Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2009 (23/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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a.

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de enero de 2009

En las concesiones forestales y en las modalidades de manejo y aprovechamiento de fauna silvestre: a.1 Derecho de vigencia y/o a.2 Contraprestacion, fijada de acuerdo con el valor del recurso aprovechado.

b.

En las autorizaciones, permisos y derecho de desbosque, se paga por el volumen y el valor de la especie.

El pago de la retribucion economica por el aprovechamiento de las plantaciones forestales estara sujeto a un regimen promocional, que sera aprobado por el Ministerio de Agricultura." DEBE DECIR: "Articulo 18º.- Retribucion economica por el aprovechamiento de recursos forestales y de fauna MORDAZA El aprovechamiento de recursos forestales y de la fauna MORDAZA esta sujeto al pago de las siguientes retribuciones a favor del Estado: a. En las concesiones forestales y en las modalidades de manejo y aprovechamiento de fauna silvestre: a.1 Derecho de vigencia y/o a.2 Contraprestacion, fijada de acuerdo con el valor del recurso aprovechado. b. En las autorizaciones, permisos y derecho de desbosque, se paga por el volumen y el valor de la especie. El pago de la retribucion economica por el aprovechamiento de las plantaciones forestales estara sujeto a un regimen promocional, que sera aprobado por el Ministerio de Agricultura." 304503-1

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 007-2009 APROBACION DE CREDITO SUPLEMENTARIO EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL ANO FISCAL 2009
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Poder Ejecutivo ha establecido como objetivo de interes nacional el aseguramiento del crecimiento economico y del empleo, protegiendo a los grupos mas vulnerables de la poblacion; Que, el 26 de marzo del 2004, se celebro el Contrato de Prestamo Nº 1534/OC-PE entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID para el desarrollo del Programa de Capacitacion Laboral Juvenil ­ PROJOVEN, estableciendose que la Unidad Ejecutora 002 del Pliego 012 del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, se financiara con Recursos por Operaciones Oficiales de Credito provenientes del Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, y por Recursos Ordinarios provenientes del Tesoro Publico como Contrapartida Nacional; Que, PROJOVEN tiene como objetivo facilitar el acceso

de jovenes de 16 a 24 anos de escasos recursos economicos al MORDAZA laboral formal, a traves de acciones especificas de capacitacion tecnica y experiencia laboral articuladas con servicios de informacion, habilitacion e intermediacion laboral, que respondan a los requerimientos del sector empresarial y del MORDAZA de trabajo, elevando los niveles de ingreso laboral de los jovenes beneficiarios; Que, las metas a cumplir en el ano 2009 son culminar el MORDAZA de la Convocatoria de Cursos Nº 15 y ejecutar la Convocatoria de Cursos Nº 16, que beneficiarian a 8,594 y 10,659 jovenes, respectivamente, entre 16 y 24 anos de escasos recursos economicos y con escasa o nula capacitacion para el trabajo; Que, la Vigesima Novena Disposicion Final de la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, establece que el Programa de Capacitacion Laboral Juvenil - PROJOVEN, seguira operando en calidad de Unidad Ejecutora en el pliego presupuestal del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, bajo la misma denominacion y codificacion correspondiente al ano fiscal 2008; Que, asimismo, de acuerdo a la Vigesima Novena Disposicion Final de la mencionada Ley, el presupuesto de partida de los programas sociales "Programa de Emergencia Social Construyendo Peru" y "Capacitacion Laboral Juvenil ­ PROJOVEN", sera hasta Setenta Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/.70 000 000,00), con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia; Que, en ese sentido, los Recursos Ordinarios asignados a PROJOVEN bajo la vigencia de la Vigesima Novena Disposicion Final de la Ley N° 29289, constituiran la Contrapartida Nacional para el ano 2009, los cuales seran dispuestos en el MORDAZA del Contrato de Prestamo 1534/OC-PE; Que, por otro lado, mediante Oficio Nº 777-2008EF/75.22 del 11 de MORDAZA del 2008, la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico informo a la Unidad Ejecutora: 002 Capacitacion Laboral Juvenil ­ PROJOVEN del Pliego 012 Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, una asignacion de desembolsos por la suma de US$. 4 055 000,00 (Cuatro Millones Cincuenta y Cinco Mil y 00/100 Dolares Americanos) para el Ano Fiscal 2009, correspondiente al prestamo externo; Que, la asignacion de desembolsos mencionada en el parrafo anterior, no ha sido considerada en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, razon por la cual, no se cuenta con recursos en el Pliego 012 del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo para la Unidad Ejecutora: 002 de PROJOVEN; Que, a efectos de posibilitar el adecuado financiamiento para la continuidad y operatividad de PROJOVEN, es necesaria la autorizacion de un Credito Suplementario por la Fuente 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Credito a favor del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, por la suma de Once Millones Seiscientos Treinta y Siete Mil Ochocientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 11 637 850,00). Que, las consideraciones mencionadas en los parrafos precedentes son de naturaleza economica, financiera y de interes nacional, y requieren para su aplicacion de medidas que de no dictarse urgentemente podrian repercutir negativamente en la proteccion de los grupos mas vulnerables de la poblacion, incrementando los niveles de desempleo y poniendo en riesgo la oportuna intervencion del Programa de Capacitacion Laboral Juvenil PROJOVEN, asi como el logro de su finalidad principal que es la de contribuir a incrementar las tasas de insercion en el MORDAZA laboral, la calidad de los empleos y los niveles de ingreso laboral de los jovenes beneficiarios entre 16 y 24 anos de edad. En uso de las atribuciones que confieren el numeral 19 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009,

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