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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2009 (10/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de enero de 2009 388087 17. EEA San Ramón; Yurimaguas (San Martín) 18. EEA San Bernardo, Madre de Dios Regístrese y comuníquese y publíquese. JUAN RISI CARBONE Jefe Instituto Nacional de Innovación Agraria 299264-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0004-2009-AG Mediante Ofi cio Nº 00043-2009-AG-SEGMA, el Ministerio de Agricultura solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 0004-2009-AG, publicada en nuestra edición del día 7 de enero de 2009. DICE: “Artículo 11º.- Designar, (...) en el cargo de la Jefatura de la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre (...).” DEBE DECIR: “Artículo 11º.- Designar; (...) en el cargo de Intendente de la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre (...).” DICE: “Artículo 12º.- Designar, (...) en el cargo de la Jefatura de la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas (...).” DEBE DECIR: “Artículo 12º.- Designar, (...) en el cargo de Intendente de la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas (...).” 298285-1 DEFENSA Disponen que las Fuerzas Armadas asuman el control del orden interno durante el Estado de Emergencia declarado en provincias y distritos de los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Cusco y Junín RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2009-DE/SG Lima, 9 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-PCM de fecha 9 de enero de 2009, se prorrogó por el término de sesenta (60) días, a partir del 14 de enero de 2009, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convención del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de Concepción y en los distritos de Santo Domingo de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junín; Que, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 137º de la Constitución Política del Perú, las Fuerzas Armadas en Estado de Emergencia, asumen el control del orden interno si así lo dispone el Presidente de la República; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno por el tiempo que dure el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convención del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de Concepción y en los distritos de Santo Domingo de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junín. La Policía Nacional contribuirá al logro de dicho objetivo en los departamentos, provincias y distritos indicados en el párrafo anterior. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ANTERO FLORES-ARÁOZ ESPARZA Ministro de Defensa REMIGIO HERNANI MELONI Ministro del Interior 299292-5 Dan por concluidos nombramientos de Agregados Aéreos a las Embajadas del Perú en Argentina y Chile RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 009-2009-DE/FAP Lima, 9 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, el artículo 14º de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, establece que el empleo constituye el desempeño personal de una función real y efectiva que se encomienda al Ofi cial, en atención a los Cuadros de Organización de cada Institución Armada y, conforme a su grado, antigüedad y especialidad; asimismo establece que sólo los Ofi ciales en Situación de Actividad serán nombrados para ocupar un cargo en el exterior de la República en representación de su Institución; Que, mediante Resolución Suprema Nº 019-2008- DE/FAP de fecha 23 de enero de 2008, se nombró en Misión Diplomática, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, entre otros, al Coronel FAP GAMBOA SANDOVAL Segundo Buenaventura, del 21 de enero de 2008 al 31 de diciembre de 2009; Que, mediante Resolución Suprema Nº 457-2008-DE/ FAP de fecha 12 de octubre de 2008, se resolvió ascender al Grado de Mayor General, con fecha 1 de enero de 2009, al Coronel FAP GAMBOA SANDOVAL Segundo Buenaventura; Que, el artículo 17º de la Ley Nº 28359 establece que el ascenso es uno de los supuestos requeridos para que se proceda con el cambio de empleo; Que, con Resolución Suprema Nº 576-2008-DE/FAP de fecha 29 de diciembre de 2008, se nombra a la Dirección de Aerofotografía, partir del 1 de enero de 2009, al citado Ofi cial General; Que, es necesario dar por concluido el nombramiento en Misión Diplomática en el extranjero del Ofi cial General antes mencionado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas; y, Estando a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro del Ramo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluido con fecha 1 de enero de 2009, el nombramiento en Misión Diplomática como Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Argentina, al Mayor General FAP GAMBOA SANDOVAL