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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2009 (07/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 66

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de enero de 2009 387816 Dan por concluidos procesos liquidatorios de La Vitalicia S.A., Compañía de Seguros en Liquidación y de Financiera Daewoo S.A. en Liquidación, declarándose la extinción de sus personerías jurídicas RESOLUCIÓN SBS Nº 14188-2008 Lima, 31 de diciembre de 2008 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTOS: Los Informes Nºs. O88-2006-DACEL y 098-2007- DACEL de fechas 30 de noviembre de 2006 y 28 de diciembre de 2007 emitidos por el Departamento de Administración de Carteras y Empresas en Liquidación; así como, el Informe Final de Cierre emitido por los señores Consorcio Administrare S.A. - CMS Consultores y Administradores S.A.C., en su condición de liquidador de La Vitalicia S.A. Compañía de Seguros en Liquidación; los Informes emitidos por los señores BDO Pazos, López de Romaña, Rodríguez S.C. relacionados con los Estados Financieros de la aseguradora al 30 de setiembre de 2005 y lo concerniente a la gestión del liquidador; y, CONSIDERANDO: Que, en Junta General de Accionistas de fecha 23 de abril del 2001, La Vitalicia Compañía de Seguros en Intervención, al amparo del artículo 407º numeral 8 de la Ley General de Sociedades, adoptó la decisión de disolverse voluntariamente e iniciar el correspondiente proceso liquidatorio, supeditando la implementación de dicho acuerdo a la autorización de esta Superintendencia, la que por Resolución SBS Nº 303-2001 de fecha 24 de abril del 2001, autorizó la disolución voluntaria e inicio del proceso liquidatorio de La Vitalicia S.A. Compañía de Seguros; Que, con fecha 13 de noviembre de 2001 los Auditores Independientes Hidalgo Espinoza & Compañía, emitieron su Dictamen Final concerniente a la Auditoría Externa efectuada a los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2000 de La Vitalicia S.A. Compañía de Seguros en Liquidación, en el que se señaló que los Estados Financieros a dicha fecha no presentaban razonablemente la situación fi nanciera, pues no se había incorporado ajustes por S/. 6 558 mil (seis millones quinientos cincuenta y ocho mil Nuevos Soles); los que aplicados al patrimonio de ésta se tornaba negativo; Que, el patrimonio negativo de S/. 4 712 mil (cuatro millones setecientos doce mil Nuevos Soles), traía como consecuencia que La Vitalicia S.A. Compañía de Seguros en Liquidación no llegaría a honrar la totalidad de sus obligaciones, perjudicando los legítimos derechos de los asegurados y demás acreedores; razón por la cual este organismo de control mediante Resolución SBS Nº 106- 2002 de fecha 31 de enero de 2002, revocó la autorización otorgada por Resolución SBS Nº 303-2001 y dispuso la conversión del proceso liquidatorio voluntario por uno forzoso; Que, este organismo de control sustentó la decisión antes mencionada, en que La Vitalicia S.A. Compañía de Seguros en Liquidación, había incurrido en la causal prevista en el artículo 114º, numeral 2 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modifi catorias; en concordancia con el numeral 4 del artículo 407º de la Ley General de Sociedades; Que, al inicio del proceso liquidatorio forzoso, el Balance General de La Vitalicia S.A. Compañía de Seguros en Liquidación, al 31 de enero de 2002, registraba activos por un monto que ascendía a S/. 18 342 mil (dieciocho millones trescientos cuarenta y dos mil Nuevos Soles), pasivos por S/. 24 269 mil (veinticuatro millones doscientos sesenta y nueve mil Nuevos Soles), en consecuencia, un patrimonio negativo de S/. 5 927 mil (cinco millones novecientos veintisiete mil Nuevos Soles); Que, durante el proceso liquidatorio La Vitalicia S.A. Compañía de Seguros en Liquidación ha cumplido con pagar el íntegro de las acreencias correspondientes a créditos laborales; así como una parte de las obligaciones comprendidas en la prelación “B”, del artículo 117º de la Ley General; haciendo presente que el monto de las acreencias no cobradas, han sido consignados, en primer término a favor de 1 024 acreedores por un total de US $ 120 373.20 (ciento veinte mil trescientos setenta y tres y 20/100 Dólares Americanos) ante el 39º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima y por último a favor de 361 acreedores por un total de US $ 32 710.00 (treinta y dos mil setecientos diez y 00/100 Dólares Americanos) ante el 60º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima; Que, los últimos inmuebles con que contaba La Vitalicia S.A. Compañía de Seguros en Liquidación han sido transferidos mediante contratos de dación en pago a favor de los siguientes acreedores: Expreso Wari S.A., el inmueble ubicado en la Urb. Chacaritas - Callao por US$ 14 160.00 (catorce mil ciento sesenta y 00/100 Dólares Americanos); a Popular y Porvenir Compañía de Seguros en Liquidación, el inmueble ubicado en el 4º Piso del Edifi cio ex Mutual Perú - Cercado de Lima por US$ 30 000.00 (treinta mil y 00/100 Dólares Americanos); a la Clínica Santo Domingo de Huancayo, el Estacionamiento F-76 ubicado en la esquina de Miroquesada y Lampa - Playa El Pacífi co - Lima por US$ 2 800.00 (dos mil ochocientos y 00/100 Dólares Americanos); y, al señor Oscar Cubas Castro, el Estacionamiento F-77 ubicado en la esquina de Miroquesada y Lampa - Playa El Pacífi co - Lima por US$ 3 500.00 (tres mil quinientos y 00/100 Dólares Americanos); Que, respecto a los procesos judiciales seguidos contra La Vitalicia S.A. Compañía de Seguros en Liquidación, se ha cumplido con informar a los Juzgados respectivos el agotamiento de los activos de la compañía y la inminente extinción de la empresa; Que, con fechas 17 de abril y 04 de mayo de 2006, Consorcio Administrare S.A. - CMS Consultores y Administradores S.A.C. remitió a esta Superintendencia la información correspondiente al Dictamen Final sobre la Auditoría Externa efectuada a los Estados Financieros al 30 de setiembre de 2005 de La Vitalicia S.A. Compañía de Seguros en Liquidación, donde se señala que a esa fecha los mismos presentan razonablemente la situación fi nanciera de la aseguradora; y, el Informe Especial sobre la revisión de la gestión de la empresa liquidadora por el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2002 y el 30 de setiembre de 2005, donde se expresa que se ha cumplido sustancialmente con los compromisos contractuales asumidos en relación al proceso liquidatorio de la compañía y con las disposiciones emitidas por la SBS sobre la materia; Que, el Balance General de Cierre de la citada empresa al 30 de setiembre de 2005 publicado con fecha 25 de noviembre de 2005 y rectifi cado con el Balance General de Cierre Final a la misma fecha publicado con fecha 09 de julio de 2007, ambos en el Diario Ofi cial El Peruano, refl ejan que La Vitalicia S.A. Compañía de Seguros en Liquidación, ha agotado todos sus Activos; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 016-2006-AGN/ J de fecha 19 de enero de 2006 se autorizó la eliminación de documentos administrativos declarados innecesarios, de los años 1960 a 1994, de La Vitalicia S.A. Compañía de Seguros en Liquidación, conformados por originales y copias. En tal sentido, con fecha 26 de enero de 2006 se procedió a entregar 911 cajas al personal designado del Archivo General de la Nación, las mismas que se encuentran debidamente detalladas en el Inventario de Registro de documentos para Eliminación; Que, culminada la primera etapa antes señalada, se solicitó al Archivo General de la Nación, la asignación de espacio y fecha para efectuar la misma diligencia con respecto a los documentos destinados a su conservación,