Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2009 (07/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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VISTOS:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de enero de 2009

El Oficio Nº 003069-2008/GPP/RENIEC de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Informe Nº 000490-2008/ SGPR/GPP/RENIEC de la Sub Gerencia de Planificacion y Racionalizacion que adjuntan el Informe Tecnico Sustentatorio por Modificacion, y el Informe Nº 001114-2008-GAJ/RENIEC de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26497, se crea el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, con arreglo a lo previsto en los Articulos 177º y 183º de la Constitucion Politica del Peru, como un organismo con personeria juridica de derecho publico interno, que goza de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM se establecen los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF que senalan los criterios de diseno y estructura que debe observar dicho instrumento, los cuales han sido adoptados en la redaccion del MORDAZA texto de Reglamento propuesto, que incluye las modificaciones sugeridas por las diversas unidades organicas de la entidad, todo lo cual se analiza en el Informe Tecnico Sustentatorio por Modificacion emitido al MORDAZA de lo dispuesto en el Articulo 30º del acotado Decreto Supremo; Que, asimismo, el Articulo 33º de dicho Decreto senala que el Reglamento de Organizacion y Funciones ROF requiere de un informe previo favorable que verifique el cumplimiento de los requisitos tecnicos previstos en el mismo Decreto y en la Ley de Modernizacion de la Gestion del Estado y demas normativa vigente; Que, a traves de la Ley Nº 27658 se aprueba la Ley de Modernizacion de la Gestion del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM, que establece que toda entidad esta orientada al servicio de la persona, para lo cual se senalan criterios de diseno y estructura de la administracion publica, los que se han cumplido en la nueva version del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF que incorpora las modificaciones planteadas; Que, conforme a lo establecido en el Articulo 34º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, la aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF en el caso del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC sera aprobado por Resolucion del Titular de la Entidad; Que, por otro lado, conforme a lo establecido en el Articulo 6º de la Ley Nº 29091 y en los Articulos 3º y 5º del Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM el funcionario responsable, a que refiere el articulo 5º del Texto Unico Ordenado la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, debe cumplir con la publicacion de diversos documentos de gestion, entre ellos, el Reglamento de Organizacion y Funciones; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones y la Estructura Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil que consta de seis titulos, once capitulos, ciento trece articulos y cuatro disposiciones complementarias y finales, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Informatica efectuar la respectiva publicacion en el MORDAZA del Estado Peruano y en la pagina web institucional para su debida difusion entre el publico usuario. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 297234-1

Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal del RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 900-2008-JNAC/RENIEC MORDAZA, 31 de diciembre de 2008 VISTOS: El Oficio Nº 3072-2008/GPP/RENIEC de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Informe Nº 493-2008/ SGPR/GPP/RENIEC de la Sub Gerencia de Planificacion y Racionalizacion, y el Informe Nº 1118-2008-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 294-2008/ JNAC/RENIEC de fecha 21 de MORDAZA de 2008 se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 894-2008JNAC/RENIEC, de fecha 30 de diciembre del 2008, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones y la Estructura Organica del RENIEC, que entre otros contempla la creacion de una (01) nueva unidad organica de MORDAZA nivel como es el Centro de Altos Estudios Registrales y tres (03) de tercer nivel (Sub Gerencia de Sistematizacion Juridica, Sub Gerencia de Desarrollo Humano y Sub Gerencia de Incorporacion de Registros Civiles), el traslado de dos (02) unidades organicas (Departamento de Investigacion y Departamento de Capacitacion) al Centro de Altos Estudios Registrales y la eliminacion de una (01) unidad organica de tercer nivel (Departamento de Sistematizacion Juridica de Registros Civiles); Que, el articulo 16º del Decreto Supremo Nº 0432004-PCM por el cual se aprueban los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de las Entidades de la Administracion Publica, establece que dichas entidades deberan modificar el mencionado Cuadro en los siguientes casos: a) cuando la Entidad MORDAZA sufrido modificaciones en su ROF que conlleven cambios en sus funciones o en su estructura organizacional o por motivo de una accion de racionalizacion o mejoramiento de procesos; b) por motivo de reestructuracion o reorganizacion aprobadas conforme a la normativa vigente; c) por motivo de un reordenamiento de cargos que conlleve a una afectacion de su Presupuesto Analitico de Personal - PAP, senalando ademas que "cuando se verifique la existencia de cualquiera de los supuestos senalados en este articulo, la Entidad se encontrara obligada a aprobar un MORDAZA CAP en los terminos establecidos en los articulos 14º y 15º", en los cuales se senala que no sera necesario informe previo favorable en caso la oficina de presupuesto y planificacion de la entidad hubiese sido la encargada de elaborar el CAP, y que el mismo sera aprobado por resolucion del titular del pliego; Que, en consecuencia, resulta necesario la aprobacion de una Resolucion Jefatural por la cual se apruebe la actualizacion del Cuadro para Asignacion de Personal CAP; Que, por otro lado, conforme a lo establecido en el articulo 6º de la Ley Nº 29091 y en los articulos 3º y 5º del Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM el funcionario responsable, a que refiere el articulo 5º del Texto Unico Ordenado la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, debe cumplir con la publicacion de diversos documentos de gestion, entre ellos, el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP, al dia siguiente de su aprobacion; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion

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