Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2009 (10/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de enero de 2009

Articulo 3º.- La autorizacion otorgada en el Articulo 1º, tendra vigencia por un plazo de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la fecha de su notificacion, pudiendo ampliarse el plazo por veinticuatro (24) meses adicionales improrrogables, la referida ampliacion debe ser solicitada dentro del plazo original; y declarada, expresamente, por el Ministerio de la Produccion. Vencido el plazo inicial, o la prorroga, la autorizacion de incremento de flota caducara de pleno derecho, en caso de no haberse verificado la construccion total de la embarcacion, mediante Resolucion Directoral se declarara la caducidad de la autorizacion de incremento de flota otorgada. Asimismo, sera causal de caducidad la ejecucion de la autorizacion excediendo la capacidad de bodega autorizada o con caracteristicas diferentes a las que la sustentaron. Articulo 4º.- Ejecutado el reacondicionamiento de la embarcacion pesquera, "COQUI IV" de matricula Nº CE2450-PM la empresa PESQUERA ISA S.R.Ltda, debera solicitar el respectivo permiso de pesca, dentro del plazo de un (1) ano, contado a partir de la acreditacion del termino de construccion. Vencido dicho plazo, sin iniciar el procedimiento de permiso de pesca respectivo, la autorizacion de incremento de flota caduca de pleno derecho. Mediante Resolucion Directoral se declarara la caducidad de la autorizacion de incremento de flota otorgada. Articulo 5º.- La embarcacion pesquera P.F. 6 de matricula Nº CE-10942-CM, consignada en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, asi como en el Anexo II del listado de la Resolucion Ministerial Nº 0862007-PRODUCE, podra operar hasta que la embarcacion pesquera "COQUI IV" de matricula Nº CE-2450-PM objeto de reacondicionamiento, se encuentre en condiciones de efectuar faenas de pesca, en cuyo caso, luego del otorgamiento del permiso de pesca correspondiente, debera procederse conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE. Articulo 6º.- Incluir la presente Resolucion en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Articulo 7º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y consignarse en el MORDAZA de la pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

COQUI X, conforme consta en el certificado de matricula correspondiente; Que se ha verificado que PESQUERA NINFAS MORDAZA S.A.C. ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE y demas normas modificatorias, por lo que resulta procedente la modificacion de resolucion autoritativa por cambio de nombre de la citada embarcacion; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 690-2008PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE y demas normas complementarias; y; En uso de las facultades conferidas a traves del Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006- PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 501-2007-PRODUCE/DGEPP, solo en el extremo referido al nombre de la embarcacion COQUI 7 de matricula Nº CE-28225-PM, la misma que en adelante se denominara COQUI X. Articulo 2º.- Transcribir la Presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

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Declaran infundada impugnacion interpuesta contra la R.D. Nº 6672008-PRODUCE/DGEPP 501-2007RESOLUCION DIRECTORAL Nº 748-2008-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 28 de noviembre del 2008 Visto el escrito de registro Nº 00082002 de fecha 10 de noviembre del 2008, presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA CORDOVA; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 667-2008-PRODUCE/ DGEPP del 30 de octubre del 2008, en estricto cumplimiento del mandato judicial contenido en la Resolucion Numero 14 del 30 de setiembre del 2008, emitida por el Juzgado Mixto de MORDAZA El MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, se resuelve dejar sin efecto en todos sus extremos la Resolucion Directoral Nº 148-2007-PRODUCE/DGEPP del 15 de marzo del 2007 y Resolucion Directoral Nº 278-2007PRODUCE/DGEPP del 30 de MORDAZA del 2007; Que mediante el escrito del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpone recurso de reconsideracion contra la Resolucion Directoral Nº 6672008-PRODUCE/DGEPP, alcanzando en calidad de nueva prueba fotocopia del recurso de apelacion interpuesto por el recurrente contra la Resolucion Numero 14 del 30 de setiembre del 2008 emitida por el Juzgado Mixto de MORDAZA El MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que el articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial establece que toda persona

Modifican la R.D. PRODUCE/DGEPP



RESOLUCION DIRECTORAL Nº 747-2008-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 28 de noviembre del 2008 Visto el escrito con Registro Nº 00082574 y adjunto 01 del 11 y 13 de noviembre de 2008, presentados por la empresa PESQUERA NINFAS MORDAZA S.A.C.; CONSIDERANDO: Que con Resolucion Directoral Nº 501-2007-PRODUCE/ DGEPP, de fecha 16 de noviembre del 2007 se otorgo a favor de la empresa PESQUERA NINFAS MORDAZA S.A.C., permiso de pesca a plazo determinado para operar la embarcacion pesquera COQUI 7 de matricula Nº CE28225-PM con 379.08 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada (38 mm), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa; Que mediante los escritos del visto, la empresa PESQUERA NINFAS MORDAZA S.A.C., solicita el cambio de nombre de su embarcacion pesquera COQUI 7 de matricula Nº CE-28225-PM, a embarcacion pesquera

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