Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2009 (07/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

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Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003PCM, senala que dicha Ley tiene como finalidad promover la Transparencia de los actos del Estado y regula el derecho fundamental del acceso a la informacion, consagrado en el numeral 5) del articulo 2° de la Constitucion Politica; Que, de conformidad con el MORDAZA de publicidad regulado en la Ley citada en el considerando precedente, todas las actividades y disposiciones de las Entidades de la Administracion Publica estan sometidas al MORDAZA de publicidad; Que, de acuerdo al articulo 3° del Texto Unico Ordenado de la Ley 27806, el Estado adoptara medidas basicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuacion de las entidades de la Administracion Publica, y tiene la obligacion de entregar la informacion que demanden las personas en aplicacion del MORDAZA de publicidad, para tal efecto segun lo establecido en el ultimo parrafo "La Entidad Publica designara al funcionario responsable de entregar la informacion solicitada" concordante con el Art. 8° que dispone que las Entidades obligadas a entregar informacion identificaran, bajo responsabilidad de su MORDAZA representante, al funcionario responsable de brindar la informacion solicitada; Que asimismo el Articulo 5° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, modificado por la Ley N° 27927, establece entre otros puntos que, la entidad publica debera identificar al funcionario responsable de la elaboracion de los portales de Internet. Que, resulta necesario designar al actual funcionario responsable de difundir a traves del MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad, datos generales de la entidad, informacion presupuestal, adquisiciones de bienes y servicios, entre otros; de conformidad a lo establecido por la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; Que, el Art. 4° del D.S. Nº 072-2003-PCM "Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica" determina que la designacion de los funcionarios responsables de la entrega de la informacion y de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Internet, se efectuara por Resolucion de la MORDAZA autoridad de la Entidad y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano; Mediante Resolucion Ministerial Nº 398-2008PCM de fecha 02 de Diciembre del 2008 se aprueba la Directiva Nº 004-2008-PCM/SGP "LINEAMIENTOS PARA LA UNIFORMIZACION DEL CONTENIDO DE LOS PORTALES DE TRANSPARENCIA DE LAS ENTIDADES PUBLICAS" Estando a lo expuesto precedentemente y en uso a las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. RESUELVE: Articulo Primero: DESIGNAR, como Funcionario responsable de brindar la informacion que demanden las personas en aplicacion al MORDAZA de publicidad al Dr. Pepe MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ en su calidad de Secretario General de la Entidad. Articulo Segundo: DESIGNAR, como Funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Internet de la Municipalidad Distrital de MORDAZA al Sr.: MORDAZA MORDAZA CHAFLOQUE, en calidad de Gerente de la Oficina de Informatica y Estadistica de la Entidad. Articulo Tercero: Las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto, de Personal, de Contabilidad, de Tesoreria, de Abastecimiento, de Imagen proporcionaran la informacion de la Municipalidad dentro del ambito de sus respectivas competencias, dentro de los plazos establecidos en las normas legales que regulan la Transparencia y acceso a la informacion publica, para su publicacion en el MORDAZA de Transparencia de la Institucion. Articulo Cuarto: Los funcionarios referidos en los articulos primero y MORDAZA, de la presente resolucion, ceniran sus funciones y acciones encaradas, a las normas previstas en el Texto Unico Ordenado de la Ley

de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y a su Reglamento. Articulo Quinto: EXHORTAR al Sr. MORDAZA MORDAZA CHAFLOQUE responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Internet de la entidad tener presente la Directiva Nº 004-2008-PCM/SGP aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 398-2008-PCM "LINEAMIENTOS PARA LA UNIFORMIZACION DEL CONTENIDO DE LOS PORTALES DE TRANSPARENCIA DE LAS ENTIDADES PUBLICAS". Articulo Sexto: DISPONER, la publicacion de la presente resolucion en la pagina Web de la Institucion asi como en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Septimo:Dejar sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Resolucion de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 297015-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Reducen derecho administrativo por concepto de Registro y Reconocimiento de las Organizaciones Sociales de Base de Apoyo Alimentario en el Registro Unico de Organizaciones Sociales
DECRETO DE ALCALDIA Nº 034 San MORDAZA de Lurigancho, 30 de diciembre de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece en su Articulo IV del Titulo Preliminar que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral sostenible y armonico de la circunscripcion; Que, el Articulo 84º numerales 2.2 y 2.7 del citado cuerpo legal senala como funcion de las municipalidades distritales en temas de programas sociales, defensa y promocion de derechos el reconocer y registrar a las instituciones y organizaciones que realizan accion y promocion social concertada con el gobierno local; Que, la Ley Nº 25307 declara de prioritario interes nacional la labor que realizan los Clubes de Madres, Comites de Vaso de Leche, Comedores Populares Autogestionarios, Cocinas Familiares, Centros Familiares, Centros Familiares, Centros MORDAZA Infantiles y demas organizaciones sociales de base en lo referido al servicio de apoyo alimentario que brindan a las familias de menores recursos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2002-PCM se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 25307 exhortando a las municipalidades para que puedan implementar medidas de atencion prioritaria a las indicadas organizaciones incluso en lo que respecta al reconocimiento y registro de las mismas;

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