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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de enero de 2009 389588 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Autorizan obras de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 820-2008-MPC/GGDU Callao, 23 de diciembre de 2008 EL GERENTE GENERAL DE DESARROLLO URBANO VISTO, el Expediente de Registro Nº 10722061, mediante el cual La Empresa H.V. S.A CONTRATISTAS con domicilio legal en Av. José Pardo N° 551 – Distrito de Miraflores - Lima, inscrita en la partida Electrónica Nº 11007169 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, debidamente representado por don Marco Aurelio del Río Arrieta en su condición de Gerente General, por el que solicita la aprobación de la Habilitación Urbana Nueva del terreno de su propiedad ubicado con frente al Pasaje El Sol N° 397 Distrito y Provincia Constitucional del Callao, debidamente inscrito en la Partida Registral N° PO1311889 del Registro Predial Urbano - Callao; y, CONSIDERANDO: Que, con Expediente N° 10722061 de fecha 21 de Agosto de 2007, don Marco Aurelio del Río Arrieta en su condición de Gerente General de H.V S.A CONTRATISTAS con poderes adjuntos debidamente inscrito en la Partida Nº 11007169 del Libro de Sociedades Mercantiles del Registro de Personas Jurídicas, solicita la Habilitación Urbana Nueva del Terreno ubicado con frente al Pasaje El Sol N° 397, Distrito y Provincia Constitucional del Callao. Que, mediante Resolución Gerencial N° 344-2007- MPC-GGDU de fecha 19 de Diciembre de 2007 se declaró de Ofi cio el Abandono de la referida petición administrativa y consecuentemente la conclusión del proceso, ello en atención a que los recurrentes no habían cumplido con subsanar la Cédula de Notifi cación N° 4591 de fecha 29 de Agosto de 2007 notifi cada a la recurrente con fecha 05 de Septiembre de 2007. Que, con Expediente N° 10722061 B, de fecha 18 de enero de 2008, HV S.A. CONTRATISTAS cumple con adjuntar copia simple de la solicitud de inscripción de título de la Ficha PO1311889 subsanado con ello la Notifi cación N° 04591. Que, mediante informe técnico N011-2008-MPC- GGDu-GPUC-GOF-EEC del 25 de enero de 2008, se señala que los administrados han cumplido de conformidad con los requisitos establecidos por el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA vigente de esta Corporación Municipal para el presente procedimiento, con presentar lo siguiente: 1. Formulario 1 y copia simple del Comprobante de Pago N° 30039505 (serie 1200803) por abono del derecho de trámite y derecho de Evaluación por la Comisión Técnica (fojas 1 y 86). 2. Copia Literal de la Partida N° PO 1311889 con la cual se acredita la propiedad del inmueble, emitida el 21- 08-07 (fojas 04 a 65,110). 3. Certifi cado de la SUNARP, respecto a la Partida Electrónica nº 11007169 del registro de personas jurídicas. 4. Plano de Ubicación y Localización, de Lotización y Memoria Descriptiva con las características técnicas requeridas por el Registro de Predios. 5. Certifi cado de Zonifi cación y Vías N° 49-2006-MPC- GGDU-GPUC del 22-11-06 (fojas 77). 6. Carta N° 1887-2006 Et-N emitida por SEDAPAL de fecha 29-12-06 sobre factibilidad de servicios de red complementaria de agua potable y alcantarillado (fojas 79-80). 7. Carta EC-530055/690-06 de fecha 07-12-06 emitida por EDELNOR sobre factibilidad del suministro, señalando que por la magnitud de la carga solicitada será necesario destinar dos áreas de terreno de 3m x 3.5 m cada una, señalando una serie de indicaciones técnicas para su ubicación (foja 81). Que, mediante Informe N° 016-2008-MPC-GGDU- GPUC-GOF-EEC de fecha 07 de Febrero de 2008, el área técnica de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro da cuenta que de conformidad al Certifi cado de Zonifi cación y Vías N° 49-2006-MPC-GGDU-GPUC, el terreno materia de la solicitud se encuentra zonifi cado como Zona de Reglamentación Especial – ZRE que conforme a lo señalado en el artículo 2 de la Ordenanza Municipal Nº 000013 (publicada el 17-12-03) permite la incorporación de proyectos de Vivienda, habiéndose propuesto como cuadro de áreas un Area Util de 15, 976.50 m2, destinando como Aportes Reglamentarios: para Parques 1, 278.12 m2 y para Educación 319.53 m2 que serán redimidos en dinero. En el mismo informe, se da cuenta que mediante Informe Técnico N° 8941- 2007-SUNARP-Z.R N° IX/ OC de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Zona Registral de Lima de fecha 20 de Diciembre de 2007 señala que “… en Certifi cado Catastral se describen los actuales linderos, medidas perimétricas y área útil de 15, 976.50 m2 los cuales son conforme al contenido técnico acotado en el Plano P1a avalado por la Municipalidad, encontrándose conformidad y no afectación a terceros colindantes inscritos”, por tanto de acuerdo a la documentación técnica los linderos y medidas perimétricas y demás elementos del área de 15, 976. 50 m2, así como la topografía, el perímetro y el posicionamiento de la poligonal en la base georreferenciada que obra en la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, han sido verifi cados habiéndose dado la conformidad por el área técnica. Que posteriormente, mediante Acuerdo N° 005-2008 (sesión Nº 002-2008) de fecha 12 de Febrero de 2008, La Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas emitió Dictamen Favorable condicionado el mismo a que el área declarada de 15, 976.50 m2 previamente deberá ser inscrita en Registros Públicos, habiéndose aprobado el Area Util de15, 976.50 m2, asignándose el 10% para Aportes Reglamentarios con 1,278. 12 m2 como área para Recreación Pública (8%) y 319. 53 m2 (2%) para el Ministerio de Educación, emitiéndose la Orden de Pago N° 00000552 de fecha 26 de Marzo de 2008 sobre Redención de Aportes Reglamentarios en dinero al amparo del Artículo 10° de la Ordenanza Municipal N° 000056 de fecha 1 de Noviembre de 2007 que aprueba el régimen de los aportes reglamentarios para las habilitaciones urbanas en la Provincia Constitucional del Callao, habiendo la administrada mediante Expediente N° 10722061 – D presentado reclamo sobre la referida Orden de Pago. Que, con Resolución Gerencial N° 476-2008-MPC/ GGDU de fecha 12 de Agosto de 2008, se dispone dejar sin efecto la Orden de Pago N° 00000552 de fecha 28 de Marzo de 2008 por concepto de redención de Aportes de Recreación Pública y en consecuencia se Aprueba la Nueva Orden de Pago N° 0816 cuyo monto liquidado es de S/. 85, 634.04 (OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 30/100 NUEVOS SOLES), estando a los montos consignados en el Certifi cado de Valores Arancelarios de Terrenos Urbanos emitido por el Ministerio de Vivienda y Construcción y Saneamiento, por tanto se declaro fundado el Recurso de Reconsideración en este extremo, y se declaro improcedente la aplicación del silencio administrativo positivo invocado par la administrada, al ser un procedimiento que dispone de bienes de uso público y cuya fi nalidad es la inscripción registral, así como estando a lo señalado en la Ordenanza Municipal Nº 038 del 10 de julio de 2008 que aprobó el texto Único de Procedimientos administrativos y que califi caba el procedimiento con silencio negativo. Que mediante Expediente N° 10722061 – H la administrada HV S.A. contratistas, interpuso recurso de