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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2009 (07/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de enero de 2009 387821 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Aprueban el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2009 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 008-2008-SE-GRL Iquitos, 30 de diciembre del año 2008 VISTOS: El Proveído Nº 18991 de fecha 22 de diciembre del 2008 de la Presidencia del Gobierno Regional de Loreto, el Ofi cio Nº 7245-2008- GRL-GRPPAT-SGRP que adjunta el proyecto del Presupuesto Institucional de Apertura Año Fiscal 2009, Ofi cio Nº 1235-2008-GR-SCR y el Dictamen Nº 014- 2008 de la Comisión de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 7245-2008-GRL- GRPPAT-SGRP, de fecha 22 de diciembre del 2008 la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en mérito a lo establecido en los artículos 53º numeral 53.1.1) literal a) y b), 54º numeral 54.1) literal a) y b), numeral 54.2 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, pone a consideración del Consejo Regional a través del Presidente del Gobierno Regional de Loreto, el proyecto del Presupuesto Institucional de Apertura Correspondiente al Año Fiscal 2009, para su aprobación en atención a que el Pliego 453 del Gobierno Regional del Departamento de Loreto no debe exceder del 31 de diciembre del 2008. Que, el Artículo 9º Inciso a) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto. Que, asimismo, el Artículo 10º numeral 1 Inciso c) de la acotada Ley, dispone que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales, aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto, concordante con el Art. 35º literal c) de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización. Que, el Artículo 15º Inciso a) de la Ley precedente estipula que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos, materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, para el Año Fiscal 2009 se tiene previsto un Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) por toda Fuente de Financiamiento de S/. 615’ 087,372.00, en concordancia con la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009. Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial debe remitir a más tardar el día 05 de enero del 2009 el Presupuesto aprobado, a la Comisión de Prepuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público. Que, el Consejo Regional en uso de sus atribuciones, derechos, y obligaciones funcionales establecidos en los artículos 15º literal a), c) y 16º literal a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, y sus modifi catorias; artículos 6º literal a) y 10º literal a) del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 001- 2003-CR/RL, en Sesión Extraordinaria de fecha 30 de diciembre del 2008, llevada a cabo en las Instalaciones del Consejo Regional de Loreto; con el voto unánime de sus miembros, la dispensa de lectura y aprobación del Acta; Acordó por Unanimidad lo siguiente: Artículo Primero.- APROBAR EL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA DEL AÑO FISCAL 2009, DEL PLIEGO 453-GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LORETO, POR TODA FUENTE DE FINANCIAMIENTO ASCENDENTE A LA SUMA DE SEISCIENTOS QUINCE MILLONES OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 615’087,372.00) DE ACUERDO AL SIGUIENTE DETALLE: INGRESOS 01 RECURSOS ORDINARIOS S/ 456’927,000.00 02 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS S/ 19’741,160.00 05 RECURSOS DETERMINADOS S/ 138’419,212.00 TOTAL S/ 615’087,372.00 EGRESOS GASTOS CORRIENTES S/ 546’759,971.00 GASTOS DE CAPITAL S/ 68’327,401.00 TOTAL S/ 615’087,372.00 Artículo Segundo.- ENCARGAR al Presidente, Gerente General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y demás titulares de los diferentes órganos del Gobierno Regional de Loreto dar cumplimiento al presente Acuerdo conforme a sus atribuciones. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remitir el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2009, aprobado a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, Contraloría General de la República y Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta el 05 de enero del año 2009. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional de Loreto, efectuar las publicaciones de Ley. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. SILVIA RUÍZ PEÑA Consejera Delegada del Consejo Regional 296865-1 Declaran improcedente recurso de apelación interpuesto contra la R.D. Nº 268-2008-GRL-DRA-L RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 2235-2008-GRL-P Villa Belén, 16 de diciembre del 2008 Visto, el Recurso de Apelación interpuesto por don Marco Antonio Nureña Sanguinetti, contra la Resolución Directoral Nº 268-2008-GRL-DRA-L de fecha 14 de agosto de 2008; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 268- 2008-GRL-DRA-L de fecha 14 de agosto de 2008, el Director Regional de la Dirección Agraria de Loreto, resolvió declarar improcedente la solicitud formulada por el ex - trabajador MARCO ANTONIO NUREÑA SANGUINETTI.