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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2009 (08/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de enero de 2009 387853 forma parte de esta norma legal, y que se destinará al Fondo Contravalor Perú-Alemania – FPA creado en virtud del Acuerdo Especial suscrito, el 31 de octubre de 2002, con dicho país, para fi nanciar proyectos destinados a la reducción de la pobreza, a la promoción del desarrollo socioeconómico y/o a la protección del medio ambiente. Artículo 2º.- Suscripción de documentos Autorícese al Ministro de Economía y Finanzas, o a quien él designe, a suscribir en representación de la República del Perú, el convenio que formalice la operación de administración de deuda que se aprueba en esta norma legal; así como al Director General de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público a suscribir los demás documentos que se requieran para la implementación de dicha operación. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de enero del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas Norma Legal Proyecto Fecha del Convenio Monto del Préstamo € Vencimientos comprendidos en el Canje de Deuda Fecha Vcto. Principal € Interés € Total € D.S. N° 488-85-EF Irrigación de Jequetepeque 18.12.85 59,731,150.10 30.12.08 30.06.09 1,495,528.75 1,495,528.75 260,265.48 242,914.79 1,755,794.23 1,738,443.54 D.L. N° 448 Irrigación de Jequetepeque 30.12.87 24,286,634.36 30.12.08 30.06.09 809,375.05 809,375.05 109342.32 97,201.70 918,717.37 906,576.75 D.S. N° 159-93-EF Ayuda Estructural 06.12.93 25,564,594.06 30.12.08 30.06.09 596,166.33 596,166.33 206,411.94 199,963.28 802,578.27 796,129.61 D.S. N° 153-94-EF Sistema Agua Potable y Alcantarillado - Trujillo 19.12.94 17,459,009.73 30.12.08 30.06.09 436,131.97 436,131.97 436,131.97 436,131.97 D.S. N° 065-96-EF Carretera Corral Quemado - Río Nieva 30.08.96 42,437,226.14 30.12.08 30.06.09 870,730.07 870,730.07 270,092.49 263,478.29 1,140,822.56 1,134,208.36 TOTAL € 8,415,864.34 1,649,670.29 10,065,534.63 298152-2 Aceptan Cooperación Técnica No Reembolsable a ser otorgada por el BID para financiar diversos Programas de Cooperación Técnica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2009-EF Lima, 7 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Banco Interamericano de Desarrollo - BID otorgará a la República del Perú una Cooperación Técnica No Reembolsable ascendente a US$ 1 000 000,00 (UN MILLON Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar el Programa de Cooperación Técnica para Apoyar el Diseño de un Plan Estratégico de Energía Sostenible y Bioenergía para Perú, cuya ejecución estará a cargo del Ministerio de Energía y Minas; Que, asimismo, el BID otorgará a la República del Perú una Cooperación Técnica No Reembolsable ascendente a US$ 500 000,00 (QUINIENTOS MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) o su equivalente en otras monedas convertibles, destinada a fi nanciar el Programa de Cooperación Técnica para Apoyar la Estrategia Energética del Perú, cuya ejecución estará a cargo del Ministerio de Energía y Minas; Que, resulta necesario formalizar la aceptación de las referidas Cooperaciones Técnicas No Reembolsables, así como autorizar la suscripción de los Convenios Nº ATN/ OC-10984-PE y Nº ATN/OC-11010-PE; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional, y la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la Cooperación Técnica No Reembolsable a ser otorgada por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID a la República del Perú ascendente a la suma de US$ 1 000 000,00 (UN MILLÓN Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), para fi nanciar el Programa de Cooperación Técnica para Apoyar el Diseño de un Plan Estratégico de Energía Sostenible y Bioenergía para Perú, cuya ejecución estará a cargo del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 2º.- Aceptar la Cooperación Técnica No Reembolsable a ser otorgada por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID a la República del Perú ascendente a la suma de US$ 500 000,00 (QUINIENTOS MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS o su equivalente en otras monedas convertibles, para fi nanciar el Programa de Cooperación Técnica para Apoyar la Estrategia Energética del Perú, cuya ejecución estará a cargo del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 3º.- Autorizar al Ministro de Economía y Finanzas, o a quien él designe, a suscribir los Convenios Nº ATN/OC-10984-PE y Nº ATN/OC-11010-PE que implementan las Cooperaciones Técnicas No Reembolsable referidas en los artículos 1º y 2º, respectivamente, de la presente norma legal; así como al Director General de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público a suscribir los documentos que se requieran para implementar los citados Convenios. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas 298152-7 Autorizan viaje de representante del Ministerio a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2009-EF Lima, 7 de enero de 2009