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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2009 (30/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 117

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de enero de 2009 389587 LA GERENCIA DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN; VISTO, El documento presentado con fecha 01 de octubre de 2008, anexo al expediente matriz Nº 10512-2007, mediante el cual la empresa TEXTIL CABO BLANCO S.A.C. representada por el Sr. Hugh Henry Parks Angosto, solicita la aprobación de la adecuación de nuevo Plano de Lotización L-01, y la rectifi cación de la Resolución Gerencial Nº 071-2008-GDU/ML de fecha 11 de julio de 2008. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Gerencial Nº 071-2008- GDU/ML de fecha 11 de julio de 2008, emitida por la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Lurín se aprueba, de conformidad con el Plano de Lotización L-01 y Memoria Descriptiva (2 hojas), signado para efectos de Registro como Plano Nº 011-2008-SGOP- GDU/ML, el Proyecto de Habilitación Urbana Nueva de Lote Único para Uso de Industria Liviana – I2, del terreno de un área de 5,206.00 m2 constituido por la Unidad Catastral Nº 10810, ubicado frente a la Av. Los Eucaliptos, Asociación Huertos de Santa Genoveva, Distrito de Lurín, Provincia y Departamento de Lima Que, mediante Resolución Nº 234-2008-MML- GDU-SPHU de fecha 22 de agosto de 2008, emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima se resuelve establecer la No Conformidad de la Resolución Gerencial Nº 071-2008-GDU/ML de fecha 11 de julio de 2008, emitida por la Municipalidad de Lurín, por los considerandos expuestos en la citada Resolución. Que, en el segundo (2do.) considerando de la Resolución emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, se señala que “…la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único para Uso de Industria Liviana – I2, del terreno de un área de 5,206.00 m2, aprobada por la Municipalidad Distrital de Lurín mediante la Resolución Gerencial Nº 071- 2008-GDU/ML de fecha 11 de julio de 2008, incumple los planes urbanos en lo referente a vías, por cuanto los módulos de berma de estacionamiento y calzada de la pista secundaria de la sección denominada Av. Los Eucaliptos, que corresponde a la vía Arterial Normativa 60 no considera lo establecido en el Reglamento Nacional de Edifi caciones – RNE, para habilitaciones urbanas industriales; también se debe indicar, que la sección propuesta no ha sido correctamente grafi cada en la lotización; por otro lado, se debe recomendar se efectúe la corrección de la discrepancia existente respecto a la zonifi cación indicada en el Artículo Segundo, debiendo ser “Industria Liviana I2 y no “Industria Pesada IP”. Que, en el tercer (3 er.) considerando de la Resolución emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, se señala que en la Resolución Gerencial Nº 071-2008- GDU/ML de fecha 11 de julio de 2008, se “…denota la existencia de un error material incurrido en el Artículo 2º, al haberse consignado en el rubro Aportes Reglamentarios, zonifi cación “Industria Pesada IP”, cuando corresponde señalar zonifi cación Industria Liviana I2; consecuentemente debe efectuarse la corrección del citado error material. Que, mediante documento presentado con fecha 01 de octubre de 2008, la empresa TEXTIL CABO BLANCO S.A.C. representada por el Sr. Hugh Henry Parks Angosto, a fi n de levantar las observaciones señaladas por la Municipalidad Metropolitana de Lima, solicita la aprobación de la adecuación de nuevo Plano de Lotización L-01 y la rectifi cación de la Resolución Gerencial Nº 071-2008- GDU/ML de fecha 11 de julio de 2008. Que, de la revisión del nuevo Plano de Lotización L-01 presentado, se verifi ca que la sección vial propuesta que corresponde a la vía Arterial Normativa 60 considera lo establecido en el Reglamento Nacional de Edifi caciones – RNE, para habilitaciones urbanas industriales, en cuanto a los módulos de berma de estacionamiento y calzada de la pista secundaria, asimismo se ha verifi cado que la sección propuesta ha sido correctamente grafi cada en la lotización. También se ha comprobado la discrepancia existente respecto a la zonifi cación indicada en el Artículo Segundo, debiendo ser “Industria Liviana I2 y no “Industria Pesada IP”. Que, de la revisión de la Resolución Gerencial Nº 071- 2008-GDU/ML de fecha 11 de julio de 2008, se ha verifi cado la existencia de un error material incurrido en el Artículo 2º, al haberse consignado en el rubro Aportes Reglamentarios, zonifi cación “Industria Pesada IP”, cuando corresponde señalar zonifi cación Industria Liviana I2; consecuentemente debe efectuar la corrección del citado error material. Que, de acuerdo con el Informe Nº 399-2008-SGOP- GDU/ML, de la Sub Gerencia de Obras Privadas y con el Informe Nº 2453-2008-GAJ/ML, de la Gerencia de Asesoría Jurídica de La Municipalidad de Lurín y; De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, la Ley Nº 26878 – Ley General de Habilitaciones Urbanas, Decreto de Alcaldía Nº 079 MML y Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 y; considerando las facultades conferidas en la Ordenanza Municipal Nº 157/ML del 31 de mayo de 2007; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, el nuevo Plano de Lotización L-01, signado para efectos de Registros como Plano Nº 013-2008-SGOP-GDU/ML, del Proyecto de Habilitación Urbana Nueva de Lote Único para Uso de Industria Liviana (I2) del terreno de un área de 5,206.00 m.2 constituido por la Unidad Catastral Nº 10810 ubicado frente a la Av. Los Eucaliptos Asociación Huertos de Santa Genoveva, Distrito de Lurín, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- RECTIFICAR, el tercer párrafo, Artículo Segundo (2º), rubro Aportes Reglamentarios, de la Resolución Gerencial Nº 071-2008-GDU/ML de fecha 11 de julio de 2008, quedando redactado de la siguiente manera: “APORTES REGLAMENTARIOS.- De acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Metropolitana Nº 836-MML y teniendo en cuenta la zonifi cación Industria Liviana – I2, se determinan los siguientes Aportes Reglamentarios, calculados considerando el área afecta a aportes. CUADRO DE APORTES ZONIFICACION (I 2) ORDENANZA 836-MML PROYECTO DEFICIT (m.2) % AREA (m.2) % AREA (m.2) Parques Zonales (SERPAR) 5 231.81 --- 0.00 231.81 Renovación Urbana (FOMUR) 3 139.09 --- 0.00 139.09 Servicios Públicos Complementarios 2 92.73 --- 0.00 92.73 Total 10 463.63 --- 0.00 463.63 Artículo Cuarto.- ESTABLECER, que quedan consentidos en todos sus extremos desde el artículo segundo hasta el artículo séptimo de la Resolución Gerencial Nº 071- 2008-GDU/ML de fecha 11 de julio de 2008. Artículo Quinto.- DISPÓNGASE, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de la parte interesada en un plazo no mayor de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución Gerencial. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, Sub Gerencia de Catastro, a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su conocimiento y a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP para su inscripción correspondiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS ALVA GAMARRA Gerente de Desarrollo Urbano Gerencia de Desarrollo Urbano 306474-1