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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de enero de 2009 387851 Que, la Ofi cina de Asesoría Jurídica con el Ofi cio N° 204-SENAMHI-OAJ/2008 del 30.12.2008 remite el Informe Legal Nº 009-SENAMHI-OAJ/2008, en mérito de lo expuesto y fundamentado en el Informe Técnico e Informe Técnico Económico, se pronuncia por la continuación del trámite de exoneración del proceso de selección para que la adquisición de los repuestos (MODEM) para las Estaciones Automáticas Meteorológicas marca SIAP modelo SM3840, se efectúe directamente a la Cía. SIAP+MICROS de Italia a través de su representante en el Perú ADR TECNOLOGY S.A.C.; contando con los citados informes y teniendo en cuenta la normatividad de los procesos de adquisición de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es necesario determinar los procedimientos establecidos por Ley, para la Exoneración del Proceso de Adquisición; De conformidad con el inciso e) del artículo N° 19°, y con el inciso a) del artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, que establecen que cuando los bienes y/o servicios no admiten sustitutos, las exoneraciones se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad; y contando con el Informe Técnico emitido por la Ofi cina General de Operaciones Técnicas, el Informe Técnico Económico Nº 005-SENAMHI-OGA- OAS/2008 emitido por la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares y el Informe Legal Nº 009- SENAMHI-OAJ/2008 emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; de conformidad con la Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología – SENAMHI, con las facultades conferidas mediante la Resolución Suprema Nº 021-2007-DE/SG del 24 de enero del 2007, con la visación del Director de la Ofi cina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, del Director de la Ofi cina General de Administración; y lo expuesto por la Ofi cina de Asesoría Jurídica del SENAMHI; con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 0041-2008-SENAMHI por la adquisición de repuestos (MODEM) para ser utilizados en las Estaciones Automáticas Meteorológicas marca SIAP, directamente a la Cía. SIAP+MICROS SRL de Italia; por ser el fabricante de las Estaciones y por la razón fundamentada técnicamente de que los bienes a adquirir no admiten sustitutos; de acuerdo al siguiente detalle: ITEM CANT. ESPECIFICACIONES TECNICAS VALOR REF. 1.- 09 Unid. EWX Kit GSM/GPRS para Estaciones Automáticas SIAP SM3840, FIRMWARE S/. 49,230.00 2.- 01 Unid. Funciones Meteonet, confi guración del Paquete en la Estación Terrena S/. 4,900.00 Importe total S/. 54,130.00 Artículo 2°.- Autorizar a la Ofi cina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares del SENAMHI, para llevar a cabo el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía por Exoneración Nº 0005-2008-SENAMHI, por el importe total de S/. 54,130.00 (Cincuenta y Cuatro Mil Ciento Treinta y 00/100 Nuevos Soles), puestos en el Almacén del SENAMHI; cuyo monto se encuentra programado y fi nanciado con el presupuesto de recursos ordinarios. Articulo 3°.- Disponer que la Ofi cina General de Administración, remita copia de la presente Resolución y de los informes que sustentan esta exoneración, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; así como su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. WILAR DAVID GAMARRA MOLINA Presidente Ejecutivo del SENAMHI 297720-2 DEFENSA Dan por concluidas funciones de General de División EP como Jefe de Estado Mayor General del Ejército RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 587-2008-DE/SG Lima, 31 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 501-DE/EP del 4 de diciembre de 2006, se nombró al General de División EP Luis Alfredo Cateriano Vela como Jefe de Estado Mayor General del Ejército; Que, el artículo 47º, literal B), inciso 3, de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, establece que el Ofi cial del Grado de General de División será considerado en el Proceso de Renovación cuando haya sido designado como Comandante General en su Institución, un Ofi cial de menor antigüedad; Que, por Resolución Suprema Nº 551-2008-DE/SG del 4 de diciembre de 2008, se nombró al General de División EP Otto Napoleón Guibovich Arteaga, como Comandante General del Ejército del Perú; Que, los Ofi ciales Generales y Almirantes comprendidos en la causal de Renovación, al pasar a la situación de retiro, percibirán las pensiones y otros benefi cios, de conformidad con la legislación vigente sobre la materia; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluidas las funciones del General de División EP Luis Alfredo Cateriano Vela como Jefe de Estado Mayor General del Ejército, al 5 de diciembre de 2008, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 2º.- Disponer a partir del 1 de enero de 2009, el pase a la situación militar de retiro del General de División EP Luis Alfredo Cateriano Vela, por la causal de Renovación. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ANTERO FLORES-ARÁOZ ESPARZA Ministro de Defensa 298152-5 Exoneran de requisito contemplado en el TUPA de la Marina de Guerra del Perú para la remoción de ex motonave RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1557-2008 DE/MGP Lima, 31 de diciembre de 2008 Visto, el Ofi cio G.500-5128 del Secretario del Comandante General de la Marina de fecha 17 de noviembre de 2008, mediante el cual propone la exoneración del requisito “I”, del Procedimiento Administrativo C-36, del Capítulo II, Unidad Orgánica (2) Parte “C”, del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales