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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de enero de 2009 387625 el periodo comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año fi scal 2009, de acuerdo a lo siguiente: INGRESOS Tipo de Transacción 1: Ingresos Fuente de Financiamiento En Nuevos Soles 1. Recursos Ordinarios 832,418 2. Recursos Directamente Recaudados 83’516,907 5. Recursos Determinados 73’423,657 Total 157’772,982 GASTOS Tipo de Transacción 2: Gastos Fuente de Financiamiento En Nuevos Soles 1. Personal y Obligaciones Sociales 41’119,148 2. Pensiones y Prestaciones Sociales 6’371,658 3. Bienes y Servicios 80’240,259 4. Donaciones y Transferencias 596,086 5. Otros Gastos 10,800 6. Adquisición de Activos No Financieros 29’289,093 8. Servicios de la Deuda Pública 145,938 Total 157’772,982 Artículo Segundo.- El Presupuesto de Ingresos y el Presupuesto de Gastos se detallan en el Formato A- 1/GL: “Presupuesto de Ingresos” y en el Formato A-3/GL: “Presupuesto de Gastos”, que forman parte de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Aprobar la Estructura Funcional Programática del Presupuesto Institucional del Pliego: Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, correspondiente al año fi scal 2009, por Función, Programa Funcional, Subprograma Funcional, Actividad y Proyecto, que forma parte de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 296228-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Prorrogan Amnistía Tributaria y Administrativa aprobada mediante Ordenanza Nº 205-MDS DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2008-MDS Surquillo, 30 de diciembre de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO VISTO el Informe Nº 1360-08-SGAT-GR-MDS de fecha 30 de diciembre de 2008 de la Sub Gerencia de Administración Tributaria de la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 205-MDS se aprobó una Amnistía Tributaria y Administrativa aplicable a los contribuyentes deudores por sus obligaciones tributarias y administrativas existentes a la fecha de la vigencia de la citada Ordenanza, estableciéndose como fecha de término de la misma el 20 de diciembre de 2008; plazo que fue prorrogado hasta el 30 de diciembre de 2008 por virtud del Decreto de Alcaldía Nº 010-2008-MDS; Que, la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza citada permite al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, prorrogue los plazos de aplicación de los beneficios de la amnistía tributaria y administrativa; Que, en atención al Informe de Vistos, resulta conveniente seguir brindando las facilidades expuestas en la precitada Ordenanza a los contribuyentes y vecinos de Surquillo para el pago de sus obligaciones tributarias y administrativas, disponiéndose la prórroga de la Amnistía, en uso de la atribución conferida por la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 205-MDS; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: PRÓRROGA DE AMNISTÍA TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA Artículo Único.- Objeto de la norma: PRORRÓGUESE hasta el 15 de enero de 2009 la fecha de vencimiento de la Amnistía aprobada por Ordenanza Nº 205-MDS y prorrogada por Decreto de Alcaldía Nº 010-2008-MDS. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 296478-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Ratifican la Ordenanza Nº 026-2008/ MDV, que incluye procedimiento no contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Ventanilla ACUERDO Nº 000306 Callao, 22 de diciembre de 2008 El Concejo Municipal Provincial del Callao, visto en Sesión Ordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2008, con el voto UNANIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y Reglamento de Organización Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004-MPC; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 40 segundo párrafo, establece que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000033 del 26 de octubre de 2005, se aprueba el procedimiento que regula la ratifi cación de las ordenanzas que aprueben las municipalidades distritales de la Provincia Constitucional del Callao y a través de las cuales se creen o modifi quen tasas o contribuciones o se otorguen benefi cios respecto a dichos tributos; Que, mediante Ofi cio Nº 128-2008/MDV-ALC remitido por la Municipalidad Distrital de Ventanilla, solicita al Señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao, la ratifi cación de la Ordenanza Municipal Nº 026-2008/ MDV que incluye en el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA, el procedimiento no contencioso de Separación Convencional y Divorcio Ulterior; Que, la Municipalidad Distrital de Ventanilla, remite Descargado desde www.elperuano.com.pe