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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de enero de 2009 387847 consecuencia de un proceso de fusión deba incorporarse al Ministerio de Agricultura. “ Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de enero del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República CARLOS LEYTON MUÑOZ Ministro de Agricultura 298152-1 Establecen requisitos fitosanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de miel natural de abejas procedente del Reino Unido siendo su origen otro país RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 02-2009-AG-SENASA-DSA La Molina, 6 de enero de 2009 VISTOS: El correo electrónico de fecha 19 de diciembre de 2008 emitido por la Autoridad Ofi cial Competente del Reino Unido (Environmental Health Offi ce), en la que se comunica y remite el modelo de certifi cado propuesto para la exportación al Perú de “Miel Natural de Abejas” procedente del Reino Unido siendo su origen otro país, el cual cumple con la totalidad de los requisitos zoosanitarios de importación establecidos por el SENASA; El Informe Nº 815-2008-AG-SENASA-SCA-DSA de fecha 22 de diciembre de 2008 en el cual recomienda se publiquen los requisitos zoosanitarios para la importación de Miel Natural de Abejas procedente del Reino Unido siendo su origen otro país; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 1059 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, expresa que el ingreso al país, como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéfi cos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas Viceministro de Hacienda Dirección Nacional del Endeudamiento Público COMUNICADO Nº 001 - 2009-EF/75.01 ENVÍO DE INFORMACIÓN SOBRE OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO Se recuerda a las entidades y organismos del Sector Público su obligación de enviar o transmitir al Ministerio de Economía y Finanzas, la información al cuarto trimestre sobre las concertaciones, desembolsos y el servicio de deuda de las operaciones de endeudamiento, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, Ley N° 28563 y sus modifi catorias. Para el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, la información debe ser registrada en el Módulo de Deuda del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF-SP), conforme al artículo 52° de la Ley Nº 28563; y, en el caso de las empresas públicas fi nancieras y no fi nancieras, y otras entidades y organismos públicos, la información debe ser remitida a través del Módulo Web a la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, de acuerdo a los artículos 40°, 42°, 43° y 53°. Asimismo, de conformidad con la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley de Endeudamiento del Sector Público para el año Fiscal 2008, Ley N° 29143, las entidades y organismos del Sector Público que tengan préstamos de corto plazo cuyos términos de repago hayan sido materia de renovaciones a plazos que, individual o acumulativamente, excedan de un (1) año, deben informar a la Dirección Nacional del Endeudamiento Público sobre tales operaciones. Las entidades que aún no operen el Módulo Web antes referido deben remitir la información, según el formato que se adjunta1, a la siguiente dirección: Dirección Nacional del Endeudamiento Público (DNEP) Ministerio de Economía y Finanzas Jr. Junín 319 – Lima 1 Fax 626 9921 Para cualquier información adicional, comunicarse a los teléfonos 311-5940 y 311-5939, o al correo electrónico dsg_dnep@mef.gob.pe Lima, 06 de enero de 2009. Betty Sotelo Bazán Directora General Dirección Nacional del Endeudamiento Público 1 / El formato puede ser descargado de la página web del MEF (parte central) www.mef.gob.pe en la sección “COMUNICADOS”.