Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2009 (02/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de enero de 2009

NORMAS LEGALES
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proyecto del CAP del Hospital de Chulucanas se encuentra formulado en concordancia a las disposiciones legales vigentes, y recomienda que debe ser aprobado mediante Ordenanza Regional; Que, mediante Informe Nº 2725-2008/GRP-460000, de fecha 10 de noviembre del 2008, la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional MORDAZA, emite opinion legal respecto al proyecto del Cuadro de Asignacion de Personal del Hospital de Chulucanas, senalando que el mismo se ha realizado de acuerdo a los lineamientos establecidos basicamente por el Decreto Supremo Nº 0432004-PCM, por lo que debe procederse a su aprobacion mediante la Ordenanza Regional respectiva; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad en Sesion Extraordinaria Nº 19 - 2008, de fecha 16 de diciembre del 2008, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

Informe Nº 164-2008-GDU/MDB, Informe Nº 916-2008GAJ/MDB, referido a Exoneracion de pago de Licencia. CONSIDERANDO: Que, el numeral 9) del Articulo 9º. De la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 establece que es atribucion del Concejo Municipal proyectar Ordenanzas y exonerar sus contribuciones, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley. Que mediante Correspondencia Nº 9069-2008 la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita a nuestra Comuna que en virtud a la continuacion de los tramites de demolicion y construccion de su vivienda que viene realizando y teniendo el anteproyecto aprobado solicita la exoneracion del pago de la licencia de construccion que asciende a la suma de S/. 891.00 Nuevos Soles, por no poder contar con el pago ya que es una anciana jubilada de la Ley 19990. Que mediante Informe Tecnico Nº 1917-2008OP- SGOPPT-DU/MDB de la Sub Gerencia de Obras Publicas Privadas y Transporte comunica a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA en cuanto al tramite de Licencia de Construccion del predio ubicado en Jr. Caraveli Nº 1086 Int. 07 de propiedad de la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, es un predio de uso de vivienda en pesimas condiciones de habitabilidad, sugiriendo la construccion de un Proyecto nuevo. El predio cuenta con un tramite ya hincado para la construccion de la obra contando con Anteproyecto de aprobado con Exp. Nº 0095 del 2008 habiendo realizado los pagos correspondientes de derecho de tramite y otros. Sobre dicho expediente se ha realizado los pagos de derecho de las revisiones a los colegios respectivos de Arquitectos e Ingenieros y haciendo un pago de los derechos de tramite de S/. 253.12 Nuevos Soles, restando para el tramite la suma de S/. 638.54 Nuevos Soles. La presente solicitud es para exonerar de pago a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA que es una persona adulta mayor de 85 anos y que no cuenta con los recursos economicos para proseguir con este tramite y con el fin de la prosecucion solicita la exoneracion de derechos:
- VALOR DE LICENCIA - DETERIORO DE PISTAS Y VEREDAS - CONTROL DE OBRA - CARTON DE OBRA TOTAL PAGO DE DERECHOS O.50% VALOR DE OBRA 1.00% VALOR DE OBRA 0.45% VALOR DE OBRA S/ 275.00 S/. 429.49 S/ 193.27 S/ 53.90 -----------------S/ 891.66

ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL DEL HOSPITAL DE CHULUCANAS
Articulo Primero.- Aprobar la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Hospital de Chulucanas, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 058-2004/GRP-CR, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de diciembre de 2004, que constara de doscientos treinta y cinco (235) cargos necesarios, de los cuales ciento veinticuatro (124) cargos son ocupados y ciento once (111) cargos son previstos, de acuerdo a los MORDAZA conexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Hospital de Chulucanas, el cumplimiento de lo estipulado en el Articulo 17º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion En MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de diciembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de diciembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA

296462-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BRENA
Exoneran de pago de derechos por licencia de obra para edificacion nueva a favor de persona natural
ORDENANZA Nº 298-2008/MDB-CDB
Brena, 13 de noviembre del 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA VISTOS: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 13 de noviembre del 2008, Correspondencia Nº 9069-2008, Informe Tecnico Nº 1917-2008-OP-SGOPPT-GDU/MDB,

Que mediante Informe Nº 164-2008-GDU/MDB de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA senala que estando a lo solicitado por la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA para la construccion del predio " MORDAZA Vivienda Precaria" ubicado en Jr. Caraveli Nº 1086 Int.07 Distrito de Brena, del Proyecto de Obra con expediente Nº 0095-2008 como proyecto MORDAZA por encontrarse en pesimas condiciones de habitabilidad y que solicita la debida exoneracion de pago total por licencia de obras emitida de acuerdo al monto establecido al Informe Nº 1917-2008 SGPPT-GDU/MDB de liquidacion de derechos por un monto de S/. 891.66 Nuevos Soles. Que habiendo obtenido en una oportunidad bajo Expediente Nº 00952008 en su Proyecto definitivo para la licencia de obras por el monto ascendente a S/. 891.66 Nuevos Soles en base a la situacion social ante sus condiciones de habitabilidad precaria del predio ubicado en el Jr. Caraveli Nº 1086 Interior 07 Distrito de Brena opina por la PROCEDENCIA de lo solicitado. Que mediante Informe Nº 916-2008-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoria Juridica senala que " respecto a la solicitud presentada por la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien solicita la exoneracion del pago de la licencia de obras por la suma de S/ 891.66 Nuevos Soles. Que el Articulo 40º. De la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades establece que las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales en la materia de su competencia son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal por las cuales se aprueba su organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la Municipalidad tienen competencia normativa. Que el numeral 8) del Articulo 9º. De la Ley Nº 27972 establece como atribucion del Concejo Municipal el de "Crear, modificar, suprimir o exonerar contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley", en este orden normativo opina se proceda a levar los actuados al Concejo Municipal para el tramite de acuerdo a sus atribuciones numeral 4) del Articulo 20º. De la Ley Nº 27972. Que, el Pleno del Concejo de conformidad con lo establecido en el articulo 9º numeral 8), 9) y 40º, de la

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