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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2009 (08/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de enero de 2009 387854 CONSIDERANDO: Que, del 8 al 11 de enero de 2009, se realizará en las ciudades de Los Ángeles y San Francisco, Estados Unidos de América, un “Non Deal Road Show”; Que, el citado evento tiene por objetivo de mostrar al Perú como un activo de calidad dando a conocer sus atractivos y fortalezas como país para las inversiones fi nancieras y en proyectos de inversión sectorial, y reiterar el compromiso de mantener reformas en políticas de inversión para mejorar el clima de negocios y reducir la pobreza basada en un mercado libre, y el reconocimiento de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico - OCDE por haberse convertido en el país número 41 que se adhiere a la Declaración Internacional de Inversiones y Empresas Multinacionales; Que, en tal sentido mediante Resolución Ministerial N° 003-2009-EF/10, se designó al señor Roberto Abusada Salah, como representante del Ministerio de Economía y Finanzas para que asistan al mencionado evento; Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, es necesario autorizar el viaje del citado representante, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto (TUUA); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N°s. 27619 y 29289 y en el Decreto Supremo N° 047-2002- PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios al señor Roberto Abusada Salah, representante del Ministerio de Economía y Finanzas, a las ciudades de Los Ángeles y San Francisco, Estados Unidos de América, del 8 al 11 de enero de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US $ 2 614,97 Viáticos : US $ 1 100,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US $ 30,25 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido representante, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del representante cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas 298152-8 ENERGIA Y MINAS Incorporan facultades complementarias de minería y asuntos ambientales mineros en el marco de las funciones transferidas en el proceso correspondiente al año 2007 y otras funciones, establecidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias del Sector Energía y Minas para el Período 2008 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 612-2008-MEM/DM Lima, 31 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política señala en su artículo 188° que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país y cuyo proceso se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, el literal g) del artículo 4° de la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, señala que el proceso de descentralización se realiza por etapas en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada y clara asignación de competencias y transferencias de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales, evitando la duplicidad; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, señala en su artículo 59°, las funciones específi cas que en materia de energía, minas e hidrocarburos serán transferidas a los Gobiernos Regionales; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 28767, las funciones específi cas que ejercen los Gobiernos Regionales se desarrollan en base a las políticas regionales, las cuales se formulan en concordancia con las políticas nacionales que dicta el Ministerio de Energía y Minas, ente rector del Sector; Que, el artículo 83° de la norma antes mencionada indica que, mediante Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales es que se efectivizan las transferencias de las competencias antes señaladas; Que, en este marco normativo se expiden los Decretos Supremos N° 021-2006-PCM y N° 068-2006- PCM que aprueban los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales de los años 2006 y 2007, respectivamente; Que, mediante Resoluciones de Secretaría de Descentralización N°s. 020 y 029-2007-PCM/SD, los Gobiernos Regionales, con excepción de la Municipalidad Metropolitana de Lima, han certifi cado el cumplimiento de los requisitos específi cos mínimos, y además han acreditado para la transferencia de funciones; Que, se culminó el proceso de acreditación y efectivización de la transferencia de funciones y facultades 2007, mediante Resolución Ministerial N° 009-2008-EM/ DM a los Gobiernos Regionales de Apurímac, Cusco, La Libertad, Lambayeque, Moquegua, Puno, San Martín y Tumbes; con Resolución Ministerial N° 046-2008-EM/DM a los Gobiernos Regionales de Amazonas, Ancash, Ayacucho, Cajamarca, Huanuco, Junín, Lima, Loreto, Madre de Dios y Ucayali; con Resolución Ministerial N° 121-2008-EM/DM a los Gobiernos Regionales de Arequipa, Huancavelica, Ica, Piura y Tacna; y con Resolución Ministerial N° 145-2008- EM/DM al Gobierno Regional de Pasco; Que, en el marco de las funciones transferidas, se aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias del Sector Energía y Minas para el período 2008, en el que se está considerado las facultades complementarias en