Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2009 (02/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de enero de 2009

NORMAS LEGALES
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S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 233 US$ 1,125.00 3,712.50 9,787.50 444,722.44

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DPTO. / PROV. / DISTRITO ESTIQUE MORDAZA SITAJARA SUSAPAYA TOTAL GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES Nº Distritos

­ Ley N° 26242 ­ 26497", el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, a traves de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, debera proveer los libros oficiales requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

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ORGANOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Aprueban solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Distrito de MORDAZA de Chilcas para reinscripcion de libros de Actas de Nacimientos y de Matrimonios
RESOLUCION JEFATURAL N° 873-2008-JNAC/RENIEC
MORDAZA, 22 de diciembre de 2008. VISTOS: el Informe N° 001244-2008/SGGTRC/GRC/ RENIEC de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles y el Informe N° 000301-2008-GRC/RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley N° 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del Distrito de MORDAZA de Chilcas, Provincia de Ocros, Departamento de MORDAZA, ha cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion solicitado; Que, la solicitud de reinscripcion contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Registros Civiles, y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - Ley Nº 26497, y el Reglamento de Organizacion y Funciones; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Distrito de MORDAZA de Chilcas, Provincia de Ocros, Departamento de MORDAZA, para la Reinscripcion de Libros de Actas de Nacimientos de los asientos efectuados en el ano 1975 y de Matrimonios de los asientos efectuados en los anos 1975 y 1996. Articulo 2°.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Distrito de MORDAZA de Chilcas, Provincia de Ocros, Departamento de MORDAZA, para que proceda a la apertura del Registro de Libro de Nacimientos y Matrimonios, con la finalidad de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en los Registros Civiles. Articulo 3°.- Considerandose que los Libros de Reinscripcion deben tener el mismo Formato Oficial con la consignacion expresa por selladura "Reinscripcion

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Disponen el cierre del Padron Electoral para el desarrollo del Referendum Nacional referente a la aprobacion o desaprobacion del "Proyecto de Ley Devolucion de Dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 888-2008/JNAC/RENIEC
MORDAZA, 30 de diciembre de 2008. VISTO: las Resoluciones N° 331 y N° 331-A-2008-JNE, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 17 y 18 de octubre de 2008, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, a traves de las Resoluciones del Visto, el MORDAZA Nacional de Elecciones convoco a Referendum Nacional para la aprobacion o desaprobacion del "Proyecto de Ley Devolucion de Dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo", para el dia MORDAZA 03 de MORDAZA de 2009; Que, para ese efecto, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil debe elaborar sobre la base del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, el Padron Electoral a emplearse en los comicios referidos, de acuerdo a lo establecido por el inciso d) del Articulo 7° de la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y Articulo 196° de la Ley N° 26859, Ley Organica de Elecciones; Que, conforme a lo dispuesto por el Articulo 1° de la Ley N° 27764, el Padron Electoral se cierra ciento veinte (120) dias MORDAZA de la realizacion de cualquier MORDAZA electoral, fecha a partir de la cual, no es posible efectuar variaciones de domicilio, nombre ni otro MORDAZA que altere la informacion contenida en el referido padron; y, Estando a lo dispuesto por la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Ley N° 26859, Ley Organica de Elecciones y Articulo 1° de la Ley N° 27764; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer el cierre del Padron Electoral con fecha 03 de enero de 2009, para efectos del desarrollo del Referendum Nacional para la aprobacion o desaprobacion del "Proyecto de Ley Devolucion de Dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo", convocado para el dia MORDAZA 03 de MORDAZA de 2009. Articulo Segundo.- Encargar a las Gerencias de Operaciones Registrales, Registros de Identificacion e Informatica el cumplimiento de la presente Resolucion Jefatural. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

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