ciencia de las operaciones aéreas, se verifi ca, entre otras formas, a través de inspecciones técnicas a las estaciones de los explotadores aéreos ubicadas en el extranjero; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los Inspectores de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil designados mediante el Informe Nº 292-2009-MTC/12.04 para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones técnicas de vigilancia a que se contraen las Órdenes de Inspección Nºs. 1607, 1608, 1609, 1610 y 1611-2009-MTC/12.04; Que, los gastos por concepto de viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el 21 de julio de 2009, la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración emitió la Certifi cación del Crédito Presupuestario Nº 07514-2009, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con la Ley Nº 29289, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar los viajes de inspecciones técnicas de vigilancia de los señores Carlos Antonio Banda Quintana, Víctor Manuel Suárez Llaque, Guillermo Julio Rivero Pun, Carlos Atilio Alván Cabrejos y Simón Samolski Edery, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán desde el 31 de agosto al 10 de setiembre de 2009, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 292- 2009-MTC/12.04, y Nº 500-2009-MTC/12. RELACION DE VIAJES POR PLAN DE VIGILANCIA INTERNACIONAL DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - EN CUMPLIMIENTO DE LAS RESPONSABILIDADES ASIGNADAS A LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - LEY N° 27261. COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 14 AL 24 DE SETIEMBRE DE 2009 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 295-2009-MTC/12.04 Y Nº 505-2009-MTC/12. ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$) TUUA (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE 1631-2009- MTC/12.04 14- Sep 18- Sep US$ 1,000.00 US$ 31.00 MTC Robles Naveda, Charles Tulio Buenos Aires Argentina Inspección técnica de estación de línea de las empresas Lan Perú S.A. y Taca Perú, según Plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales. 1632-2009- MTC/12.04 15- Sep 19- Sep US$ 1,000.00 US$ 31.00 MTC Párraga Chipana, Armando Quito Ecuador Inspección técnica de estación de línea de las empresas Lan Perú S.A. y Taca Perú, según Plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales. 1633-2009- MTC/12.04 15- Sep 19- Sep US$ 800.00 US$ 31.00 MTC Zavala Sierra, Luis Alberto Río de Janeiro Brasil Inspección técnica de estación de línea de las empresas Lan Perú S.A. y Taca Perú, según Plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales. 1634-2009- MTC/12.04 15- Sep 19- Sep US$ 1,000.00 US$ 31.00 MTC Gonzales Saldarriaga, Miguel Encarnación Santiago Chile Inspección técnica de estación de línea de las empresas Lan Perú S.A. y Taca Perú, según Plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales. 1635-2009- MTC/12.04 21- Sep 24- Sep US$ 600.00 US$ 31.00 MTC Flores Chalco, Mack Alexis Asunción Paraguay Inspección técnica de estación de línea de empresa Taca Perú, según Plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales. 387680-4