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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2009 (30/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 112

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de enero de 2009 389582 Que, en Junta General de Accionistas de Neptunia S.A., celebrada el 03 de septiembre de 2008, se aprobó una reorganización simple en dicha sociedad, mediante la segregación de un bloque patrimonial con la fi nalidad de aportarlo en la formación de una sociedad anónima que se dedique a brindar servicios de Almacén General de Depósito, a cambio de lo cual Neptunia S.A. conservará en su activo las acciones correspondientes a dicho aporte; Que, el proyecto de Estatuto Social de la empresa almacenera por constituirse ha sido formulado de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; por el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia, Resolución SBS Nº 131-2002; y por el Reglamento de los Almacenes Generales de Depósito, aprobado mediante la Resolución SBS N° 040-2002; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la organización de un almacén general de depósito, a denominarse “Almacenes Financieros S.A.”, para lo cual se aprueba el proyecto de minuta presentado para tal efecto por el Organizador Responsable, que se devuelve debidamente autenticado con el sello ofi cial de esta Superintendencia, para su elevación a escritura pública, debiendo insertarse en ella el Certifi cado de Autorización al que se refi ere el tercer artículo de la Presente Resolución. Artículo Segundo.- Para la autorización de funcionamiento del almacén general de depósito “Almacenes Financieros S.A.” en organización, deberán realizar dentro del plazo de ley, todas las acciones orientadas a formalizar su constitución; asimismo, comunicar por escrito a esta Superintendencia que se ha cumplido con las exigencias requeridas para el funcionamiento de la sociedad, debiendo para tal efecto presentar lo siguiente: a) Copia autenticada por fedatario de la Superintendencia de la escritura pública de constitución debidamente inscrita en los Registros Públicos; b) Acreditar la constitución de su capital social; c) Presentar número de Registro Único de Contribuyentes (RUC). d) Acreditar que debida y oportunamente se ha efectuado la publicación de que trata el numeral 1° del artículo 23° de la Ley N° 26702; e) Implementar su estructura orgánica y remitir un ejemplar del Manual de Organización y Funciones de sus diversas áreas y demás Manuales y documentos de normativa interna; f) Relación actualizada de Directores y de Principales Funcionarios, adjuntando respecto a ellos, la información actualizada de accionistas, presentando respecto a los nuevos, la información señalada en el artículo 6° del Reglamento; g) Copia certifi cada de los poderes que se les hubiera otorgado a sus directores, gerentes y funcionarios principales; h) Información referida a las condiciones de seguridad y equipamiento de sus ofi cinas; así como la cobertura contra los riesgos principales de la actividad a realizar; i) Establecer las políticas adecuadas y procedimientos generales de control interno y auditoría interna; j) Describir los sistemas de información, incluyendo un detalle de los equipos y sistemas informáticos que la empresa considera implementar; k) Licencia municipal de funcionamiento del local en que funcionará el almacén. l) Planos de ubicación y de la planta del Almacén Principal. m) Relación de equipos e infraestructura con que cuenta para desarrollar efi cientemente el servicio de almacenamiento, que deben ser compatibles con el tipo de bienes que se proyecta almacenar. n) Cualquier otra información complementaria que sea requerida por esta Superintendencia y que tienda a demostrar la capacidad de funcionamiento de la empresa. Artículo Tercero.- Disponer que por Secretaría General se otorgue el correspondiente Certifi cado de Autorización de Organización, el que deberá ser publicado en el diario ofi cial El Peruano, de acuerdo a Ley. Regístrese, Comuníquese y Publíquese FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 306368-1 Autorizan a Crediscotia Financiera el cierre de agencias ubicadas en la provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS N° 285-2009 Lima, 21 de enero de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por Crediscotia Financiera, el día 14 de enero de 2009, para que esta Superintendencia autorice el cierre de cuatro (4) agencias según se detalla en el Anexo I adjunto a la presente Resolución; y, CONSIDERANDO: Que, a efectos de iniciar el trámite de autorización de las 04 agencias en comento, la citada empresa ha cumplido con presentar, para su evaluación, la documentación exigida por la Resolución SBS N° 775-2008, que aprueba el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos y uso de cajeros automáticos y cajeros corresponsales, publicado el día 26 de marzo de 2008; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “C”, mediante Informe N° 09-2008- DEB “C”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, el procedimiento N° 11 del TUPA de esta Superintendencia, la Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 1096-2005. RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Crediscotia Financiera el cierre de cuatro (4) agencias según se detalla en el Anexo I adjunto a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas ANEXO I 1. Agencia ubicada en Av. Grau N° 617-619, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima. 2. Agencia ubicada en Av. República de Panamá N° 6691- 6695, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. 3. Agencia ubicada en Av. Ejército N° 1370, distrito de Magdalena, provincia y departamento de Lima. 4. Agencia ubicada en calle Simón Salguero N° 501-505, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. 306788-1